LIBERBANK ANUNCIA QUE HABRÁ “BAJAS VOLUNTARIAS INCENTIVADAS”, SIN
CONCRETAR
PARA
CSICA, LA FÓRMULA
ELEGIDA ES LA
PEOR DE LAS POSIBLES
Lo que era un rumor
a voces, se convirtió ayer por la tarde en noticia, al haberse filtrado a la
prensa que el consejo de administración
de Liberbank ha acordado que se acometa a partir de septiembre, un plan de
prejubilaciones para 615 trabajadores:
- Nacidos en 1956 o antes, con
salida el 31-12-2015.
- Nacidos en 1957, con salida el
31-12-2016.
- Nacidos en 1958, con salida el
30-06-2017.
Por razones
organizativas la empresa podría alterar el orden de salida, y se podrían
incorporar otros trabajadores en el caso de que no se cumpla el cupo total.
La prensa ha publicado que este plan, supondrá un coste
aproximado para la entidad de unos 111 millones de euros
que se financiaría mediante plusvalías por inversiones en renta fija, sin
impacto en la cuenta de resultados, estando
el asunto ya provisionado en el trimestre cerrado ayer. Ello equivaldría a un
coste medio/trabajador de 180.000 €, lo que es paupérrimo si lo comparamos con
otros procesos recientemente acometidos en el sector.
Coincidiendo con
esta filtración, recibimos una llamada
del jefe de Relaciones Laborales anunciándonos la noticia en los mismos
términos y de forma muy escueta nos manifestó, sin apenas concreción, que
el banco ha decidido acometer este proceso mediante lo que se denomina “bajas
voluntarias incentivadas”, a negociar directamente con los afectados, lo que
excluiría la intervención directa de los Sindicatos, hecho que es de dudosa
legalidad y además no entraña garantías suficientes para los afectados.
Liberbank, encuadrada dentro de lo se
conoce en el argot financiero como los "7 enanitos", está siendo muy
presionada tanto por los reguladores como por los inminentes fallos del
Tribunal Supremo en el caso de que les sean desfavorables de cara a futuros
movimientos de integración, hechos que en opinión de CSICA han impulsado a
nuestra patronal a mover ficha de forma inmediata de cara a posicionarse ante
los mismos, adoptando, ahora ya sí, medidas de carácter estructural, tal y como
CSICA se hartó de reclamar en solitario en su día conocedores de que Liberbank
tenía un problema estructural dado el tamaño de su balance.
Conviene hacer
memoria y retrotraernos a las últimas Mesas de Negociación Laboral, en las que
Liberbank expuso a los Sindicatos que en el Plan de Viabilidad de la entidad
expuesto al MOU se contemplaba unas reducción de costes en el equivalente a 666
FTE,s, pero tras la firma de los
sucesivos acuerdos laborales por CCOO, UGT, y CSIF (después), dichos ahorros
han sido de más del doble, lo que ha supuesto un sacrificio innecesario y
salvaje para los trabajadores, si se hubiesen hecho las cosas bien desde un
principio.
Estando ahora la
fruta madura, (los trabajadores de más edad están desafectados, desmotivados, y
hartos de todo), el banco quiere ofrecerles un "plan de
prejubilaciones" mediante la figura de lo que se conocen como bajas incentivadas,
que en términos jurídicos equivalen a la extinción del contrato por mutuo
acuerdo de las partes, de lo que se deriva que no ha lugar a la percepción de
desempleo, ni rigen las exenciones fiscales como en el caso de un despido
colectivo pactado en un ERE, al ser los trabajadores los que rompen su relación
laboral de forma voluntaria, en cuyo caso no rigen las ventajas expuestas.
Para CSICA, se trata de una nueva maniobra
de nuestra avara patronal de cara a que estas desvinculaciones sean las más
baratas jamás vistas en el sector y sin las garantías mínimas exigidas, como
así apunta el coste anunciado, lo que nos
impulsa a realizar las siguientes reflexiones:
1.- Entendemos que el plan propuesto,
reviste carácter de un ERE encubierto extintivo de carácter colectivo estando
vigente un ERTE hasta junio 2017, al afectar a más de 600 trabajadores,
hecho que analizaremos en detalle con nuestra asesoría jurídica, de cara a la
interposición de posibles acciones de carácter colectivo ante la Audiencia Nacional.
2.- Las bajas voluntarias, son "auto
despidos" de cada trabajador a negociar de modo individual con la
peligrosa dirección de Recursos Humanos de Liberbank, lo que encierra un
riesgo muy grande para los afectados a la vez que posibles abusos y
discriminaciones en función del perfil del empleado.
3.- Las “bajas incentivadas voluntarias”,
no otorgan derecho de desempleo ni contemplan exenciones fiscales ante
Hacienda (tras la reforma del IRPF ahora están exentos los primeros 180.000 €),
en cuyo caso las cantidades ofrecidas por la empresa tributarían de modo
íntegro.
4.- No hay que olvidarse de otros
importantes capítulos como es el pago de las cotizaciones sociales a la Seguridad Social
(¿por quien?, ¿cómo?, ¿de qué forma?, ¿por cuanto tiempo?); ¿qué pasará con las
aportaciones a los planes de empleo?; ¿como salvaguardar y garantizar
situaciones imprevistas ante hipotéticos cambios normativos?; ¿qué pasará con
los préstamos en vigor?; ¿habrá revisiones de IPC?; ¿cuál será la fórmula de
cobro?, y un largo etc.
Como conclusión, tenemos que
manifestar que CSICA valora de modo muy
negativo este Plan anunciado, a la espera de que se concreten los términos
del mismo, recomendando a los posibles afectados que mantengan la calma hasta
tanto en cuanto se conozca su contenido, al tiempo de que nos reservamos el
ejercicio de las acciones que correspondan, con el fin de salvaguardar y
proteger los legítimos intereses de los trabajadores afectados.
En la vista de los 2 Eres, no se podría argumentar esta propuesta de la Empresa como causa de nulidad de los Eres, ya que las cantidades al proponer nuevas medidas estando en vigor hasta Junio de 2017 y plantear indemnizaciones de una cuantía importante por una empresa que alegó dificultades económicas. Debéis denunciar para que no sean negociaciones individuales al afectar a una parte importante de la plantilla y para que todos sepan las condiciones ofertadas y no haya discriminación de ninguna forma, en las cuantías.
ResponderEliminarComo sería la fiscalidad de las cantidades que se percibieran por Bajas Voluntarias Incentivadas, tendrían que tributar la totalidad, ya que no es un despido improcedente? No quedaría desempleo? Por favor aclarar para que todo el mundo sepa lo que se juega.
ResponderEliminarLa extinción voluntaria de la relación laboral supone que las cantidades percibidas son renta a efectos del IRPF y que no se tiene derecho a la percepción de la prestación por desempleo.
EliminarEspero que vuestra asesoría OS responda rápidamente y pongáis la correspondiente denuncia a este sin sentido de empresa que tenemos
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