jueves, 19 de septiembre de 2013

PLAN DE PENSIONES DE CAJASTUR



TRANSFORMACIÓN DEL PECAJASTUR


En reunión celebrada el 12 de junio de 2013, que ponía fin a otra serie de ellas que se habían celebrado previamente, se alcanzó una acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores para la transformación de los subplanes 1, 2 y 3 del Plan de Pensiones de Empleados de Caja de Asturias PECAJASTUR; acuerdo  que quedaba pendiente de ratificar y que tomaría efecto si consigue el respaldo de al menos el 90% de los partícipes.

El 16 de septiembre de 2013 se ha procedido a la ratificación del acuerdo. Para ello se ha celebrado un acto en el que se ha suscrito el documento de ratificación por parte de la dirección de la empresa y por una amplia mayoría de los delegados electos por los trabajadores procedentes de la Caja de Asturias (a su vez, únicos partícipes del PECAJASTUR).

La Comisión de Control del PECAJASTUR queda encargada de recabar de cada uno de los partícipes la adhesión a la transformación y si el número de adhesiones llega al 90% de los partícipes, se habrá conseguido el último de los requisitos para la efectiva transformación.

Por parte de la empresa se colgará en la intranet el acuerdo suscrito y por parte sindical se convocará próximamente Asamblea Informativa para comentar con detalle los cambios, pero mientras tanto, exponemos de manera esquemática cómo quedan los diferentes subplanes.


1.- SUBPLAN 1

DERECHOS CONSOLIDADOS

Se transforma de prestación definida a aportación definida, constituyéndose un fondo de capital a nivel individual equivalente a la provisión matemática de jubilación más la provisión matemática para la cobertura de riesgos del plan, ambas al 31 de diciembre de 2011.

APORTACION

4% del salario pensionable, con el mínimo de 1.000,00€ anuales.

RENTABILIDAD

Asegurada del 2% neto mas 90% de participación en beneficios.


2.- SUBPLAN 2

DERECHOS CONSOLIDADOS

Al fondo de capitalización constituido en el momento actual para la jubilación, se añadirá la provisión matemática para la cobertura de las prestaciones de riesgo existente al 31 de diciembre de 2011. Esta cantidad se incrementará, además, con una asignación de excedentes que equivale a la diferencia entre el 6% de rentabilidad y el 4% que se utilizó desde el año 1999. (El total a repartir entre los partícipes del subplan 2 asciende a la cantidad de 1.131.217,67€).


Se asegura una prestación de riesgo que como mínimo será el salario pensionable anualizado en el momento de la transformación, con un mínimo de 30.000 y un máximo de 50.000 euros.

APORTACION

4% del salario pensionable, con el mínimo de 1.000,00€ anuales.

RENTABILIDAD

6% menos los gastos aplicados por la compañía de seguros para la administración de la póliza que se estiman en el 0,35%.


3.- SUBPLAN 3

DERECHOS CONSOLIDADOS

A la cantidad ya constituida actualmente de manera individual, se le sumará la asignación del 37,5% de los excedentes (los generados con las aportaciones de los partícipes) que se distribuirá de manera proporcional.

APORTACIONES

Por parte del promotor: 2% del salario pensionable
Por parte del partícipe: voluntarias, con los límites legales establecidos.

RENTABILIDAD

La que se obtenga de las inversiones, como hasta ahora.

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