martes, 1 de julio de 2014

EL TRIBUNAL SUPREMO (TS) ADMITE A TRÁMITE EL RECURSO DE CASACIÓN DE LIBERBANK CONTRA LA SENTENCIA DE 14 DE NOVIEMBRE DE LA AN


CON ELLO, EL TS DA MÁS “OXIGENO” A LIBERBANK

Después de 5 meses de espera, el Tribunal Supremo ha decidido admitir a trámite el recurso de casación interpuesto por Liberbank a finales de enero de este año, tras ser condenado por la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional  (AN) a reponer a los trabajadores en las condiciones anteriores a las medidas, declarando nulo el Acuerdo laboral de 25-06-13.
Recordamos que la sentencia de 14-11-13 de la AN, recoge como hechos probados que Liberbank y sus “brillantes  asesores” negociaron con los “sindicatos de clase” al margen del resto, en la noche previa al Acto de Conciliación a celebrar en el SIMA, con lo que así violaron el derecho a la libertad sindical en su vertiente de la negociación colectiva del resto de Sindicatos, motivo bastante y suficiente para declarar nulas las medidas.
En el caso de que el Tribunal Supremo no hubiese admitido a trámite el recurso de la empresa, hubiese supuesto un severo varapalo para Liberbank, para el bufete Sagardoy, para el sistema financiero español, y para el propio Banco de España; y en este sentido, conviene recordar una vez más, los llantos lastimeros que ha vertido reiteradamente en la Audiencia Nacional el asesor de Liberbank, haciendo saber a la Sala que en el caso de que nuestra demanda y del resto de sindicatos prosperase, se vendría abajo, no sólo nuestro banco,  sino el conjunto del sistema financiero español.
A CSICA no nos extraña la admisión a trámite del recurso de la empresa, porque en el fondo del asunto lo que subyace es, ni más ni menos, que la devolución de más de 65.000.000 de euros a las trabajadoras y trabajadores de Liberbank; y ya sabemos que los tentáculos del poder son alargados, abarcando todas las esferas de lo que siempre se ha conocido como “el sistema”, y últimamente “la casta”.
No nos queda más remedio que esperar estoicamente, hasta que el Supremo se pronuncie (más de un año), ratificando o anulando la sentencia de la Audiencia. Los argumentos de ésta son concluyentes como hemos dicho antes, y recordamos que el Ministerio Fiscal manifestó que se había producido violación de derechos fundamentales, habiéndose opuesto de modo rotundo al recurso de casación de la empresa.
Por ello, concluimos como empezamos: Los poderes del Estado, han concedido amplio tiempo de oxigeno a Liberbank para que, mientras sí mientras no, sea capaz de enderezar el errático rumbo de la nave. ¿Lo conseguirá?


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