TRANSFORMACIÓN DEL PECAJASTUR
En
reunión celebrada el 12 de junio de 2013, que ponía fin a otra serie de ellas
que se habían celebrado previamente, se alcanzó una acuerdo entre la empresa y
los representantes de los trabajadores para la transformación de los subplanes
1, 2 y 3 del Plan de Pensiones de Empleados de Caja de Asturias PECAJASTUR;
acuerdo que quedaba pendiente de
ratificar y que tomaría efecto si consigue el respaldo de al menos el 90% de
los partícipes.
El 16 de septiembre de 2013 se ha procedido a la ratificación del
acuerdo. Para ello se ha celebrado un acto en el que se ha suscrito el documento
de ratificación por parte de la dirección de la empresa y por una amplia
mayoría de los delegados electos por los trabajadores procedentes de la Caja de Asturias (a su vez,
únicos partícipes del PECAJASTUR).
La
Comisión
de Control del PECAJASTUR queda encargada de recabar de cada uno de los
partícipes la adhesión a la transformación y si el número de adhesiones llega
al 90% de los partícipes, se habrá conseguido el último de los requisitos para
la efectiva transformación.
Por parte de la empresa se colgará en la intranet el acuerdo
suscrito y por parte sindical se convocará próximamente Asamblea Informativa
para comentar con detalle los cambios, pero mientras tanto, exponemos de manera
esquemática cómo quedan los diferentes subplanes.
1.- SUBPLAN 1
DERECHOS
CONSOLIDADOS
Se transforma de prestación definida a aportación definida,
constituyéndose un fondo de capital a nivel individual equivalente a la
provisión matemática de jubilación más la provisión matemática para la
cobertura de riesgos del plan, ambas al 31 de diciembre de 2011.
APORTACION
4%
del salario pensionable, con el mínimo de 1.000,00€ anuales.
RENTABILIDAD
Asegurada
del 2% neto mas 90% de participación en beneficios.
2.- SUBPLAN 2
DERECHOS
CONSOLIDADOS
Al fondo de capitalización constituido en el momento actual para
la jubilación, se añadirá la provisión matemática para la cobertura de las
prestaciones de riesgo existente al 31 de diciembre de 2011. Esta cantidad se
incrementará, además, con una asignación de excedentes que equivale a la diferencia entre el 6% de
rentabilidad y el 4% que se utilizó desde el año 1999. (El total a repartir
entre los partícipes del subplan 2 asciende a la cantidad de 1.131.217,67€).
Se asegura una prestación de riesgo que como mínimo será el
salario pensionable anualizado en el momento de la transformación, con un
mínimo de 30.000 y un máximo de 50.000 euros.
APORTACION
4%
del salario pensionable, con el mínimo de 1.000,00€ anuales.
RENTABILIDAD
6%
menos los gastos aplicados por la compañía de seguros para la administración de
la póliza que se estiman en el 0,35%.
3.- SUBPLAN 3
DERECHOS
CONSOLIDADOS
A la cantidad ya constituida actualmente de manera individual, se
le sumará la asignación del
37,5% de los excedentes (los generados con las aportaciones de los partícipes)
que se distribuirá de manera proporcional.
APORTACIONES
Por parte del promotor: 2% del salario pensionable
Por parte del partícipe: voluntarias, con los límites legales
establecidos.
RENTABILIDAD
La
que se obtenga de las inversiones, como hasta ahora.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Gracias por tu comentario, en breve estará visible.