viernes, 30 de agosto de 2013

REDUCCIONES DE JORNADA DUPLICADAS





REDUCCIONES DE JORNADA PREVIAS A LAS REDUCCIONES DE JORNADA DERIVADAS DEL ERTE

Según el articulo 37.5 del ET, los trabajadores tienen un derecho individual (hombres y mujeres) para reducir su  jornada laboral entre 1/8 y ½ derivado de razones de guarda legal para atender al cuidado directo de algún familiar (menor de 8 años o  discapacitado que no ejerza actividad retribuida), con una reducción proporcional de salario en igual porcentaje. La concreción horaria corresponde al trabajador, aunque se puede pactar con la empresa.

Como sabemos, el ERTE en vigor en Liberbank contempla, entre otras múltiples medidas de ajuste salarial, varios tipos de reducción de jornada que llevan implícitas la correspondiente reducción salarial: la general, la del 30%, y la del 50%.

El problema que se suscita es si estas reducciones de jornadas sobrevenidas de Liberbank se pueden aplicar también a aquellos trabajadores que ya estaban con reducción de jornada en función de lo dispuesto en el artículo 37.5 del ET.

CSICA entiende que no, porque entraría en colisión los derechos individuales de los trabajadores acogidos a ésta medida para cuidar a familiares necesitados de ello con los propios de la empresa; y al ser los anteriores primeros en el tiempo tienen preferencia en su derecho con respecto a la empresa, por lo que ésta no les puede imponer una nueva reducción de jornada sobrevenida con respecto a la que ya venían disfrutando porque, como hemos expuesto, la concreción horaria derivada de la reducción de jornada para el cuidado de familiares corresponde al trabajador, teniendo rango preferente a la necesidad sobrevenida de la empresa.

Por todo ello, animamos a quienes estéis afectado por la nueva reducción de jornada, que lo pongáis en conocimiento de CSICA, para denunciarlo ante la inspección de trabajo y estudiemos, además, otras acciones.

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