Reunión Mesa
de Negociación
(25/5/2016)
En
la reunión de ayer la empresa ha vuelto a cambiar su oferta inicial de bajas
incentivadas a los nacidos en los años 59 y 60, que más tarde (23/5) amplió a
los del año 61 para finalmente ayer incluir también a los nacidos en el año 62
(133 más). La oferta se extiende ahora a un colectivo potencial de 680
trabajadores que podrían dejar de prestar servicios mediante una nueva fórmula
que en lo económico es “equivalente” al Plan de Bajas incentivadas de 2015,
según se nos dijo.
No
cabria en este caso hablar de bajas porque la fórmula elegida sería, al amparo
del art. 46.6 ET (excedencias pactadas colectivamente), que el trabajador deja
de prestar sus servicios al banco teniendo suspendida su relación laboral (y no
extinguida), suspensión que tendrá una duración de un año y que habrá que
renovar anualmente.. Se nos ha insistido que el objetivo será dificultar,
mediante las oportunas cláusulas del acuerdo y del contrato, tanto que el
trabajador intente regresar como que la empresa intente que regrese por lo que
esta negociación avanza hacia que esta excedencia, renovada anualmente por
motivos de dotación contable, tenga carácter de permanencia, carácter
definitivo hasta que el trabajador cumpla la edad de 63 años.
CSICA ha valorado en la reunión
de ayer positivamente el cambio de talante del empresario que ha accedido a que
el 70% de ese excedente (que continúa sin acreditar con datos), deje de prestar
sus servicios mediante una fórmula que si no puede ser calificada como ideal sí
se acerca a las prácticas del sector así como al Plan de Bajas de 2015 que tuvo
una importante aceptación (485 de 615).
Y
esta es la razón por la que CSICA ha mostrado su disposición a llegar a
acuerdos, aunque su portavoz ha hecho mucho hincapié en que se haga extensiva
esta oferta a los 130 trabajadores que decidieron voluntariamente no acogerse
al Plan de Bajas de 2015 por distintas razones. Tres son las razones de nuestra
insistencia: la primera que se trata de un colectivo para el que el Banco ya
tenía la dotación presupuestaria efectuada, la segunda que ese Plan de Bajas se
puso en marcha sin negociación alguna y por ello fue anulado por la Audiencia
Nacional, y en tercer lugar porque ningún sentido tiene que se marchen
trabajadores de 54 años (si se fueran hoy) y se queden los de 60 años.
Hemos
preguntado también por el otro colectivo, los nacidos en el año 63 y
siguientes, porque la oferta económica de desvinculación (esto sí sería una
extinción de la relación laboral) resulta totalmente rechazable porque como ya
hemos dicho sus condiciones económicas se sitúan por debajo de las del despido
procedente de la reforma laboral y la respuesta del empresario ha sido que no
piensan variar las condiciones ofertadas habida cuenta de la voluntariedad de
su aceptación.
La
empresa se ha comprometido a remitirnos un borrador escrito del acuerdo en el que podamos ver cuál será la letra
pequeña, al mismo tiempo que nos convoca a una reunión para el día 1/6.
Entretanto, de nuevo en la reunión de ayer, volvimos a manifestar al empresario
que la Mesa de negociación no se ha constituido conforme a la legalidad, razón
por la cual CSICA se reserva, en el supuesto de que el acuerdo no tenga acogida
unánime en la bancada social, la impugnación de la misma.
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