sábado, 31 de diciembre de 2016

..Y AHORA LOS PLANES DE PENSIONES ?

Verde y con asas, un botijo.

A los dirigentes de LBK les ha entrado prisa con los Planes de Pensiones. De repente, y tras 6 años incumpliendo un acuerdo de diciembre de 2010 en el que se comprometían a unificar todos los Planes de pensiones de las Cajas de origen (nos encanta eso de los territorios naturales), respetando los pactos y las condiciones de cada uno de ellos.

Y han buscado atajos. Nos han contado, tímidamente, que lo que pretenden de verdad es quedarse con la gestión de los centenares de millones de estos Planes, sustituyendo a las gestoras actuales por la suya, Liberbank Pensiones.

Nosotros no creemos en las casualidades. Pero sí en la alineación de planetas. Y es que en este último mes han ocurrido algunas cosas:
¾   La primera que cierto sindicato asturiano pretende hacer valer su representación  fuera de Extremadura para nombrar a un representante dentro de Extremadura (en su Plan de Pensiones casualmente), algo que no requiere de conocimientos jurídicos para calificarlo de ridículo.

¾   Ese mismo sindicato consiente que otro sindicato se “atrinchere” en Cantabria (también en su Fondo de Pensiones) atendiendo a la representatividad que tenía en el año 2010. ¡¡ viva la democracia de los sindicatos de clase !!, ignorando las elecciones de 2014 y también que debe haber elecciones al Fondo porque lo dice una ley. Mientras, la representación del promotor mira para otro lado.

¾   El empresario, al mismo tiempo, en el mismo mes, pone de manifiesto que a ellos lo que les interesa es manejar nuestra pasta desde su Gestora (Liberbank Pensiones). Lo demás, cumplir pactos, que se cumplan las leyes, las especificaciones de los Fondos, etc., se la trae al pairo.

¾   En este mismo mes, día 14, se publica la Directiva europea 2016/2341 sobre actividades y supervisión de los fondos de pensiones de empleo, en la que se contienen algunas perlas típicas de estos legisladores europeos calvinistas incapaces de entender que un poco más al sur está el reino de la picaresca y que sus recomendaciones viciadas de indeterminación jurídica tal vez allí resulten coercitivas —no sé si saben que los calvinistas no tienen previsto eso del perdón de los pecados y por eso no se confiesan— pero por aquí abajo los empresarios normalmente se lo pasan por el forro y después van a confesarse con uno de negro y se acabó —voluntariamente con un cura para el perdón del pecado, o forzadamente con el Juez para ventilarlo con Sentencias que no cumplen—.

¾   Fíjense sino cuando la Directiva recomienda que estas Gestoras de Fondos “inviertan sus activos de acuerdo con la regla de la persona prudente (art. 19.1); que los activos del Fondo pueden invertirse en mercados no regulados aunque manteniéndose “dentro de niveles prudenciales” (art. 19.1 d); que la inversión en instrumentos derivados será posible” (art. 19.1 e); que puede invertirse el 10% del Fondo “en la empresa promotora” (art. 19.1 g); o cuando establece que las personas que dirijan estas Gestoras de manera efectiva “serán idóneas colectivamente para poder garantizar una gestión adecuada y prudente del FPE (art. 22.1.a i), o cuando sostiene que esas personas deben reunir, además, el “requisito de honorabilidad: deberán ser personas íntegras y de buena reputación” (art. 22.1 b)

¾   Y el último planeta que se alinea, es que LBK debe pagar 83 millones de euros por cláusulas suelo.

Os invitamos a pensar en directivos de Gestoras del Grupo LBK a los que les entreguemos centenares de millones de euros para que los inviertan en mercados no regulados (mercados sin supervisión y de alto riesgo), en derivados (que dependen de otros activos), o en acciones de LBK, todo ello,eso sí, bajo la presunción del requisito de honorabilidad, buena reputación y de un comportamiento como personas prudentes.

Como no sois calvinistas (ni estúpidos) seguro que os ha recorrido un escalofrío por la columna vertebral porque cuando se junta todo ello pues eso, verde y con asas, un botijo.

Pero CSICA (ahora SIBANK) estará velando por si acaso a alguien se le está pasando algo raro por la cabeza. El camino a la Audiencia Nacional ya le conocemos.

Y ellos.


Feliz Año 2017, amigas y amigos.

sábado, 24 de diciembre de 2016

SIBANK

NUEVO SINDICALISMO PARA NUEVOS TIEMPOS


Hemos creído que la transición de un año que se acaba a otro nuevo era buen momento para anunciaros que CSICA en LBK va a convertirse en SIBANK.

No podemos olvidar que con vuestro apoyo CSICA se convirtió en el sindicato mayoritario de LBK desplegando una intensa actividad presidida por las denuncias, las demandas y también en ocasiones firmando acuerdos con un empresario que suele no atender a leyes, razones ni principios éticos.

Pero la desaparición de nuestras queridas y siempre añoradas Cajas de Ahorros y su transición a un formato bancario hacía imprescindible que CSICA se sentara en la mesa del Convenio de Banca, lugar al que nos dirigimos de forma irremisible.

Y ello nos ha obligado a diseñar una nueva estructura de sindicalismo en el sector financiero, de tal manera que lo que antes éramos Secciones Sindicales de CSICA en cada Caja ahora nos vamos a convertir en Sindicatos independientes en cada Banco, eso sí federados todos en FINE el mayor sindicato independiente del sector financiero español con 30.000 afiliados y cerca de 1.000 delegados, lo que le permitiría, ya en la actualidad, sentarse a negociar con la patronal bancaria.

Por eso la Sección Sindical de CSICA en LBK se ha convertido en SIBANK, Sindicato Independiente de Banca, con el que seguriemos defendiendo los intereses de los trabajadores de LBK, con el mismo rigor, con la misma independencia, con la misma eficacia, y con las mismas personas, pero sobre todo con tu ayuda.

Queremos desearte una Feliz Navidad y que procures aislarte, al menos estos días, de toda esta vorágine que aún nos parece incomprensible y con la que nos hemos chocado de bruces.


Feliz Navidad en nombre de SIBANK y de las personas que tenemos el privilegio de poder representarte.





jueves, 17 de noviembre de 2016

LIBERBANK PAGARÁ ATRASOS

DE 2015 Y 2016, PERO NO DE 2014


Como consecuencia de la firma del convenio colectivo sectorial el pasado mes de junio, alcanzado entre la patronal de ahorro y los tres sindicatos mayoritarios del sector, entre los que se incluye CSICA, Liberbank procederá a actualizar nuestro salario en la nómina de enero de 2017, en la que percibiremos los atrasos correspondientes desde el 01-01-2015 (2015 y 2016), al ser esta la fecha a la que se retrotraen nuestros derechos en esta materia, según lo pactado sectorialmente.

Sin embargo, y como consecuencia de la firma del nefasto acuerdo laboral alcanzado por Liberbank, CCOO, UGT y CSIF el 27-12-13 (2º ERE), no recibiremos atrasos referido a 2014, como tampoco las ayudas de guardería y de estudio (excepto en tres supuestos), al acordar “los firmantes” el descuelgue en estas materias.

Del mismo modo, cuando el banco comience a aportar las cantidades suspendidas en los planes de pensiones, éstas se incrementarán en función de la revisión y actualización salarial acordada, aspecto que deberán tener en cuenta quienes vayan a salir de la empresa próximamente tras adscribirse al plan de bajas compensadas (con fecha de salida 31-12-16), debiendo dejar constancia expresa en el finiquito de desvinculación que se deja a salvo las cantidades pendientes de reclamación derivadas de los procesos judiciales relativos al ERTE 247/13, del acuerdo alcanzado en el SIMA el 14-11-16, o de los que correspondan a cada uno.

Por otra parte, y como consecuencia de la firma del convenio colectivo sectorial, a partir de enero de 2017 el tipo de interés mínimo de los préstamos de convenio para adquisición o cambio de vivienda habitual, será del 0,9%, y del 0,5% a partir de 2018, lo que supondrá un alivio para nuestra maltrecha economía por obra y gracia de los “firmantes”.


Y referido a las medidas unilaterales declaradas nulas hace unas semanas por la Audiencia Nacional, esperamos que el Tribunal Supremo confirme durante 2017 su sentencia, tras la casación presentada por la empresa, con lo que el ERTE 247/13 sería definitivamente nulo; y con ello, los trabajadores veríamos la restitución de todos los derechos detraídos ilegalmente por la empresa, que esperemos ocurra en dicho año 2017.

miércoles, 9 de noviembre de 2016

El TC INADMITE EL RECURSO DE AMPARO DE CSICA



El 27-12-13 la empresa alcanzó acuerdo con CCOO, UGT y CSIF (2º ERE Nº 532/13), tras la sentencia de la Audiencia Nacional de 24-11-13 que declaró nulo el Acuerdo alcanzado el 25-06-16 en el SIMA por los mismos intervinientes, salvo CSIF (1º ERE Nº 247/13). 

Como quiera que el acuerdo de diciembre era un mero calco del anterior de junio, el resto de sindicatos entre los que estaba CSICA, demandamos colectivamente a la empresa ante la Audiencia Nacional (AN) por entender que no estaba ajustado a derecho.

La Sala de lo Social de la AN meses después nos dio la razón, sólo en lo referente a la suspensión de las aportaciones a los Planes de Pensiones, declarando que en función de la legalidad vigente en materia de planes y fondos de pensiones no se podían suspender las mismas.  

Tras presentarse distintos recursos de casación ante el Tribunal Supremo por las partes, recurriendo contra las cuestiones en las que se nos negó la razón, y pese al apoyo que recibió nuestro recurso por parte del Ministerio Fiscal, el Alto Tribunal dictaminó que todo el acuerdo era plenamente legal (incluida la suspensión de las aportaciones), fallo que vino precedido de polémica: tres deliberaciones, y cambio de ponente. El fallo supuso que el Supremo no admitiese a trámite una prueba esencial presentada por CSICA, variando su asentada doctrina mantenida hasta ese momento.

CSICA, no estando conforme con el fallo del Supremo por entender que se violaba nuestro derecho fundamental a la tutela judicial efectiva, presentamos escrito solicitando nulidad de actuaciones ante la Sala 4ª del  mismo tribunal que fue rechazada, lo que nos impulsó a presentar recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional como última posibilidad legal, el cual ha sido inadmitido a trámite  hace unos días, con lo que desgraciadamente ha concluido el litigio.


CSICA acepta el desenlace, sin compartirlo, pero tenemos la conciencia tranquila porque hemos luchado por los derechos de todos los trabajadores hasta el final. Por el contrario, y con relación al 1º ERTE, de momento, la razón está de nuestra parte, estando a la espera de que el Supremo resuelva la casación presentada por la empresa contra la sentencia de la AN que declaró nulas las medidas unilaterales, lo que tendría el mismo efecto, al menos en 2013 que la pretensión ahora archivada.

ASAMBLEA DE AFILIADOS


A TODAS/OS  LAS/OS AFILIADAS/OS DE LA SECCIÓN SINDICAL DE CSICA LIBERBANK


Estimadas/os compañeras/os:

Como consecuencia de la restructuración del sector de las antiguas cajas de ahorros, cuya inmensa mayoría hoy en día operan ya como bancos, se hace necesario introducir cambios en nuestra organización sindical, para adaptarnos a los nuevos tiempos.

En este sentido, y más pronto que tarde, todos los neobancos comenzarán a regular sus relaciones laborales entrando a formar parte  del convenio de banca, desapareciendo el de ahorro, lo que implica que los sindicatos profesionales e independientes como CSICA, tengamos que buscar nuevas sinergias y alianzas para asegurar nuestro futuro sindical.

Con el propósito de poder tener presencia en el fututo sector de banca, los órganos de dirección de CSICA en consonancia con varios sindicatos independientes, constituimos hace unos años una nueva Federación sindical a la que denominamos FINE (Federación, Fuerza, Independencia y Empleo), concurriendo bajo el binomio CSICA – FINE, a las últimas elecciones sindicales celebradas en los sectores de ahorro y de banca.

Esta Federación de FINE, al día de hoy, prácticamente cumple los requisitos para entrar a formar parte de la Mesa de Negociación del Convenio de Banca, lo que de entrada nos permitirá que sigamos teniendo voz y voto en representación de decenas de miles de trabajadoras y trabajadores ante la patronal de Banca.

Por otra parte y en aras de la renovación expuesta, los órganos nacionales de dirección de CSICA acordaron hace unos meses que las distintas secciones sindicales existentes en las antiguas cajas, debían convertirse en nuevos sindicatos con el mismo perfil de profesionalidad, independencia, objetivos y fines, para posteriormente federarse en la nueva Federación FINE, que hoy en día cuenta con más de 20.000 afiliados, respondiendo con ello al viejo principio lampedusiano, de que es preciso que todo  cambie para que todo siga igual.

Con vistas a ello, el Comité Ejecutivo de la sección sindical ha acordado convocar Asamblea de Empleados, fijando su celebración para el jueves día 24-11-16 (a las 11´00 horas y 11´15 horas, 1ª y 2ª convocatoria respectivamente), en el local sindical sito en Plaza Madrid nº 1, Entreplanta izquierda, CP 47001 de Valladolid (Parking de Plaza de España). En próximos días remitiremos el Orden del Día de la Asamblea. Si tienes interés en asistir, comunícalo a tus representantes para la elección de compromisarios.

Sin más, recibid un cordial saludo.

Fdo. Miguel Ángel Rodríguez Castellano

Secretario General de Csica - Liberbank

viernes, 4 de noviembre de 2016

OBRAS EN OFICINAS

RIESGOS POR CAMBIO DE IMAGEN 


CORREO REMITIDO AL JEFE DE RELACIONES LABORALES

D. JUAN CARLOS NAVARRO MATEOS
RELACIONES LABORALES // SERVICIO DE PREVENCIÓN
PLASENCIA

Muy señor nuestro:

El cambio de imagen de las Oficinas de LBK supone una alteración absoluta de las condiciones de trabajo de los empleados de la Red de Oficinas. Al cambiar radicalmente la decoración parece que nadie se ha dado cuenta –o sí— de que el cambio de equipamiento de los puestos de trabajo supone que se ciernan nuevos riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores que es preciso evaluar.

Al empresario no sólo le debe preocupar la estética y la imagen corporativa sino también la salud y los riesgos que padecen o puedan padecer los trabajadores. En el caso actual de la remodelación de las oficinas, ha omitido esta cuestión a pesar de lo dispuesto en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, pues hemos tenido conocimiento de que muchos de los trabajadores y trabajadoras de las oficinas en obras están trabajando con ruidos, golpes, polvo, malas condiciones de iluminación disparos de alarmas, etc.

Lo más sensato hubiera sido, tratándose de una decoración-tipo para todos los centros, que se hubiera integrado en este proceso la organización preventiva, como también establece la propia ley, es decir, el Servicio de Prevención y los Delegados de prevención deberíamos participar de forma conjunta en esta reestructuración en masa de nuestras oficinas, con el fin de estandarizar un equipamiento que no represente daño para la salud de los trabajadores.

Las medidas ergonómicas de mesas, asientos y recicladores, la ubicación y posición de las PVD tienen su propio desarrollo normativo y diseñarlos adecuadamente evita numerosos daños a los trabajadores para la vista, trastornos musculo-esqueléticos, etc. En CSICA no podemos admitir, dadas las responsabilidades que tienen los Delegados de Prevención ante la ley,  que la omisión de la empresa pueda suponer riesgos o daños en la salud de los trabajadores.

Además de la evaluación de puestos de trabajo-tipo en el que no se ha tenido en cuenta ninguna de estas normas reglamentarias de PRL, también surge en determinadas Oficinas (por su especial ubicación) riesgo, siempre grave, de atraco para los trabajadores. Estos riesgos nacen fundamentalmente de que ahora las Oficinas son espacios abiertos en los que se ha cambiado el decorado pero las cajas fuertes siguen estando en el mismo sitio que estaban, dejando la manipulación del dinero —de los elevadísimos encajes que ya hemos denunciado reiteradamente— en muchos casos a la vista de los “malos” con el consiguiente riesgo para los trabajadores. 

Este riesgo de atraco, que también es un riesgo laboral, encuentra su regulación legal en la nueva Ley de Seguridad privada y la identificación, análisis y evaluación del riesgo así como la  adopción de medidas para combatirlo se atribuyen por dicho texto legal al Director de Seguridad que debe trabajar conjuntamente con los técnicos de prevención en este procedimiento.

Un hecho que agrava lo que le expongo, es que hemos tenido conocimiento de que en los Servicios Centrales de la entidad sitos en Calle San Pedro de Cáceres, ya no existe vigilante de seguridad (algo insólito), por lo que  a los trabajadores que aún trabajan allí se les ha entregado una llave para acceder al mismo, lo que es desconcertante, chocante, e inseguro, y que no podemos entender.

Por todo ello, CSICA, siguiendo nuestra práctica habitual, pone en su conocimiento la necesidad de que se nos responda en un plazo prudencial, sobre las intenciones, iniciativas o actividades que tengan planificado llevar a cabo con relación a este asunto de honda preocupación para los afectados y para este Sindicato, los cuales nos trasladan a diario su preocupación y malestar sobre lo que está ocurriendo en las oficinas, que como usted debe comprender no podemos dejar pasar por alto en función de la responsabilidad y obligaciones que tenemos contraídos con los trabajadores y trabajadoras de esta entidad.





viernes, 14 de octubre de 2016

RESULTADO ENCUESTA RIESGOS PSICOSOCIALES

LA ENCUESTA SOBRE RIESGOS PSICOSOCIALES EFECTUADA POR CSICA, ARROJA UNOS RESULTADOS CALAMITOSOS

La empresa sigue sin evaluar dichos riesgos

Volvemos de nuevo con una cuestión trascendental en LIBERBANK, que tiene que ver con el sufrimiento de centenares de compañeras y compañeros derivada del mal hacer de sus jefes. Ha sido todo un peregrinar constante desde las primeras denuncias que presentamos en las distintas Inspecciones de Trabajo de cada territorio, cuando íbamos recibiendo sus penosos testimonios sobre hechos padecidos en el trabajo diario. Estas denuncias, se vieron corroboradas por una estadística de absentismo atroz que se duplicó en un solo año y que así ha seguido después doblando la media del sector bancario, que tampoco es manca, según refleja la información trimestral que nos proporciona la propia empresa.

Por ello, y sin temor a exagerar, podemos manifestar que estamos ante una situación dramática, ya que precisamente a quien la ley encarga proteger la salud de los trabajadores, EL EMPRESARIO, es quien está actuando tanto por acción como por omisión,  y tras toda una suerte de disculpas y excusas de mal pagador, tras más de 5 años de vida del banco, los responsables de la seguridad y salud de los trabajadores, se niegan a cumplir con lo dispuesto en la ley de cara a la reducción de los riesgos psicosociales que padecemos.

Y el EMPRESARIO, no hace dicha evaluación de riesgos consciente de que sería como auto inculparse pues su “acción & omisión” es uno de los conocidos como tóxicos, o sea, algo claramente perjudicial para la salud de los trabajadores y trabajadoras. Según se desprende de los datos de nuestra encuesta una vez tabulados, CSICA manifiesta sin ambages que  el empresario no sólo no acaba con este estado de cosas, sino que dada la mala praxis de sus jefes, los está incrementando a diario (y con ello el sufrimiento de la plantilla), como reflejan las inadmisibles cifras de absentismo que padecemos.

El tránsito de caja a banco de nuestra entidad, no ha sentado bien a muchos jefes y jefecillos, que siguen anclados dictando directrices a sus subordinados de un modo cuartelero y despótico como mejor hacer (algún territorial anda por ahí alocado y convulso),   en vez de gestionar los recursos humanos como hacen las entidades de primer nivel. Estos incompetentes, han querido transformar desde el primer día a una plantilla, siempre al margen de las leyes, convirtiéndola en medrosa, claudicante, atemorizada, etc., porque su mediocridad no les da para más; y actuando con buena fe, CSICA así se lo ha trasladado al responsable del Servicio de Prevención del banco, con el fin de que se ponga en práctica en la entidad lo antes  posible una formación adecuada en la gestión de equipos de trabajo y de sus responsables, conscientes de que con ello todo iría mejor: tanto para la empresa como para la salud de los trabajadores. Llevamos esperando meses a que la empresa nos diga algo al respecto, pero hasta la fecha calla.


En CSICA no nos limitamos a denunciar el asunto, con resultado de durísimas actas de infracción de la autoridad laboral por toda España. Criticamos también las dilaciones del empresario en los distintos Comités de Seguridad y Salud para no realizar la evaluación de riesgos constatando que, de modo rocambolesco, pretendió aplicar al final, y pese a que el asunto estaba ya consensuado con los Sindicatos en dichos Comités, una metodología desarrollada por una Mutua que en nuestra opinión no reúne los requisitos legales para ello.

Dada la inacción del empresario, CSICA ha utilizado en su Encuesta la metodología estrella y oficial para evaluar los riesgos psicosociales (el método FPSICO 3.1) del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, a través de nuestro blog (csicaliberbank.blogspot.com), tabulando los resultados utilizando la propia aplicación informática del método. Todo ello a cargo de personal de CSICA con los conocimientos y la titulación necesaria para firmar el trabajo.

Esperábamos unos resultados malos. Ya hace 2 años hicimos una evaluación del clima laboral y los resultados fueron muy malos. Nos equivocamos. Los resultados son desastrosos. No tienen parangón alguno con ninguna otra empresa que conozcamos. Malo hasta el punto de decir que Liberbank es una empresa ENFERMA, como así se califican estos resultados por los especialistas de esta disciplina.

No hemos querido sustituir al empresario con esta evaluación, no. Nuestra iniciativa no pretende, ni puede, relevarle de sus obligaciones legales pero sí pretendía evitar que se instalara en esa negativa que, sin salvarle de la ilegalidad, impedía que la realidad se constate negro sobre blanco.

Ahora no puede ya desentenderse. Y no puede porque en CSICA le hemos hecho el trabajo de evaluar y  no sólo eso, sino que le hemos hecho algunas recomendaciones para hacer lo primero que dice la ley: EVITAR EL RIESGO. Es muy fácil y muy barato. Sólo deberían actuar los jefes de arriba de todo sobre aquellos que en nuestra opinión son responsables directos de la mayoría de los estresores que han producido una plantilla desmotivada, desmoralizada y enferma que cuando llega rota al dispensario y le preguntan las causas da el nombre y apellidos de su Director de Zona. Esta es la realidad, pero no una realidad que ha descubierto ahora el empresario con nuestro trabajo, sino una realidad que él mismo está admitiendo al no hacer nada por evitarlo.

NO es posible condensar el denso trabajo que los técnicos de CSICA han llevado a cabo en este comunicado (el Informe completo está colgado en el blog) pero sí tenemos un par de gráficos que son el resumen de todo. Para no entrar en detalles baste decir que todo lo que sale en rojo o naranja de la aplicación del Instituto está mal. Como mucho, amarillo. Valorarlo vosotros mismos, compañeras y compañeros.

  







Aquí podéis observar cómo de los 9 factores que mide el método FPSICO3.1 tan sólo 2 de ellos presentan una valoración de “adecuado”, 1 más de riesgo “moderado” (máximo admisible por la metodología) y los otros 6 como de riesgo “elevado” (2), y lo que ya es absolutamente grave, 4 más como de riesgo “muy elevado”.

El Informe sobre este trabajo ha sido entregado hace 3 meses al empresario porque nuestro interés (y ya lo hemos dicho mil veces) no es otro que arreglar los problemas de la plantilla. Tres meses han sido suficientes para saber que el empresario parece que no tiene ninguna intención de variar el rumbo, lo que sin dudas CSICA no puede tolerar…


Ahora ya sabemos  por qué la empresa se ha negado a realizar la evaluación. ¿Está claro?


viernes, 30 de septiembre de 2016

LA SENDA DEL TIEMPO

La senda del tiempo

Hace algunos meses (Ene.2015) el Presidente de LBK, Sr. Rivero, proclamaba a los cuatro vientos lo importante que era la Responsabilidad Social Corporativa en las empresas (RSC), una especie de rendición de cuentas del empresario no sólo a los accionistas sino también al resto de partes interesadas en la empresa, trabajadores, medio ambiente, sociedad en general e instituciones públicas, lo que viene llamándose en el argot stakeholders. Hasta ahí todo bien. Es decir mal, porque anunció que todo esto era tan importante que “Liberbank acaba de crear un departamento con el fin de seguir en la senda del buen gobierno y nunca más se supo, claro.

En Agosto de este mismo año el emérito economista, especializado en contabilidad eso sí, se ha destapado en unos cursos de verano con una teoría completamente opuesta, lo que nos hace pensar en CSICA que en lugar de la “senda del buen gobierno” tal vez resultaría más adecuado hablar de la “senda del tiempo”— ya saben, aquel tema de los celtas cortos que dice “A veces llega un momento en que te haces viejo de repente….”—, porque las boutades que se ha largado el vetusto profesor nada tienen que ver con la RSC. Son totalmente contradictorias.

No sabemos que habrá pasado entre uno y otro posicionamiento pero podría ser que el profesor Rivero ha abrazado abiertamente las teorías del Consejero Delegado, que ya se sabe que el que anda con cojos se le pegan los meneos.

En estas jornadas de La Granda Rivero se ha liado la manta a la cabeza y ha hecho una especie de mix entre el utilitarismo de hace tres siglos y el liberalismo libertario de hace uno y que podría definirse como cualquier cosa que genere valor añadido, utilidad, es buena para la colectividad, conjunto de roles individuales donde el Estado sólo hace recaudar y estorbar.

  •    "¿Qué extraño concepto es ese de 'empleado por cuenta ajena'?
  •    ¿Qué es eso de 'irse al paro'?"

se preguntaba Rivero antes de comenzar a desgranar su teoría sobre cómo deben actuar las empresas ante la situación actual. "Las empresas son generadoras de valor añadido y cada una de sus piezas, incluidos los trabajadores, deben hacer su aportación a ese objetivo", dijo, para a continuación meterse de lleno con el motivo principal de su disertación: “el empleado ya no es tal sino un proveedor de servicios”.
Ahí queda eso. 

En opinión del viejo profesor (esto lo borramos, que el título está registrado a nombre de uno que lo merecía) cuando el capitalista propietario de la empresa necesita manos para sus propios fines, ganar dinero, en lugar de hacer un contrato de trabajo pues hace un contrato de servicios “¿Y qué hacemos con el proveedor de manzanas cuando dejamos de necesitar manzanas porque queremos otra fruta?” se preguntaba, para inmediatamente contestarse: Pues cambiarlo”. Ahí es donde quería llegar él. La reflexión anterior es meramente argumentativa. Cambiarlo, versión culta del vulgar al que moleste, a tomar por culo.

Culminó su sesuda, y revolucionaria, reflexión advirtiendo que “la empresa debe retribuir a cada empleado (proveedor de servicios laborales) en consonancia al valor añadido que reporta”. Aquí se le fue la mano porque si esto fuera verdad ¿por qué él se cobra sus 100.000 eurazos llueva o haga sol?. Cuando los beneficios se despeñan (año 2012) el cobró lo mismo mientras a algunos nos quitaban la mitad de los ingresos, y cuando la cotización de la acción de LBK parece un despeñadero el sigue pillando. Consejos vendo y para mí no tengo.

Remachó la faena hablando del Estado. Debió pensar Rivero que toda esta parafernalia de cambiar los trabajadores por cuenta ajena (principio de ajenidad del derecho del trabajo que tardó en construirse unos 300 años hasta llegar a conformar una nueva rama del Derecho) por autónomos no iba a ser posible por el maldito Estado que está ahí con sus leyes tocando los co….razones. Eso que él mismo llama intervencionismo político y que califica como “el mayor enemigo de una ventaja competitiva” y que se manifiesta mediante “la existencia de normas” que sólo sirven para “reducir el margen para generar las primeras” (las ventajas).

Para rematar la faena (recuérdese que es catedrático de economía y Presidente de una entidad financiera con abundantes ayudas del Estado y no un venerable abuelo que le da de comer a las palomas en el parque) terminó de cargarse el estado derecho y el principio de legalidad “Otra cosa es que alguna ley sea necesaria, en cuyo caso las empresas, para competir eficazmente, deben ir más allá de lo que estipula esa norma, deben obligarse a ser mejores aún", lo que resumido en roman paladino sería algo así como: cuando la empresa ha conseguido una ventaja competitiva a base de mandar a freír espárragos al empleado y lo ha convertido en proveedor de servicios (¿estamos pensando en los famosos agentes financieros, Sr. Rivero?) viene el Estado a tocar las narices con la norma (Estatuto de los trabajadores) y se carga la ventaja competitiva. Sería mejor que no existiera ninguna ley (anomía) aunque “alguna ley es necesaria”, por ejemplo la que ordena subvenciones a los bancos cuando los banqueros los saquean.


A esto lo llamaba mi abuela decir la verdad sin tormento. Creemos que Rivero ha querido convertir en teoría jurídico-filosófica la vieja aspiración de su Consejero Delegado de tener empresas sin trabajadores. 

martes, 27 de septiembre de 2016

VICTORIA EN LA AUDIENCIA NACIONAL

27/9/2016

Sentencia Audiencia Nacional sobre 
Medidas Unilaterales

Es momento de que nos felicitemos todos/as porque la demanda presentada por CSICA (además de otra presentada conjuntamente por CSI y STC) contra las medidas unilaterales  de Mayo de 2013 ha sido estimada por la Audiencia Nacional en SAN 146/16 de 23/9/2017 a la que hemos tenido acceso hoy mismo.

Creemos que antes de entrar en la valoración de la Sentencia tal vez resulte de mayor interés para todas/os “centrar” un poco el asunto del trámite procesal de nuestros ERES para mejor comprensión.

Como sabéis, LBK comenzó un periodo de consultas para introducir modificaciones sustanciales de trabajo y otros en Octubre de 2012. Pero en esta época se dieron cuenta de que tenían que parar porque se avecinaban dos acontecimientos que les iban a venir de perlas. El Acuerdo con la Comisión Europea de reestructuración —lo que les permitía vendernos que se trataba de una imposición de Bruselas— y la “limpieza” del ladrillo de los Balances de la banca que se iba a llevar a cabo de forma imperativa a través de los llamados “decretos Guindos” generando pérdidas contables (en ningún caso debidas a la gestión financiera).

LBK retoma el periodo de consultas en el mes de Abril de 2013 y llegan envueltos en la bandera de las pérdidas de Dic. 2012 y la de la Unión Europea. Los sindicatos no tragan y el periodo finaliza a los 15 días sin acuerdo. La empresa, cargada de razones y con la reforma laboral en la mano, impone a toda la plantilla unas medidas salariales y de suspensión de contratos, descuelgues de Convenio y Planes de pensiones, etc. absolutamente demenciales, peores incluso que las planteadas en el periodo de consultas (taza y media).

Estas medidas unilaterales son sustituidas por un acuerdo en el SIMA de Madrid con los sindicatos firmantes nocturnos (CCOO y UGT) a espaldas de todos los demás. Como ya es conocido este ERTE es tumbado en la AN por infracción de derechos fundamentales, sentencia que es confirmada por el Tribunal Supremo. Esta Sentencia del Supremo dejaba expedita la ejecución de esta Sentencia de la AN que tenía un pequeño problema y es que en su fallo remitía  a las “condiciones anteriores” al ERTE.

Esta falta de concreción de la Sentencia confirmada supuso que la empresa entendió que debía volverse a las medidas unilaterales previas al ERTE del SIMA y los sindicatos (algunos, otros NO) a la situación previa a estas medidas que habían desaparecido como consecuencia del ERTE (así se dice en el propio cuerpo de la Sentencia a ejecutar). La diferencia era sustancial, también en lo económico —tal vez unos 60 millones de euros—, y todos nos sometimos al Auto del Juez que debía ejecutarla —la propia AN—.

El Presidente de la Sala de lo Social no se pronunció el día esperado, alegando que las medidas unilaterales a las que pretendía regresar la empresa estaban pendientes de juicio (habían sido demandadas por CSICA ya en Junio de 2013). A nosotros se nos presentaron dos posibilidades, por un lado desistir de la demanda aplazada por la resolución del Supremo y así dejar que se pronunciara el Juez sobre la ejecución, o bien no desistir y combatir estas medidas unilaterales buscando su nulidad. Nos decantamos por esta última opción (aunque por ello tuvimos que soportar las críticas de los sindicatos firmadores noctámbulos que nos acusaron tontamente de dilatar el proceso).

Ahora mismo estas medidas unilaterales han sido declaradas nulas por el Juez. El argumento central, como puede ver quien tenga el humor de leer la sentencia entera, es que LBK ocultó interesadamente a la representación sindical los resultados del primer trimestre de 2013 con beneficios ya de más de 33 millones de euros, prefiriendo entregarnos las pérdidas de tres meses atrás el día 23/4 por la mañana y entregar nota de prensa en la CNMV con los beneficios por la tarde del mismo día.  Se trata de una mala fe en la negociación de una parte, LBK, que priva de la información necesaria a la otra parte.

Dice la Sentencia en este sentido “resulta que no se proporcionó la documentación necesaria, bien porque no se hubiese confeccionado —lo que resulta cuando menos dudoso, dados los términos de la nota de fecha 23-4-2013— y en cuyo caso bien podría haber dilatado la empresa el inicio del periodo de consultas hasta que se tuviese la misma confeccionada, bien porque no se quiso entregar, y con ello no se pudo llevar a cabo el periodo de consultas en los términos exigidos legalmente”.
Hoy debemos de estar todos contentos y nosotros en CSICA de manera muy especial. 

La prueba de la simultaneidad de los malos datos por la mañana y la entrega de los buenos a la CNMV por la tarde, único motivo que se analiza en la Sentencia, ha sido presentado por el abogado de CSICA con una ampliación de demanda, y por un Informe pericial defendido ante el estrado por el perito nombrado por CSICA, lo que finalmente ha producido la nulidad pretendida.

Al César lo que es del César.

PD: Ahora sólo pueden pasar dos cosas: que la empresa recurra en casación al Tribunal Supremo, o que pague de una vez lo que nos debe desde hace 3 años ya.

miércoles, 14 de septiembre de 2016

JUICIO MEDIDAS UNILATERALES

Muchos de los que estábamos hoy en la sala de vistas de la Audiencia Nacional tuvimos la sensación de estar reviviendo situaciones pasadas. Fue el Presidente de la Sala quien dijo tener la sensación de déjà vu.
Y es que los hechos que la acusación estaba poniendo encima de la mesa son los mismos en esencia que los ya relatados en las demandas de los ERE del SIMA de Junio de 2013 y de Diciembre del mismo año. El Presidente, ante la insistencia de una letrada, dijo que no sólo los conocía sino que los sabía de memoria.
Sin embargo esta vez había algunas circunstancias específicas y es que por tratarse de medidas unilaterales no existen acuerdos con ningún sindicato razón por la que determinadas acciones empresariales están restringidas. Este sería el caso de la decisión empresarial de dejar de aportar al Plan de Pensiones, algo que sólo está previsto que pueda hacerse mediante acuerdos con los sindicatos.
Otra circunstancia en que la parte actora ha basado sus propuestas de nulidad ha sido la negativa de la empresa a entregar a la parte social los datos económicos del primer trimestre de 2013 en el periodo de consultas.
La empresa se negó a entregarlos porque prefería seguir apoyando sus recortes en las pérdidas del cierre de 2012 inducidas por los Decretos Guindos de limpieza del ladrillo, pérdidas no atribuibles a la actividad financiera que tuvieron en esa misma época todos nuestros competidores financieros.
Lo que hoy fue motivo de controversia fue si la empresa debió entregar esta información a la parte social y por qué. Tras acreditar el perito de CSICA que el mismo día en que se negaban a la parte social (23/4) por la mañana era remitida a la CNMV por la tarde pero EN SENTIDO TOTALMENTE CONTRARIO. A la CNMV le dijeron que en el primer trimestre se habían ganado 33 millones de euros, la morosidad resuelta y el capital regulatorio en orden. A la plantilla todo mal, no se podía seguir con la actividad financiera, todo mal. EL MISMO DÍA.
A nuestro juicio y al de nuestros abogados esto sería motivo de nulidad y el perito de la empresa que firmó su informe catastrófico sólo 5 días antes apenas acertó a balbucear cuando el Presidente de la Sala le preguntó ¿pero la empresa llevará las cuentas para poder decirle a la CNMV esto no?.
La defensa de la empresa a la vista de la "pillada" sólo pudo intentar combatirlo con la peregrina teoría de que tenían prohibido entregar esta información a terceros por lo dispuesto en la Ley del Mercado de Valores, lo que provocó las risas de los sindicalistas que llenaban la Sala y el apercibimiento por parte de la Presidencia para que calláramos. Debió pensar el letrado de la demandada que su posición era tan débil que se presentó con un sesudo informe de un ex magistrado del Supremo ( para eso hay dinero ) que finalmente fue inadmitida por el Presidente ¿qué quiere señor letrado traernos un informe par hacernos nuestro trabajo?, le dijo.
El juicio estaba visto para sentencia y nos quedamos en esta crónica de tribunales con dos anécdotas. Asistieron los abogados de CSICA, CSI y STC como acusadores, el de la empresa y , sorprendentemente, los de CCOO y UGT que se sentaban a su lado y a los que el Presidente preguntó en calidad de qué asistían. "desistidos", dijeron al parecer por haber sido demandantes y haberse retirado al firmar en el SIMA. Una nueva categoría procesal a sumarse a demandantes, demandados, testigos y peritos.
La otra fue que el abogado de la demandada en una de sus argumentaciones justificativas dijo que en el momento de Autos el banco estaba a intervenido. Como suena.

Ahora a esperar que nos den la razón que tenemos.























Enviado desde mi iPad

martes, 6 de septiembre de 2016

¿ESTABAN O NO VIGENTES LAS MEDIDAS UNILATERALES?


LA AUDIENCIA NACIONAL DETERMINARÁ EL 14-09-16 SI ESTUVIERON O NO VIGENTES, TRAS EL ACUERDO DEL SIMA

El affaire jurídico de Liberbank es de tal envergadura que es fácil que nos perdamos en los vericuetos por los que transitan las distintas acciones que aún deben ser resueltas por la judicatura. Vamos a tratar de recordar la situación referida a 2013:

1.- Terminada la negociación sobre las medidas de ajuste en mayo 2013, ésta se cerró sin acuerdo, aplicándolas la empresa seguidamente con mucha mayor dureza y de forma unilateral, estando vigentes desde mediados de junio hasta el 10 de julio. Esto motivó que todos los sindicatos a una presentásemos demanda de conflicto colectivo ante la Audiencia Nacional (AN) contra los vicios existentes en la negociación y contra dichas medidas.

2.- La empresa, siendo consciente de que sus medidas de ajuste eran “salvajes”, provocando un tremendo caos organizativo, aprovechó la conciliación fijada en el SIMA el 25-06-13 para alcanzar un “acuerdo laboral”, de madrugada, con CCOO y UGT, aplicándonos las nuevas medidas desde el 10-07-2013 hasta el 31-12-13. Seguidamente se presentó impugnación de dicho acuerdo por atentado a la libertad sindical.

3.- La AN, en función de la naturaleza del litigio, resolvió antes la demanda presentada contra el Acuerdo del SIMA, (tutela por atentado a la libertad sindical), suspendiendo las demandas presentadas contra las medidas unilaterales (demandas de conflicto colectivo), decretando la existencia de Litis pendencia. 

4.- Con fecha 14-11-13 la AN dictó sentencia anulando el acuerdo del SIMA, refrendada más tarde por el Tribunal Supremo (TS), ambos tribunales condenaron a Liberbank a que repusiera a los trabajadores en nuestras condiciones laborales previas al acuerdo del SIMA, sin aclarar nada más, lo que aprovechó la empresa para “interpretar” que anulado el citado acuerdo, seguían vigentes las medidas aplicadas unilateralmente, lo que precipitadamente le llevo a publicar en la intranet que regularizaría las diferencias entre ambas medidas que cuantificó en unos pírricos 6 millones de €, mientras que para los sindicatos, lo que nos debe la empresa asciende a unos 65 millones de €.

5.- Como quiera que Liberbank  no ha cumplido con la condena impuesta por la AN y el TS (la devolución de los derechos derivados de las medidas de ajuste declaradas nulas), los sindicatos que ganamos la demanda de tutela instada en su día nos vimos en la obligación de solicitar la ejecución de la  sentencia, ya firme, ante la propia AN; en concreto CSICA lo solicitó en septiembre de 2015, y otros sindicatos más tarde, obviamente a excepción de los sindicatos que fueron condenados junto a la empresa.

6.- En la vista sobre la ejecución de sentencia celebrada ante la AN el 29-03-16, el presidente de la Sala, queriendo escurrir el bulto, conminó a las partes a que alcanzásemos acuerdo, algo insólito en fase de ejecución y a la luz de lo dispuesto en la ley. Por ello, los sindicatos ejecutantes nos opusimos a tal pretensión, decretando seguidamente la Sala que al estar señalado juicio el 01-06-16 para resolver el asunto de las medidas unilaterales debía decretar la suspensión de la ejecución, hasta tanto en cuanto no se resolviese si las citadas medidas unilaterales estaban o no vigentes, tras la declaración de nulidad del acuerdo del SIMA: ¡parece un jeroglífico, y ciertamente que se le parece!


7.- Finalmente, y después de dos aplazamientos, el próximo 14 de septiembre se celebrará juicio en la Audiencia Nacional para dilucidar si las citadas medidas de ajuste que unilateralmente nos aplicó la empresa entre mediados de junio y primeros días de julio de 2013, estaban en suspenso, o dejaron de existir tras la firma del “Acuerdo nocturno” alcanzado por Liberbank con CCOO y UGT, refrendado en el SIMA el 25-06-13.

8.- A este respecto, la propia sentencia de la Audiencia Nacional de 14-11-13 que declaró nulo el Acuerdo del SIMA, en su fundamento de derecho 3ª viene a señalar lo siguiente: La simple lectura del suplico de la demanda permite concluir que los demandantes no impugnan las medidas de flexibilidad interna impuestas por las empresas demandadas a partir del 16-06-2013” (esto no es cierto, CSICA y otros sindicatos demandamos, pero incomprensiblemente se dice en la sentencia). Pero lo esencial para nuestras tesis es que continúa el Fundamento de Derecho 3º manifestando lo siguiente: “No se impugnan porque dichas medidas quedaron sin efecto al alcanzarse acuerdo en procedimiento de mediación seguido ante el SIMA el 25-06-2013”.



Hasta aquí el asunto de los vericuetos jurídicos de las medidas unilaterales. Para CSICA y a la luz del Fundamento de la sentencia antes expuesto, el asunto está claro, pero sólo falta que así lo decrete la propia Sala de lo Social de la AN tras el juicio fijado para el 14-09-16. De ser así, y a expensas de que la empresa recurra ante el TS, ésta debería restituirnos todos los derechos económicos derivadas del ERTE 247/13. ¡Suerte a todos y esperemos que así sea! 

miércoles, 31 de agosto de 2016

A MENÉNDEZ NO LE GUSTA CANTABRIA

A Menéndez no le gusta Cantabria

Nuestra tarea como sindicato mayoritario en Liberbank es la defensa de los trabajadores y no poca dedicación precisa, como ya sabéis, frente a un empresario que tiene una tendencia natural a ventilar todos los asuntos en los tribunales.

Esta defensa se hace, como no podía ser de otra manera, conjunta para la totalidad de los trabajadores del Banco sin atender a geografías de destinos ni procedencias ex Cajas y es que en CSICA creemos que la peor manera de hacer sindicalismo es hacerlo de unos territorios contra otros. Esto sólo sirve para que el empresario se frote las manos.

Sucede que esta neutralidad sindical es insostenible cuando una plantilla concreta resulta machacada objetivamente hablando. Este es el caso de la plantilla de Cantabria cuyos trabajadores/as resultan claramente discriminados con relación al resto de los compañeros que prestan sus servicios en el resto de Comunidades donde opera el Banco.

La gerencia del Banco, suponemos que con el visto bueno de su Consejero Delegado, Sr. Menéndez, y con el Presidente del Banco, Sr. Rivero y del Vicepresidente Zúñiga Pérez del Molino, ambos cántabros, mirando para otro lado, siempre, repetimos SIEMPRE, y esto es objetivamente demostrable, toma decisiones discriminatorias para los compañeros de Cantabria. No toca aquí ser prolijos pero atendiendo a los dos grandes episodios de reestructuración de plantillas, la de Cantabria fue con mucho la más perjudicada por la reducción de jornada (buena parte de la plantilla al 30%) y de salario. No sirvió de nada que nos mostráramos críticos cuando otros firmaron el ERTE. Lo mismo está sucediendo con los cierres de oficinas y consiguientes excedencias de personal.

El Banco manifestó en mayo pasado a los representantes de los trabajadores que sobraban 979 trabajadores en toda España. A pesar de que NO se aportaron a la mesa de negociación las razones, ni siquiera qué centros desaparecían, en CSICA tuvimos una filtración mediante la cual supimos que 339 centros del Banco dejarían de tener personal a su servicio, un 33% de las oficinas. En Cantabria el 41%.

Por la propia evolución de la negociación, y ante la amenaza empresarial de despidos, CSICA y otros sindicatos firmamos para que abandonaran la organización bastantes más trabajadores de esos 979 que la empresa estimaba que sobraban. Era previsible en estos términos pensar que los “excedentes” de cada región pasarían a cubrir el puesto de los prejubilados. Y efectivamente así ha sido en todas las regiones menos en CANTABRIA que de nuevo se ha visto marginada por esa gerencia que en lugar de adecuar el programa de bajas a los excedentes que van surgiendo ha optado por trasladar fuera de nuestro territorio a un grupo numeroso de trabajadores.

Esto que es objetivamente discriminatorio y arbitrario por parte del empresario se ha puesto en escena además de la peor forma posible, es decir, recuperando el conocido estilo de dar traslados a centenares de Km. a jóvenes madres que deberán optar entre el trabajo o cuidar de sus hijos, todo ello como incentivo para generar nuevas bajas.  A esto se le conoce como política de género. Forzar a las mujeres a que la familia les cueste el puesto de trabajo o al revés que resulta aún peor.

Y esto no es provincianismo, compañeras y compañeros. Esto es simplemente la constatación, otra vez, de que a la cúpula de LBK no le gusta Cantabria ni sus trabajadores.

Alzamos desde aquí la voz por quienes se desesperan al lado de sus hijos antes de partir a un nuevo destino fuera de Cantabria o a la Oficina del paro, impotentes sin entender nada. Alzamos la voz para pedir que esta plantilla sea tratada igual que las demás. Sólo eso. ¿Tanto le cuesta a LBK acompasar las prejubilaciones a los excedentes de las Oficinas que cierran en Cantabria?.

Como decimos que esto es algo objetivo y lo nuestro es acreditar lo que decimos con números, ahí van:


1)      En el ERTE de Diciembre de 2013 la plantilla de Cantabria fue objetivamente maltratada frente al resto. Esto queda acreditado con los datos del Cuadro siguiente que es autoexplicativo



Cantabria, y por tanto sus trabajadores, se han visto de nuevo marginados por una estructura de cierres que no se corresponde con la realidad socio-económica comparada. Los afectados por la reestructuración se sitúan en Cantabria en el 29,2% de la plantilla frente a un porcentaje medio del 22,1% en la totalidad del Banco y desde luego muy lejos del 17,2% de Asturias.



El Plan de cierre de Oficinas, que nos fue filtrado en su día sin haber sido desmentido por LBK, respondía al siguiente reparto donde puede verse que el abandono del 41,2% de las Oficinas de Cantabria contrasta con el 30,6% de Asturias por ejemplo



Por si acaso quieren explicarlo por la vía socio-económica la ratio de Oficinas bancarias de Cantabria es la más concentrada de la comparativa con algunas diferencias importantes sobre las otras.


 Con datos muy actualizados y sacados, como siempre, de fuentes oficiales la concentración bancaria en Cantabria antes de los cierres era de 1.374 habitantes por cada Oficina bancaria frente a los, por ejemplo, 1.056 de Extremadura (23% menos). Esto elimina la coartada de decir que en Cantabria cierran más Oficinas porque sobran.

La otra coartada sería decir que en Cantabria van peor las cosas desde el punto de vista socio-económico. Aportamos dos contra-argumentos por si acaso a alguno se le está ocurriendo esta disculpa. El PIB por habitante en Cantabria se situaba a finales de 2015 en los 20.847 euros, superior, tal y como puede verse en el Cuadro adjunto al resto de territorios de origen de LBK.


Otro argumento macro sería el grado de ocupación de sus habitantes. La tasa de desempleo de Cantabria (Junio de 2016) se sitúa en el 15,31 por ciento de su población activa, bastante por debajo del resto de las Comunidades de origen de LBK



Y es que si tiras los dados y cada vez caen de un lado es azar. Si siempre sale el mismo están lastrados.

Exigimos desde aquí que se pare todo este desatino. Que lo paren o que nos lo expliquen, si no tendremos la sensación de que siguen siendo los mismos de siempre