sábado, 28 de febrero de 2015

DERECHOS FUNDAMENTALES

“E pur si muove”

(Y sin embargo, se mueve)


Cuentan que esta frase fue dicha por el astrónomo Galileo cuando la Inquisición, también española, le obligó a retractarse sobre sus afirmaciones de que el mundo giraba alrededor del Sol. Galileo ya sabía entonces que el mundo era esférico y que por eso todo vuelve, que la historia se repite. Y eso es lo que nos está pasando a CSICA ya hace un tiempo con este empresario que nos ha tocado en suerte, que nos amenaza por escrito haciéndonos adjurar de la verdad. Sólo hay un problema y es que ni él es la Inquisición ni vivimos en el siglo XVII. Hoy, mal que bien, estamos en un país moderno que se ha dado a sí mismo un sistema de libertades públicas concretado en derechos fundamentales que no siempre son respetados.

El empresario Liberbank olvida que cuando se comienza la jornada laboral en una empresa, esos derechos fundamentales que asisten a todos los trabajadores, tengan o no la condición de sindicalistas, NO se dejan colgados en el perchero. Por el contrario, siguen estando plenamente vigentes y le está absolutamente vedado a ese empresario su transgresión. Sin embargo, la falta de formación en valores constitucionales de sus representantes unido a una actitud que fomenta estas prácticas ya sea de forma activa o pasiva, expresa o tácita, así como una cultura empresarial basada exclusivamente en las cosas —en el dinero casi exclusivamente— y no en las personas, está generando toda una suerte de ataques a estos derechos, algunos de ellos de tal relevancia como el derecho fundamentalísimo a la dignidad o a la libertad.

CSICA ha visto cómo sus dirigentes eran gravísimamente amenazados, una vez más, hasta con acciones penales por atreverse a denunciar la prolongación masiva de jornada de la plantilla precisamente cuando tiene reducidos el salario y la jornada por un ERTE,  hechos especialmente graves y suficientemente generalizados como para que sean motivo de ocupación sindical, que no es otra que la defensa de los intereses de los trabajadores, compromiso que un sindicato mayoritario como CSICA no puede ni debe obviar.

Hemos visto cómo se hurtaba, de nuevo y a pesar de tener sentencias de la Audiencia Nacional en contra, el derecho de todos los trabajadores a recibir información sindical así como el que tiene CSICA, formando parte del núcleo de la libertad sindical, a comunicarlos. Primero nos impidieron enviar los comunicados por la valija, más tarde impidieron que utilizáramos el correo corporativo aduciendo algo tan peregrino como la saturación de sus servidores. Después trataron de censurar la información que no les gustaba. Cuando la Audiencia Nacional, después de sendos acuerdos en sede judicial no respetados, les obliga a abrir sin censura la Intranet, de nuevo vuelven a impedir su publicación, vuelven a situarse en el papel de censores calificando la información sindical de falsa.

Si los hechos que denuncia CSICA fueran falsos suponemos que también estarán amenazando a los inspectores de trabajo que tienen la osadía de acreditar en sus actas de infracción el trabajo fuera de horario. El límite que tiene el derecho a la libertad sindical es el respeto a la exigencia legal de la buena fe, concepto jurídico que por indeterminado, ha debido ser construido por la jurisprudencia que sustancialmente prohíbe conductas desleales a ambas partes de la relación laboral. Este principio modula los derechos y obligaciones recíprocas de la relación laboral “sin embargo, esto no significa que exista un deber genérico de lealtad con un significado omnicomprensivo de sujeción del trabajador al interés empresarial, pues no resultaría acorde con el sistema constitucional de relaciones laborales” recuerda el Tribunal Constitucional en sentencia 186/1996.

CSICA ha denunciado unos hechos, una prolongación de jornada cuantitativamente muy importante y cualitativamente muy infractora de varias leyes de este país, y lo ha hecho con respeto absoluto al más exquisito procedimiento soportado en la buena fe:

  1. Hemos tenido centenares, sino miles de quejas de compañeros en todos los territorios que nos alertaban sobre la prolongación de jornada.
  2. Tenemos la evidencia de trabajadores a los que se les ordena por parte de sus superiores que prolonguen su jornada.
  3. Tenemos la evidencia de ver cómo los trabajadores acuden por las tardes al trabajo (porque de repente no se vuelven invisibles).
  4. Y tenemos la descripción completa de un procedimiento de obstrucción de la labor inspectora que incluye la evacuación planificada de edificios de quienes acuden a trabajar por la tarde para no ser sorprendidos por el Inspector de trabajo actuante.

En base a todos estos antecedentes

  1. Pusimos en marcha un trabajo mediante un cuestionario estadístico anónimo, construido y tabulado por compañeros que pueden acreditar especialidad universitaria en la materia, con una validación métrica conforme a estándares científicos.
  2. Contrastamos sus resultados con el conocimiento directo por evidencias de nuestros compañeros delegados en los distintos territorios.
  3. Nos apoyamos en las innumerables visitas seguidas de actas de infracción con presunción de certeza de la Inspección de Trabajo en las que queda patente el trabajo fuera del horario fijado en el ERTE.
  4. Por si acaso ello fuera poco, y una vez concluido un estudio riguroso, nos hemos dirigido por escrito al empresario, únicamente con la intención de hablar de este asunto. Dos días después de enviarles esta invitación un delegado sindical de CSICA fue trasladado al almacén a colocar cajas de cartón.
  5. Después de que el empresario contestara a nuestra invitación con una negativa desabrida le hemos remitido dicho Informe solicitándole simplemente que dicte una circular recordando lo que dice el Estatuto de los trabajadores para las empresas que tienen reducción de jornada: que se prohíban las horas extraordinarias.

La reacción del empresario ha sido, una vez más, censurar nuestra información y amenazar gravemente a quien la remite. Desde aquí le volvemos a decir que hemos puesto a disposición de los jueces sus amenazas, sus discriminaciones y sus arbitrariedades buscando la tutela judicial. No queremos desaprovechar la ocasión de reiterar al empresario Liberbank que nadie, ni siquiera él con todos sus caros abogados, está por encima de la Ley. Que vivimos en un estado de derecho y no en el siglo XVII.


Y que a pesar de sus amenazas, e pur si muove, o sea, que sí se trabaja de forma generalizada fuera del horario laboral.




miércoles, 25 de febrero de 2015

HORAS EXTRAORDINARIAS

PROLONGACIONES DE JORNADA A DESTAJO

EN LIBERBANK SE PRESTAN 1.000.000 DE HORAS EXTRAS/AÑO





En CSICA, siendo conscientes de que en Liberbank se realizan prolongaciones de jornada a destajo y que las horas extraordinarias están prohibidas mediando un ERTE, hace tiempo que decidimos medir y computar el monto de esta lacra laboral al entender que es una cuestión de suma gravedad que atenta contra el derecho de los trabajadores y del erario público.

Fruto de una encuesta realizada a toda la plantilla, a la que han contestado 468 trabajadores, además de la información recabada directamente por nuestros delegados, informamos que, una vez tabuladas las respuestas, en el Grupo Liberbank se desarrollan prolongaciones de jornada anuales, por un importe equivalente a 966.000 horas al año. Es decir, frente a un ahorro de costes fruto de las reducciones de jornada/salario contenidas en el ERTE, equivalentes a 1,4 millones de horas/año aproximadamente  las “prolongaciones de jornada”, están próximas al 1.000.000 de horas/año, e implican que el banco casi no pierde productividad, sino ahorro puro de costes laborales por dos vías (reducción de salario y horas extras no pagadas), merced a la presión que ejerce sobre los trabajadores, aprovechándose de la situación de necesidad  generada tras el ERTE y la infausta reforma laboral.

Esta cuestión es de suma gravedad, porque el Estatuto de los Trabajadores en su art. 47,2 prohíbe que se presten horas extraordinarias cuando la jornada se ha reducido mediante un ERTE, por razones evidentes; pero además, y no obstante, el ET impone al empresario el deber de controlarlas teniendo en cuenta los límites establecidos, extremo éste que Liberbank conoce o debería conocer.

Las “compensaciones” de nuestra patronal a los afectados, obviamente no son dinerarias, sino meras promesas a quienes trabajan por las tardes, para no ser trasladados, de preferencia a la hora de elegir vacaciones, de no ser despedidos, etc., siendo los responsables de las prolongaciones de jornada  los jefes directos de los trabajadores en un 76% de los casos

Pues bien, tras la encuesta, nos hemos dirigido a Relaciones Laborales para tratar sobre esta cuestión, negando sus representantes que en la empresa se den prolongaciones de jornada y que el horario del ERTE se cumple escrupulosamente, hecho que es inveraz como lo demuestran las múltiples sanciones incoadas por distintas Inspecciones de Trabajo de España contra Liberbank y BCCM, tras pescar in fraganti a muchos trabajadores trabajando por las tardes, o haciendo formación: el último un director de zona de BCCM pillado, tras señalar cínicamente al inspector que a él no le afectaba el horario del ERTE, por ser directivo. ¡Anda que no!. La infracción se ha computado como infracción muy grave.

Conviene recordar una vez más, que la inmensa mayoria de los trabajadores del Grupo Liberbank estamos percibiendo prestaciones por desempleo y cotizaciones sociales a cargo del Estado, y que estando vigente un ERE conteniendo medidas de reducciones de jornada/salario no es legal en modo alguno que los trabajadores prolonguemos fraudulentamente el horario reducido como ha comprobado la ITSS tras ser comunicado a cada uno de nosotros y a la propia autoridad laboral.

Y es que el abuso de la empresa es de tal calibre, que la propia Inspección de Trabajo ha incoado muchas actas de infracción contra el banco por violación de lo dispuesto en el articulo 20 de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS); es decir, “ por dar ocupación a los trabajadores afectados por la suspensión de contratos o reducción de jornada, en periodo de aplicación de las medidas de suspensión de contratos o en el horario de reducción de jornada comunicado a la autoridad laboral o a la entidad gestora de las prestaciones por desempleo”. La LISOS es del año 2000, pero parece que ya estaba pensada para Liberbank.

Pues bien, ha llegado la hora de que Liberbank retire a la mayor urgencia el ERTE salvaje que padecemos, máxime cuando tras devolver los “cocos” el banco ha anunciado el reparto de dividendos, hecho que no tiene encaje legal, ni moral, ni ético, toda vez que quienes estariamos corriendo con el pago de dividendos a los accionistas, seriamos los trabajadores, los clientes afectados por los hibridos y los constribuyentes de España.

CSICA no va a tolerar este escándalo por más tiempo, por lo que vamos a emprender un conjunto de acciones desde distintos frentes con el fin de impedir este incalificable atropello que no tiene parangón entre las entidades del sector ni dentro de los paises desarrollados de Europa.






viernes, 20 de febrero de 2015

EL COLMO DE LOS COLMOS

¡CCOO: ANTE EL COLMO DE LOS COLMOS!

QUIENES FIRMARON DOS ERES SALVAJES EN LIBERBANK NO PUEDEN PEDIR AHORA QUE LA EMPRESA LOS RETIRE

“Manda narices” que quienes han sido cómplices de la patronal firmando dos infaustos y vergonzosos ERTE's en 2013, violando incluso derechos fundamentales del resto de sindicatos, vengan ahora a decir que la empresa retire el ERTE, antes de pagar dividendos.

“Manda huevos” que critiquen diciendo “que los trabajadores estamos compensando parte de nuestra reducción salarial con unas prestaciones de desempleo pagadas por todos, lo que supone en definitiva que el dinero que toda la sociedad paga para fortalecer una entidad se pretenda desviar a manos privadas en forma de dividendos, algo absolutamente inmoral”, porque con su firma han permitido tamaña tropelía, siendo condenados por la Audiencia Nacional el 14-11-13 a compensar al resto sindicatos de forma solidaria por los daños infligidos.

“Manda castañas” que digan ahora “que es un insulto para la plantilla porque nos encontramos inmersos en una reducción salarial por un ERTE (se les olvidó decir firmado por ellos) y si estamos realizando este esfuerzo (por culpa de ellos) es para fortalecer el balance del banco (se les olvido decir a costa de nuestros hijos), no para que los inversores privados cobren un dividendo (ja, ja, ja…)

“Manda dureza facial” que digan que es “un insulto para la sociedad porque recordamos que, a su costa, esta entidad ha recibido importantes ayudas…”, olvidando decir,(¿sufren amnesia?) que parte de dichas ayudas las pagan los contribuyentes, tras las firmas de dos incalificables acuerdos laborales suscritos por ellos, el 25-06-13, y el 27-12-13…


Y finalmente, “manda atrevimiento” que, tras los datos publicados recientemente por diario El País, quieran seguir tomando el pelo a la plantilla criticando algo de lo que son colaboradores necesarios con la patronal, tal y como CSICA ha denunciado hasta la saciedad, porque jamás hemos comprendido el interés exacerbado en firmar dos acuerdos laborales tan salvajes, injustos y desequilibrados como los que ellos han firmado en Liberbank hasta junio de 2017.

jueves, 19 de febrero de 2015

ESPERANDO AL SUPREMO

EL SUPREMO SE VA A PRONUNCIAR EN BREVE 
SOBRE EL ERTE ANULADO 247/13 

Todos los trabajadores estamos expectantes, y creemos que la patronal aún más, con relación al inminente fallo del Tribunal Supremo tras el recurso de casación presentado por Liberbank contra la sentencia de la Audiencia Nacional de 14/11/2013 que, como sabéis, anuló íntegramente el lamentable acuerdo laboral suscrito por CCOO y UGT en la madrugada del 25 de junio de 2013. Nuestros servicios jurídicos nos han informado de que la Sala de lo Social del TS, ha designado ya a la magistrado ponente y que ésta ha dado traslado de los autos al Ministerio Fiscal para que emita informe, que esperamos lo sea en la misma línea que ha seguido el Ministerio Fiscal de la Audiencia Nacional, tras oponerse rotundamente a las pretensiones de Liberbank. 

Tan pronto como sepamos el día en que el Tribunal Supremo se reunirá para la deliberación y el fallo, lo daremos a conocer. Mientras tanto, toca esperar y tener calma.

martes, 17 de febrero de 2015

BENEFICIOS PARA EL ACCIONISTA, SUFRIMIENTO PARA LOS TRABAJADORES

LIBERBANK QUINTUPLICA EL   BENEFICIO EN 2014
MIENTRAS TANTO, LOS TRABAJADORES PADECEMOS UN  SALVAJE ERTE QUE ES PRECISO RETIRAR  YA

Liberbank ha publicado los resultados correspondientes a 2014, obteniendo un beneficio de 117 millones de €, ¡500% más que respecto a 2013!, después de haber realizado saneamientos por importe de 350 millones de €. De entre los datos, destacamos que el margen de intereses creció un 13,5%, lo que constituye una estupenda noticia dado que este ratio mide la rentabilidad de nuestro negocio. Por otra parte, los gastos de personal se recortaron un 4,8% respecto a 2013, lo que demuestra que la Dirección está estrujando a los trabajadores cada año un poco más, gracias al ERTE vigente y a las bajas que está provocando continuamente; o dicho de otra manera: el ahorro proviene de los trabajadores y del Estado, lo que es inadmisible en un estado de derecho.

CSICA una vez más, viene a repetir lo que ya dijo en la Mesa de Negociación y ante la Audiencia Nacional, es decir, que Menéndez tiene dos boinas sobre su testa, o dos varas de medir; pues mientras de cara al exterior sigue sacando pecho resaltando la bonanza de la entidad, internamente, sigue maltratando a los trabajadores al aplicarnos las medidas más duras y salvajes del sector.

Frente a las cifras que presenta Liberbank, no podemos callar, ni silenciar, el oprobio que significa que una entidad cotizada en bolsa, como Liberbank, con una solvencia por encima de la media, y con unos ratios de liquidez y de morosidad mejores que los de sus competidores, mantenga vigente un ERTE bestial a sus trabajadores nada menos que hasta junio de 2017.

Es inadmisible en un estado democrático, social y de derecho como España, perteneciente a la Unión Europea, que un banco como Liberbank siga aún “chupando” recursos del erario público: primero, tras el plan de saneamiento (SAREB y cocos); y en estos momentos, merced a las medidas de reducción de jornada/salario aplicadas a la plantilla, lo que nos ha llevado a los trabajadores a desfilar hacia las oficinas del SEPE y del INEM, para solicitar el cobro del paro y el pago de las cotizaciones sociales.

Esta pésima praxis de Liberbank, supone un  atentado contra los derechos de los trabajadores y del Estado, dado que el coste que el banco se ahorra en sueldos y cotizaciones desde 2013, lo estamos pagando los empleados y el conjunto de los contribuyentes. Este hecho supone además, atentar contra las reglas de libre competencia instauradas en la UE, hecho que no se puede prolongar por más tiempo.

Pero siendo grave lo expuesto en una entidad cotizada y en beneficios, no es lo más grave. CSICA ha denunciado ante la Inspección de Trabajo el aumento salvaje del absentismo en la entidad, al duplicar la media del sector, lo que ha conllevado que ésta incoe acta de infracción por no evaluar los riesgos psicosociales. Y lo que es peor aún, en Liberbank se prolonga la jornada sistemáticamente en centros y en casa (teletrabajo), hecho que vamos a perseguir con ahínco, dado que no es moral, ni legal,  ni ético.  


CSICA reclama a Liberbank desde este momento que renuncie al ERTE  vigente y reponga a los trabajadores en nuestras condiciones anteriores. En caso de que siga la cerril cerrazón y la política de terror imperante, nos vamos a dirigir a Ministerio de Trabajo y al resto de reguladores, denunciando las 2 boinas de Menéndez y su doble y maniqueo discurso,  que no se puede admitir en la Unión Europea por más tiempo.

martes, 3 de febrero de 2015

Equipos de sustituciones

EQUIPO DE SUSTITUCIONES
SUPRESIÓN UNILATERAL DE DIETAS POR LIBERBANK

Tras tener conocimiento de la decisión que ha adoptado la empresa recientemente de no abonar a los integrantes de los equipos de sustituciones medias dietas, ponemos en conocimiento de nuestros afiliados y trabajadores en general lo siguiente:

1.- El Convenio Colectivo Sectorial es meridiano al respecto, pues dispone en su art. 96 que en las llamadas “comisiones de servicio”, se devengará media dieta cuando el viaje comprenda o afecte a una comida principal.

2.- Esta materia goza de vigencia plena, sin que los firmantes del Acuerdo del ERTE de 27 D se hayan descolgado expresamente.

3.- Sobre idéntica cuestión, CSICA obtuvo sentencia favorable tras la reclamación presentada por una afiliada traslada en comisión de servicio: primero, en el Juzgado de lo Social nº 2 de Cáceres, y posteriormente reafirmada por el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJE) tras presentar la empresa recurso de suplicación.

4.- Por todo ello, la empresa carece de legitimidad para imponer unilateralmente su criterio en esta cuestión, por cuyo motivo vamos a mantener contacto inmediato con RRHH para que cambie de criterio; y en el caso de que no obtengamos respuesta favorable,  iniciaremos las acciones pertinentes, poniendo nuestra asesoría jurídica a disposición de quien la necesite desde este instante.


Seguiremos informando…

lunes, 2 de febrero de 2015

Evaluación del desempeño




Hemos sabido por la Intranet que Liberbank se ha embarcado en un proceso de evaluación del desempeño que tiene absolutamente alarmado a todo el mundo y también a CSICA. Los dirigentes de recursos humanos de LBK debían saber que en el catón de la gestión de plantillas resulta imprescindible alinear cultura empresarial y estrategia organizativa antes de lanzarse a aplicar herramientas de forma errática, algo muy propio de este equipo directivo que blande sus armas los viernes a última hora. Con estos antecedentes y un clima laboral absolutamente alterado, como ya tuvimos ocasión de demostrar en CSICA con un informe riguroso el pasado verano, aplicar una evaluación del desempeño es como ponerse una corbata llevando los zapatos rotos.

¿Y qué es la evaluación del desempeño?. Pues lo que quiera el empresario. Como casi todas las cosas de la vida ninguna es intrínsecamente buena o mala y la evaluación esta tampoco, resultando determinante de su éxito o fracaso las intenciones que albergue quien la implanta.  Esta herramienta nació teóricamente en un ambiente de gestión de recursos humanos —donde no hay personas, sólo empleados— como instrumento de motivación, realmente de lo que se llamó desarrollo del factor humano, incremento y adecuación competencial en una época en que se comenzaba a hablar del capital humano. Los responsables de recursos humanos —que en LBK gestionan empleados no personas—, acogieron la evaluación del desempeño como la panacea pero en la profesión se dice que nadie conoce una sola empresa donde haya funcionado.

La explicación que dan es que sirve para motivar al factor humano, incrementar sus competencias, etc. pero la realidad es que se trata de una forma de segmentación cuando se pone en manos no adecuadas, y en Liberbank ya sabemos cómo es la calidad de la gestión de personas.

Es mucho más que probable que servirá para segmentar a la plantilla en 3 grupos; los “buenos”, los “normales” y los “malos” y no como una cuestión finalista en sí misma, como quieren hacernos creer, sino para algo que siempre se oculta y que es para adoptar decisiones con los buenos (premiar), con los normales (animar a que sean buenos aunque sólo el 16% puede conseguirlo) y con los malos (despedir o enviar a los dispensarios médicos).  Para ello se utiliza una herramienta oculta en todos los casos que se llama “campana de gauss”, la conocida curva “normal” de origen estadístico mediante la cual se fuerza el encasillamiento de todos y cada uno de nosotros que deberemos estar entre el 16 por ciento de los malos, el 16 por ciento de los buenos o el 68 por ciento de los normales.

Lo que aquí se llaman evaluadores, los jefes, tienen una papeleta difícil porque aplicar la curva normal en una muestra pequeña —pocos centros tienen más de 10 evaluados— les obliga a encasillar a los suyos en cada uno de estos grupos lo cual es estadísticamente imposible porque la distribución “normal” de una muestra, teoría central del límite, sólo es posible con muestras estadísticas grandes como el conjunto de la plantilla. Cuando el “supervisor” (que esta es su función) observa que la evaluación que le entrega el evaluador no responde a esta distribución le “forzará” (por eso se llama ranking forzado) a encasillar a los suyos en los 3 grupos citados con lo cual estaremos ante una evaluación absolutamente subjetiva y forzada en que el mando de recursos humanos tendrá su “normal” constituida a base de mentiras, lejos de la objetividad que predican en sus cursos.




Y es que la evaluación del desempeño necesita de numerosos condicionantes para que sirva para el objetivo que fue creada, el desarrollo del factor humano como hemos dicho, en lugar de una forma de segmentación, de desmotivación e incluso de humillación cuando los trabajadores se dan cuenta de que realmente a lo que le aboca el ranking forzado es a competir con el que tiene al lado para poder estar en el 16% de los buenos.

Es por ello que lo que iba a ser la panacea de los recursos humanos (corbata) se queda en lo que realmente es (zapatos rotos), y lo que realmente es aún peor, un potente estresor que vendrá a incrementar las bajas por motivos psicológicos, que parece ser que es lo pretendido.

Los teóricos de la evaluación del desempeño dicen que para poner en marcha esta herramienta en una organización deberían:

¾   Desechar la “campana de gauss” (forced ranking)
¾   Quitar a los jefes la capa de evaluadores y ponerles la de líderes.
¾   Aplicar la herramienta en un clima laboral de normalidad.
¾   Voluntad de que sirva al desarrollo de personas y no para lo que todos pensamos.
¾   Participación de los afectados en el diseño y aplicación de la herramienta.
¾   Transparencia e información para evitar la desconfianza.

Si lo realmente pretendido fuera la ortodoxia del desarrollo de las personas, el empresario no habría tenido inconveniente en haber hecho partícipes a los representantes de los trabajadores. Pero ni palabra. Pero si esto no fuera así —y de este empresario perseguidor de trabajadores no cabe pensar otra cosa— la evaluación del desempeño se convertirá en una forma de discriminación, de arbitrariedad en manos de “evaluadores” que no tienen conocimiento de gestión de personas, ausencia generalizada de liderazgo porque nadie les ha formado para ello, y que en muchos casos, armados sólo de su propia subjetividad, puntuarán negativamente a quien reclama sus derechos, a quien no trabaja por la tarde, a quien pretende formarse en horario laboral o a quien represente un peligro inminente para su estatus por estar entre el 16% de los buenos, que de todo habrá.

Estos mismos profesionales de la cosa, que saben que esto del desempeño no ha funcionado nunca, aducen ante sus jefes —que saben todavía menos que ellos de este asunto— que es la única herramienta de la que disponen, lo cual es absolutamente mentira. La moderna gestión corporativa se apoya hace unos 10 o 12 años en regresar a la personas. Los empleados son personas y el desarrollo competencial es para empleados. La oportunidad es desarrollar a personas que sienten, que se relacionan, que están deseando normalmente dar lo mejor de sí mismos si están adecuadamente dirigidos, motivados y organizados por un líder y no por un jefe con capa de evaluador subjetivo.

Estas nuevas tendencias adoptadas por las mayores multinacionales del mundo (es conocido que Microsoft se metió en una crisis profunda por usar la “campana de gauss” en la evaluación del desempeño) que han escarmentado del forced ranking, se basan actualmente en herramientas como el coaching y la gestión del liderazgo, y en general en lo que se conoce en las escuelas de negocios (Esade y Deusto) como “gestión por confianza” donde el miedo y el control están siendo sustituidos por la confianza y el compromiso. (Pr. Gasalla Dapena).


CSICA debe rechazar, por todo lo dicho, la implantación de esta herramienta entre una plantilla a la que se persigue y se ignora, donde la única herramienta que se ha implantado con éxito es el miedo y que está percibiendo la evaluación del desempeño como una amenaza, nunca como una oportunidad.