EFECTOS
DEL ACUERDO DEL 27D
Alguno de los Sindicatos firmantes, han informado que con el
Acuerdo del 27 D “todos los colectivos mejoran”, hecho que es sencillamente una
burda mentira como CSICA ha demostrado e informado ayer, tras analizar
escrupulosamente el impacto de las medidas en función de los porcentajes de
reducción de jornada aplicados en los distintos territorios.
Por otra parte, de la atenta lectura del Acuerdo del 27 D por
ningún lado aparece la cláusula que garantice que nadie saldría perjudicado, lo
que implica una vez más que los asesores de la empresa se han llevado al huerto
a los firmantes de la parte social.
Tan sólo, dentro del Capítulo I “Suspensiones de Contrato y Reducciones
de Jornada”, Apartado B) “Reducción de Jornada a aplicar a 1.250 trabajadores en
un 30%”, se contiene que esta reducción de jornada no podrá aplicarse por
decisión de la empresa a ningún trabajador que en virtud de las medidas
aplicadas el 14J y el 25J, tuviera una reducción de jornada inferior al 30%.
Es decir, nadie afectado por la reducción general de jornada antes
aplicada (10,04%, 10,97%, 11,34%, y 13,56%) puede sufrir una reducción del 30%,
pero sí del 18%, lo que supone empeorar.
Por otra parte, aunque el Acuerdo contempla que quienes ganen
menos de 30.000 € tendrán la reducción de jornada/salario de su entidad de
procedencia, esto no se está cumpliendo, pues centenares de ellos han pasado a
sufrir una reducción de jornada del 18%, lo que supone empeorar. ¡A muchos de
ellos, Recursos Humanos les ha dicho que como están en vía de consolidación de
nuevo nivel, cuando lo obtengan compensarán la pérdida!
Por todo ello, los Sindicatos firmantes en modo alguno pueden
decir que nadie empeoraría sus condiciones, porque es sencillamente falso de
toda falsedad, pues empeoran nada menos que el 23,45 % de la plantilla.
Ahora no vale que los firmantes del Acuerdo esgriman que han sido
de nuevo engañados por la patronal y sus asesores jurídicos, como dijeron tras
la firma del Acuerdo del 25J, porque sencillamente incurrirían en un ridículo
mayúsculo y en el mayor de los descréditos.
¡Como colofón, podemos
decir que 1.220 trabajadores han empeorado sus condiciones!
¿Nadie va a decir nada? No salen por ningún lado las cuentas. Con una reducción de sueldo del 30% (que en realidad es mas), tenemos una reducción de horas-días de aproximadamente el 22%. Con lo que estamos regalando tiempo de trabajo a la empresa. No solo los del 30%, sino los del 18% también, y seguramente los demás. Insisto. ¿Nadie va a decir nada?
ResponderEliminarBueno; no hay problemas, en Cantabria uno de los representantes de CCOO ha intentado justificar el incremento porcentual de perjudicados diciendo que los sueldos en Caja Cantabria eran más altos. Osea todo un sindicalista de clase que, en el caso de que fuera verdad que no lo es, en vez de tratar de igualar a todos por arriba los pretende igualar por abajo.
ResponderEliminarLo dicho todo un sindicalista de clase como para que negocie un convenio colectivo
QUIEN TENDRA QUE DECIR ALGO SON LOS SINDICATOS FIRMANTES, YO CREO QUE CSICA LIBERBANK NO FIRMO Y DEJO CLARA SU POSTURA DESDE EL PRINCIPIO.....
ResponderEliminarY Los trasladados a parti de 25 junio k? Donde nós aplicam Nueva reduccion???? Estamos olvidados...
ResponderEliminarY si la empresa fija mal los horarios de reducción??
ResponderEliminarEs decir me reducen el 10% de sueldo pero de horario no llega al 5%; o me reducen el 18% de sueldo pero de horario es solo algo más del 10%.
¿Lo vais a denunciar vosotros o tiene que ser cada trabajador de forma individual?
¿Desde el día que se recibe la documentación cuál es el plazo para denunciar si lo hay que hacer individualmente?
El plazo para reclamar cualquier modificacón sustancial de las condiciones de trabajo son 20 días hábiles desde la notificación. Estamos recogiendo datos concretos de diferentes tipos de medidas. Si detectasemos que el perjuicio en el cálculo fuese masivo, si nos plantearemos una reclamación colectiva.
Eliminar¿Cómo puede ser que en mi situación anterior al 50% yo estuviese 96 días sin trabajar al año y ahora que estoy al 30% esté 46 días?. Si me comparo con mi situación al 50% y por una simple regla de tres yo tendría que estar de ERTE 58 días al año y si me comparo con los que están con reducción del 18% (16 días de ERTE al año) y por una simple regla de tres, yo tendría que estar en casa 27 días. ¿esto está bien calculado?
ResponderEliminarEstamos revisando los cálculos de jornada efectiva anual en varios tipos de descuentos y de distintas entidades de procedencia. Publicaremos nuestras conclusiones. Si quieres consultar tu caso particular, por favor, dirígete a cualqueira de nuestras Territoriales.
EliminarESTAMOS CONVIRTIENDO LOS COMENTARIOS EN UN CONSULTORIO DE TEMAS PARTICULARES DE CADA UNO. YO CREO QUE LOS SINDICATOS TIENEN SUS CORREOS PARA ACLARAR A SUS AFILIADOS LAS DUDAS DE CADA UNO. POR FAVOR, HACER COMENTARIOS DEL TEMA EN CUESTION NO DE TU TEMA....!!!
ResponderEliminarParece ser que no coincide el salario rebajado con la reducción de jornada ¿habría manera de que nos informaseis en qué proporción afecta a cada territorio y qué debemos hacer?
ResponderEliminarNo sabemos todavía si se va a demandar el ERTE, está difícil después de la traición de Csif pero parece que algunos sí van a denunciar..¿?
En mis visitas por los diferentes foros he observado que en varias ocasiones se ha solicitado que se informe sobre la afectación de las medidas a los representantes de los trabajadores, sobre todo a los que han firmado ¿no habría manera de que alguien nos dijese algo? a lo mejor es significativo.
Enhorabuena por haber sido coherentes con lo que proclamabais durante las negociaciones; otros, como Csif se les llenó la boca de reivindicaciones en su blog durante las negociaciones y a la hora de la verdad nos volvieron a traicionar, como sucedió con la firma del SIP poco antes de unas elecciones....VERGONZOSO en ambas ocasiones.
También han empeorado los directivos a los que ahora no se nos paga el convenio de la seguridad social.
ResponderEliminarNo se si lo habéis tenido en cuenta.