lunes, 31 de marzo de 2014

CSICA ACUDE A TOLEDO PARA ACLARAR A LA PRENSA LA SITUACIÓN REAL DE LIBERBANK



CSICA DENUNCIA LA MALA PRAXIS DE LA ALTA DIRECCIÓN DE LIBERBANK Y BCCM

CSICA en su condición de Sindicato más representativos del sector, ha convocado a los medios de prensa castellano manchegos con el fin de denunciar la problemática que sufrimos los trabajadores de Liberbank y del BCCM fruto de las decisiones de recortes laborales perpetrados por la Dirección  como única manera de mejora de sus resultados, ante su falta de ideas y de estrategias para obtener negocio recurrente. Por ello, os damos las gracias por vuestra presencia y seguidamente pasamos a DENUNCIAR LO SIGUIENTE:

1.- EN EL BANCO SE ESTÁ VIVIENDO UNA SITUACIÓN PERMANENTE DE  CONFLICTOS, INDIVIDUALES Y COLECTIVOS, SIN PARANGÓN EN EL SECTOR:

Como saben, en el Grupo se está viviendo una situación de extrema judicialización individual y colectiva debido a los atropellos cometidos constantemente por la Dirección. Por su importancia, resaltamos que la sentencia dictada el 14-11-13 por la Audiencia Nacional ha anulado las medidas contenidas en el acuerdo laboral suscrito en junio de 2013 entre la empresa y los sindicatos de clase, por violación de derechos fundamentales.

Tras ello, la empresa, CCOO, UGT, y CSIF alcanzaron nuevo acuerdo el 27 de diciembre que ha sido impugnado de nuevo por CSICA ante la Audiencia Nacional por entender que los firmantes actúan en fraude de ley.

También destacamos que el 18 de marzo, se celebró juicio en la Audiencia Nacional en solicitud de ejecución de la sentencia de noviembre, pues el banco no la quiere cumplir por sí mismo, esgrimiendo ante la Sala que de ser así el Grupo tendría serios problemas de viabilidad hecho que es exagerado y falso, como acreditan los distintos hechos relevantes anunciados en la CNMV y en los informes económicos encargados a consultores independientes con motivo de la salida a Bolsa y la rendición trimestral de cuentas.

Como saben, el banco pretende devolver las ayudas recibidas del FROB en 2014, abonar dividendos en 2015, e incrementar el capital lo antes posible. La acción del banco se ha revalorizado de forma notoria. Además, los ratios del banco en cuanto a capital, eficiencia, y morosidad, son mucho mejores que la de sus principales competidores.

El camino de extrema judicialización emprendido por Liberbank, es el peor de los posibles, porque sólo conduce a la incertidumbre y regresar de continuo al punto inicial, cuando todas las entidades, excepto nuestro banco, gozan de paz social con acuerdos laborales aceptados por todos y asumidos en armonía. ¡El  tiempo, transcurre en nuestra contra!

2.- EL GRUPO LIBERBANK ESTÁ TRASLADANDO A LOS TRABAJADORES QUE LOS VARAPALOS JUDICIALES RECIBIDOS PONEN EN PELIGRO SU VIABILIDAD:

Estas acciones ante la justicia, están provocando que tanto la Dirección como los Sindicatos afectos, tras los varapalos recibidos, estén trasmitiendo que el banco corre serio peligro de viabilidad, hecho falso de toda falsedad que está generando una angustia importante entre las más de 5.000 familias que hoy dependemos de este Banco.
Nos parece totalmente intolerable que la posición catastrofista de los asesores de Liberbank (cuya estrategia procesal está pactada con la Presidencia del banco), sea utilizada a falta de mejores argumentos jurídicos para defender posturas de la empresa difícilmente sostenibles.
Hoy hemos venido a esta tierra para negar rotundamente que el futuro de esta empresa dependa de una Sentencia de los tribunales favorable a CSICA como demandante en defensa de los intereses de los trabajadores. Se trata de una burda maniobra que, lejos de resultar válida ante los jueces, es un claro intento de acallar la acción judicial de este Sindicato, que es en lo que Menéndez ha convertido las relaciones laborales, basadas en el ordeno y mando y negociando sólo con quien le interesa.

Anticipamos al Presidente y Consejero Delegado de Liberbank que lejos de ello, nuestra postura va a continuar firme en la defensa de los intereses de los trabajadores y trabajadoras de Liberbank, en el juzgado y fuera de él, plantando cara al inexplicable ataque que estamos sufriendo desde la cúpula empresarial con el consentimiento expreso de los denominados “sindicatos de clase” que confunden hoy sus roles con esta nueva “clase empresarial” surgida del incendio del ladrillo.

3.- LA PATRONAL, SE ENSAÑA CON LOS TRABAJADORES PARA GARANTIZARSE LA CUENTA DE RESULTADOS

CSICA no alcanza a entender que estando el banco al día de hoy saneado, capitalizado y con solvencia, la Dirección haya emprendido una política de relaciones laborales sin parangón en el sector, aplicando medidas draconianas a los trabajadores y trabajadoras que en su conjunto permiten a la entidad alcanzar un ahorro de costes laborales en torno al 38%, lo que excede en mucho al ahorro de costes aprobado por la Unión Europea y las autoridades monetarias que oscilaba entre el 5% y el 10%.

¿Y  cuál es la situación actual de la plantilla? Si antes era plantilla líder en cada uno de sus territorios, hoy está ignorada, amenazada y con sus derechos arrastrados por el suelo, aterrorizada por un empresario que utiliza procedimientos éticamente reprobables, y en muchos casos antijurídicos, sufriendo el que mientras con una mano se le reduce la jornada y el salario, con la otra se amenaza  a quienes se niegan a prolongarla (el trabajo), hecho que entraña abuso de poder, y fraude de ley, originando de paso un marasmo organizativo descomunal.

Es imposible que los trabajadores afectados por los recortes más salvajes estén motivados para trabajar, y así lo ha denunciado CSICA de forma rotunda demostrando que las medidas son inadecuadas, no razonadas, y desproporcionadas.

4.- EL BANCO PRESENTA UN ELEVADO DÉFICIT EN LA GESTIÓN DE SU PRESIDENTE Y DIRECTIVOS:

Si bien los bancos del Grupo Liberbank están ya saneados, capitalizados y con buenos ratios, la situación actual de crisis requiere que sus dirigentes actúen con profesionalidad y cualificación, superando los medrajes del pasado, el amiguismo, el enchufismo, y el presidencialismo de que hace gala su máximo responsable que no es otro que MENÉNDEZ pues viene actuando de forma caprichosa como si fuese el dueño del banco.

Queremos recordar al Sr. Menéndez —único responsable con su Consejo de Administración, al que controla absolutamente— que con su estrategia es metafísicamente imposible, enviar mensajes optimistas a los mercados y a los organismos reguladores, y simultáneamente pesimistas, a los Tribunales, generándose con ello un estado de temor en términos de futuro que esta plantilla no se merece y este Sindicato no va a tolerar.
El poder omnímodo del que se ha arrogado el Sr. Menéndez debía utilizarlo en lugar de para laminar los derechos fundamentales de los trabajadores, para elevar la calidad de gestión del Banco que preside donde lo único que aumenta son las quejas de los clientes y las denuncias ante juzgados e instancias administrativas.

Pedimos, exigimos, en nombre de la representación que ostentamos, que Liberbank apueste por la profesionalización de sus equipos directivos.

Es responsabilidad de su Consejo de Administración, y exigible a sus miembros, garantizar ese futuro del Banco que lo es también de esos territorios a los que sirve financieramente y de la plantilla a la que en este acto representamos. Y para ello el Sr. Menéndez debería estar empeñado en cambiar el modelo organizativo, recuperando el mérito y las competencias de los profesionales en lugar del utilizado basado en el nepotismo o la procedencia geográfica como criterios de selección, modelo generador de incompetencia funcional de algunos, mientras otros, auténticos expertos, venden seguros en una ventanilla como “premio” a haber hecho las cosas bien durante decenas de años.
5.- UN BANCO QUE HA RECIBIDO AYUDAS PÚBLICAS DEBE SER MODELO DE GESTIÓN:

Liberbank como el resto de cajas reconvertidas en bancos, ha recibido ayudas públicas provenientes del Banco Malo (Sareb) y del Frob. Si bien es verdad que éstas han sido menores que las recibidas por otras entidades, sin embargo, este hecho no le otorga al presidente del banco una patente de corso para hacer lo que le venga en gana con relación a los trabajadores y respecto al trato dispensado a la clientela.

Es preciso que el banco tenga una política clara desde el punto de vista comercial, de vinculación y fidelización de  clientes, ofertando productos competitivos y mejorando el trato dispensado a particulares, empresas, e Instituciones con quienes ha batido el record de desafección.

Y es que, si existe algo que pueda empañar el futuro de este Banco es la mala calidad directiva que está afectando, queremos creer que de forma reversible, a la marca y a su imagen en un entorno competitivo hostil. Creemos que una institución que aún es líder en sus territorios de origen, con plantillas experimentadas que están sufriendo en solitario los reproches de los clientes por políticas puestas en marcha por algunos desaprensivos que se fueron y otros que continúan, tiene un futuro garantizado dentro del sector financiero.
Los poderes públicos y los reguladores, deben tomar nota de lo que está pasando en Liberbank con el fin de que la competencia deje de aprovecharse del caos y del marasmo reinante en el Grupo perpetrado por su máximo responsable.

A MODO DE CONCLUSIÓN:

1.- Liberbank y BCCM son perfectamente viables y ese es el principal mensaje que queremos transmitir a la plantilla.
2.- Es preciso que se alcance un acuerdo laboral justo, equilibrado, proporcional y adecuado a las necesidades de la empresa.
3.- Es necesario que la Dirección actúe de buena fe, y deje de aplicar una política de recursos humanos irracional y salvaje, al tiempo que debe cambiar el rumbo de la gestión seguida hasta hoy.

miércoles, 26 de marzo de 2014

SUPRESIÓN DE VACACIONES EN 2013 (I)



LA INSPECCIÓN DE TRABAJO SANCIONA A LIBERBANK Y BCCM POR VULNERAR NUESTROS DERECHOS

Con fecha 14-10-13, CSICA presentó Denuncia ante la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Madrid, tras publicar la empresa en intranet que los trabajadores afectados por reducción de jornada con acumulación de días completos, sufrirían una reducción en sus días de vacaciones, señalando al tiempo que  su disfrute se haría en función de las necesidades organizativas de la entidad.

Este ilegal proceder de la empresa generó durante 2013 discriminación, porque los afectados disfrutaron menos días de vacaciones que el resto, sufrieron mayor reducción salarial, y restricción en su disfrute. Además, la empresa no tuvo en cuenta que hasta la aplicación de las primeras medidas unilaterales, todos los trabajadores estuvimos a jornada completa generando derecho a vacaciones sin reducción alguna.

Igualmente, CSICA supo que la empresa solapó días de vacaciones con los periodos en los que los trabajadores se hallaban en situación de reducción de jornada con acumulación en días completos, hecho igualmente bochornoso e ilegal. Por ello,  con fecha 02-10-13 dirigimos burofax a Relaciones Laborales de Liberbank, para comunicarle nuestra disconformidad con su criterio al tiempo que le recabamos información al respecto, sin que hasta la fecha se haya dignado a contestarnos.

Para CSICA, y para el conjunto del ordenamiento jurídico laboral nacional e internacional, el derecho a vacaciones es uno de los pilares básicos del derecho social, y como no estamos dispuestos a que Liberbank y sus pésimos gestores nos lo quiebren, contactamos de inmediato con la Inspección de Trabajo de Madrid denunciando los hechos y solicitando que requiriera a la empresa su rectificación, y en su defecto, aplicase la sanción económica pertinente en función de lo dispuesto en la Ley, dada su consideración de falta grave.

Desde entonces, la Inspección de Trabajo ha mantenido distintos contactos con la Dirección de Recursos Humanos de Liberbank y BCCM (también con CSICA), dirigiendo varios requerimientos con el fin de que ambas entidades cumpliesen con lo dispuesto en la legislación en esta materia (no reducción de días, no solapamiento con días de reducción acumulado, no imposición, etc.), haciendo la Dirección de RRHH caso omiso y desobedeciendo el cumplimiento de la legalidad.

Por ello, la Inspección de Trabajo tras comprobar que existen muchísimos trabajadores con días de vacaciones pendientes de disfrute de 2013, ha incoado acta de infracción contra Liberbank y BCCM con fecha 10-03-14 haciendo constar  que “la empresa no ha comunicado a esta Inspección que se haya producido un cumplimiento de los requerimientos de la Inspección”; constatación esta que debe llenar de sonrojo y vergüenza a los incalificables dirigentes de ambas entidades. 

A continuación puedes leer el Oficio de la Inspección de Trabajo:

martes, 18 de marzo de 2014

JUICIO EN LA AUDIENCIA NACIONAL, AMPLIANDO INFORMACIÓN



LA EMPRESA ESGRIME ARGUMENTOS FALACES PARA NO CUMPLIR AHORA LA CONDENA QUE LE IMPUSO LA AUDIENCIA NACIONAL

De nuevo nos hemos vuelto  a ver las caras, Sindicatos y Liberbank, en la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, en el juicio celebrado hoy para dirimir la Ejecución de la Sentencia dictada por la misma el pasado 14 de noviembre anulando el acuerdo laboral de 25J.

De un lado, estábamos situados los Sindicatos CSI, STC, APECASYC, CSIF, y CSICA, y del otro la empresa con su sempiterno asesor, Sr. Godino. Presidiendo la Sala, el Presidente, y el resto de componentes del tribunal. En esta oportunidad no han estado presentes representantes de CCOO ni UGT (COSA QUE NOS EXTRAÑA PORQUE FUERON CONDENADOS SOLIDARIAMENTE A INDEMNIZAR, JUNTO A LA EMPRESA, AL RESTO DE SINDICATOS CON 600 EUROS, AUNQUE EL GATO ESCALDADO DEL AGUA FRIA HUYE), que como sabéis fueron los copartícipes de la empresa al firmar junto a ella el nefasto Acuerdo de junio.

Comenzó la vista a las 10 horas, con la intervención de los letrados de los Sindicatos quienes solicitaron que la Sala dicte resolución con el fin de Liberbank asuma las consecuencias económicas y jurídicas derivadas de la nulidad del acuerdo laboral de 25J, ratificándose en sus escritos de demanda.

De forma resumida exponemos los razonamientos, argumentos y fundamentos que emplearon los letrados demandantes:

1.- La Ley de Jurisdicción Social, establece que las sentencias dictadas por la Audiencia Nacional resolviendo conflictos colectivos son ejecutivas con independencia de que sean o no firmes. Recordemos que la sentencia de 14N, anuló el Acuerdo de 25J por violación de derechos fundamentales por parte de la empresa, CCOO y UGT, que negociaron al margen del resto.

2.- La Ejecución se debe llevar a cabo como consecuencia del quebranto que las medidas del Acuerdo de junio ha provocado en buena parte de la plantilla, al contener medidas de reducción de jornada/salario superiores en muchos afectados al 50%, así como movilidad geográfica afectando a casi 150 trabajadores trasladados a cientos de kilómetros de sus hogares, lo que ha supuesto que 91  hayan solicitado su baja de la entidad.

3.- La empresa ha actuado con manifiesta mala fe, porque con posterioridad a la Sentencia que la obligaba a reponer a los trabajadores en sus condiciones anteriores, sin embargo, ésta ha mantenido las medidas hasta el 31-12-13, y al mismo tiempo, ha vuelto a negociar otro ERE para aplicarlo seguidamente a primeros de Enero de 2014.

4.- La empresa aunque retiró las medidas del Acuerdo del 25J, sin embargo, sigue manteniendo las de movilidad geográfica lo que supone que al día de hoy estén desplazados de sus centros de origen 56 empleados que siguen sufriendo los efectos de los salvajes y arbitrarios traslados. De ello se deduce de forma clamorosa posición de abuso de derecho de la empresa tal y como ha definido el Tribunal Constitucional en sus sentencias Nº 87/97 y 05/2003, siendo los trabajadores la parte más débil a proteger, pues de lo contrario se les coloca en una situación de indefensión.

5.- De no ejecutarse la sentencia, centenares de trabajadores de Liberbank (quienes sufrieron las medidas más salvajes de reducción de jornada y los trasladados como hemos dicho) seguirán sufriendo una situación gravosa y de precariedad como consecuencia de los recortes salariales padecidos por ellos y sus familias, hecho que es preciso reparar cuanto antes.

Por su parte,  la Empresa (letrado Sr. Godino) se opuso a la Ejecución de la Sentencia empleando en nuestra opinión unos pobres argumentos que exponemos seguidamente:

1.- La Sentencia del 14N se dicta en fase de impugnación de convenio, entendiendo que la Ejecución de sentencia tiene por finalidad  evitar perjuicios de difícil o imposible reparación, cosa que no se da a los trabajadores de Liberbank, porque en realidad quien se perjudicaría si ejecutase la sentencia es el banco por lo que mas adelante dijo.  ¡Hace falta tener dureza facial para manifestar eso!

2.- Las peticiones de ejecución efectuadas por los Sindicatos en sus escritos anteriores a la vista  no contemplaban nada sobre movilidad (se le olvidó que la sentencia del 14N implica la nulidad de todas las medidas, incluidas los traslados por lo que obviamente se ha hablado de movilidad).

3.- La sentencia del 14N sólo anuló las medidas del acuerdo del 25J, pero no las medidas unilaterales aplicadas por la empresa anteriormente, manifestando que en la empresa ha estado vigente el acuerdo laboral de 03-01-2011 constitutivo del SIP de Liberbank, lo que permitía y daba validez a los traslados decretados el pasado verano pues el acuerdo de junio se remitía a él (se le olvidó que las comunicaciones a los empleados afectados por la movilidad en el verano pasado hacían referencia al acuerdo del 25J y no al de 2011)

4.- La empresa comenzó a ejecutar la sentencia iniciando el 11 de diciembre un nuevo proceso negociador, lo que supone su cumplimiento en todos sus términos. (Esto es falso de toda falsedad, porque aún siguen afectados muchos trabajadores por movilidad como hemos apuntado, y la empresa nos debe 65 millones de euros).

5.- La Ejecución definitiva de la sentencia del 14N requiere la petición individualizada de los 5.300 trabajadores según exige la ley, cosa que aquí no se ha hecho por los Sindicatos por lo que si la empresa, que ha presentado Recurso de Casación,  cumpliera en estos momentos y ejecutase la sentencia se colocaría en una situación de pérdidas porque habría que reformular las cuentas de 2013, recientemente presentadas, provocando unas perdidas por importe de 80 millones de euros (se le olvidó que si el Tribunal Supremo no le admite su recurso o falla en su contra, Liberbank tendrá que asumir igualmente el pago de nuestros derechos).

En nuestra opinión, esta actitud del letrado y de la empresa demuestra a las claras la falta de argumentos del banco, y lo que es peor, la contumaz actitud del asesor de Liberbank tratando de influir nuevamente en el fallo de la Sala a su favor utilizando el “chantaje financiero emocional”.

En el mismo sentido, el letrado de la empresa manifestó que habría que devolver al SEPE el pago de prestaciones, y al INSS las cotizaciones sociales, (cosa que evidentemente se tendrá que hacer si se confirma que el Tribunal Supremo no admite el recurso de la empresa o ratifica la sentencia de la Audiencia), por lo que la argumentación de la empresa no es más que una burda excusa de mal pagador.

Seguidamente se pasó a la fase de pruebas, y después a la de conclusiones, quedando el juicio visto para resolución.

Seguiremos informando.

JUICIO EN A.N. POR EJECUCIÓN SENTENCIA DE 14-11-13




A las 10 horas de hoy comenzó en la Audiencia Nacional la vista por la solicitud de Ejecución de la Sentencia 193/2013 que anuló el acuerdo alcanzado en el SIMA el 25 de junio entre la empresa y CC.OO./UGT.

Resumen del juicio

No comparecen CC.OO. ni UGT. Los sindicatos hemos esgrimido diversos argumentos para la ejecución definitiva: 

  1. Serios perjuicios para  afectados por las  reducciones salvajes de jornada/salario, y los trasladados a cientos de kilómetros, lo que los ubica en una situación perjudicial y gravosa al padecer ambas medidas.
  2. Mala fe de la empresa, que continuó aplicando las medidas de 25J hasta el 31-12-13, negociando paralelamente otro ERE en diciembre.
  3. La jurisprudencia del TRIBUNAL CONSTITUCIONAL,  ha establecido que es preciso proteger a los trabajadores de los abusos de las empresas, al ser la parte más débil.
  4. De los 147 trasladados, han solicitado la baja 91.
  5. La empresa comunicó en intranet en diciembre que dejaba de aplicar las medidas de junio, pero sin embargo, mantuvo los traslados decretados en el verano, lo que es prueba palmaria de que no ejecutó la sentencia del 14N en todos sus términos.

LA EMPRESA, se opone en base a:

  1. La sentencia del 14N  se dicta en base a impugnación de convenio, y que los sindicatos en sus demandas  no hablan sobre movilidad.
  2. Dice q la sentencia de 14N,  anulaba sólo el acuerdo de 25J, por lo que las condiciones a reponer serían las medidas unilaterales. Además, señala que estaba vigente el acuerdo del SIP, hasta Dic/2013.
  3. Señala que la ejecución definitiva requiere la individualización de cada trabajador, y aquí no se ha producido.
  4. Dice que si la empresa devolviera las cantidades, habría que reformular las cuentas de 2013 del banco, lo que reportaría pérdidas, de 80 millones (otro chantaje a la Sala del ilustre letrado). Además, habría que devolver las prestaciones al SEPE, etc. (esto es falaz, por que si el Supremo no da la razón a la empresa tendrá que asumir lo que ahora no quiere pagar...qué jeta).
Ha habido prueba documental, y testifical. Una trabajadora de Murcia trasladada a las Hurdes, madre muy reciente y con mellizos (¿puede haber más mala fe?).

Después de las conclusiones, visto para sentencia.

Esta tarde publicaremos más información y conclusiones.