NUESTRA IMPUGNACIÓN DEL ERE
48/17 SE JUZGARÁ EN LA AUDIENCIA NACIONAL, EL 21 DE NOVIEMBRE PRÓXIMO
Tras la firma del acuerdo
laboral del 21 de junio constitutivo del ERE 48/17, que recordamos fue suscrito
por todos los sindicatos castellanos manchegos con el apoyo de STC e
Independientes de Oviedo, CSICA y otros sindicatos presentamos demanda de
conflicto colectivo ante la Audiencia Nacional (AN).
La AN, con fecha 07.09.17,
nos ha comunicado que el juicio se celebrará
el próximo día 21.11.17 a las 9,15 horas, sin que esperemos que la
empresa se avenga a conciliar nada con carácter previo a la celebración del
juicio, dados sus antecedentes al respecto.
Como en su día informamos,
CSICA presento demanda de conflicto colectivo contra Liberbank en el pasado mes
de julio por entender que había presentado en la Mesa de Negociación datos
económicos del ejercicio 2016 diametralmente opuestos a los presentados por la
empresa en el Registro Mercantil, Banco de España, y CNMV, hecho que en nuestra
opinión reviste máxima gravedad, dado que en 2016 las citadas cuentas oficiales
del banco arrojaron beneficios.
No existiendo causas
económicas, para CSICA tampoco existen causas organizativas, dado que el plan
de reestructuración expuesto igualmente en la Mesa como causa del ERE, es el
mismo que Liberbank adujo en 2016 para acometer el plan de excedencias pactadas
compensadas, que se está aplicando desde entonces y hasta marzo de 2018.
Existiendo, en nuestra
opinión, fraude, dolo y abuso de derecho cometido por parte de Liberbank
durante la negociación desarrollada en el pasado mes de junio, presentamos la
demanda de conflicto colectivo que se sustanciará, como hemos dicho, el
21.11.17 en la Audiencia Nacional. Como prueba, presentaremos informe económico
en el que trataremos de demostrar que Liberbank no puede tener doble
contabilidad (la oficial y la apócrifa), con el ánimo de que la justicia tumbe
una vez más un ERE abusivo, injusto y no ajustado a derecho.
COMUNICACIONES DEL SEPE
El Servicio Público de Empleo
Estatal (SEPE) está enviando cartas a los trabajadores de LIBERBANK abriendo
expedientes de revocación de prestaciones de desempleo.
Curiosamente, cada Dirección
Provincial parece que está aplicando la normativa de forma distinta. Mientras
algunas (Cáceres, por ejemplo) se limitan a comunicar la apertura de expediente
anunciando que las cantidades indebidamente percibidas del año 2013, al existir
una Sentencia firme que anula el ERTE en virtud del que se pudieron percibir
las prestaciones de desempleo, se compensarán en el momento en que la empresa
reintegre a los trabajadores las cantidades indebidamente impagadas; otras
(como Asturias) además de esta misma compensación también aplican una baja
cautelar del cobro de la prestación de desempleo actual “en tanto se sustancia
el procedimiento”.
Es evidente que el trabajador, actual perceptor de prestación del SEPE por un ERE distinto (el que comienza el 1/7/2017) no puede resultar perjudicado por el retraso de los Tribunales o por la aplicación del propio procedimiento previsto legalmente, así que en opinión de CSICA aquellos a los que se les esté aplicando esta “baja cautelar” deberían presentar alegaciones en el término previsto de 10 días desde la recepción de la Comunicación del SEPE.
Los afiliados de CSICA
deberán ponerse en contacto con sus representantes territoriales a fin de que
se les redacte el documento de alegaciones.
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