Firmado Acuerdo con LIBERBANK
CSICA firmó ayer en Madrid un Acuerdo con
LIBERBANK mediante el cual el empresario se propone reducir la plantilla en 979
trabajadores. Sacar de la organización a un colectivo tan importante puede
hacerse de muchas maneras y LIBERBANK ya anunció el primer día que habría “medidas
más traumáticas” si no se alcanzaban acuerdos. En CSICA convocamos Asambleas de
trabajadores en Asturias, Cantabria y Extremadura para escucharos y vimos que
la principal preocupación era el fantasma de las medidas traumáticas. La
palabra despido actuaba como espada de Damocles para todos. Y no sólo esto,
sino los traslados que esta empresa maneja como nadie cuando quiere que pidas
la cuenta.
El principal objetivo, pues, era “ensanchar” la oferta que la empresa había hecho el primer día de desvinculaciones mediante bajas incentivadas que apenas abarcaba a unos 395 afectados (nacidos en los años 1959 y 1960). NO obstante CSICA mantuvo —y no hemos renunciado a ello firmando el Acuerdo—, que el empresario no había acreditado en ningún momento las causas de este despido masivo (llámese como se quiera al instrumento utilizado para ello).
Tampoco queríamos que los trabajadores de LIBERBANK SA se vieran afectados por un Acuerdo que la parte sindical podría firmar sin tener la representación suficiente en sus Comités de empresa, aunque sí en el Grupo empresarial conjuntamente considerado. Advertimos que si se alcanzaba un Acuerdo sin ese respaldo, CSICA impugnaría la constitución de la Mesa negociadora ya que sosteníamos, y lo seguimos haciendo, que BCCM + LIBERBANK no es un grupo empresarial a efectos laborales por faltarle algunas condiciones que la jurisprudencia ha considerado esenciales.
Combatimos también desde el primer día con sólidos argumentos jurídicos que dejar fuera de este Acuerdo a los 130 trabajadores que habían rehusado adherirse en 2015 al Plan de bajas incentivadas no era otra cosa que una discriminación por razón de la edad, vetada legalmente.
Nuestra preocupación estuvo centrada durante la negociación en conjugar de la mejor manera posible los siguientes aspectos:
¾
la voluntariedad (cualquier cosa que
se acordara debía ser voluntaria, nunca impuesta),
¾
que el grupo inicial de 1959 y 1960 se
ampliara con el objetivo de dejar reducido al máximo el otro grupo al que se
ofertaban desvinculaciones “baratas” con 30 días por año trabajado y tope en 20
meses de salario,
¾
que no se produjera discriminación por
edad a los nacidos en 1956-57-58 que no quisieron o no pudieron adherirse al
Plan de Bajas incentivadas de 2015.
¾
que las decisiones que afectaran a los
trabajadores de cada Banco por separado estuvieran avaladas por mayorías
absolutas en cada uno de estos Bancos por separado.
¾
y también “desbrozar” el camino para
que la redacción de los pactos individuales que la empresa firmará con cada
trabajador no contengan “letra pequeña” generadora de incertidumbres y recelos,
como ya sucedió el año pasado.
CSICA ha firmado este Acuerdo porque hemos visto plasmadas la mayoría de nuestras expectativas ya que el empresario finalmente accedió a que puedan marcharse un colectivo potencial de 1.118 personas nacidos entre los años 1956-1964, siempre de forma voluntaria. Esta oferta garantiza, a nuestro juicio, que se cubrirá el excedente de 979 trabajadores con cierto nivel de satisfacción de los afectados (a juzgar por el número que abandonó en el año 2015 con oferta equivalente).
Y garantiza también una cosa más, y que ha pesado de forma definitiva para CSICA en la firma del Acuerdo, la tranquilidad de un colectivo de 3.500 trabajadores que nos quedaremos en el Banco sin estar pensando cada día si nos van a echar. Con este “adelgazamiento” de plantilla (que en algún momento nos enteraremos exactamente a qué obedece porque ese rollo del Plan comercial no nos lo tragamos) suponemos que el Banco, y así se nos ha dicho en la negociación, queda perfectamente dimensionado a futuro y esto es muy importante para el mayor colectivo de todos. El que no se marcha.
También deja el Acuerdo, con carácter residual, abierta la posibilidad de que quienes no tengan la edad prevista puedan abandonar la entidad de forma voluntaria mediante bajas incentivadas.
Todas estas razones han inclinado la balanza de CSICA para firmar, a pesar de que en el otro plato de esa balanza existen algunos contrapesos que ahora no podemos ignorar. Nos referimos a que LIBERBANK se obliga a pagar al trabajador una renta mensual que cesará cuando éste cumpla los 63 años. En algunos casos esta edad será suficiente para poder jubilarse anticipadamente, pero la progresividad en el retraso de la fecha de jubilación prevista en las leyes afectará también a otro grupo que no podrá hacerlo hasta los 65 años.
Y esta es, efectivamente, la mayor debilidad del Acuerdo porque no hemos sido capaces de que el empresario cediera en este sentido. Debilidad que, sin embargo no tiene, a nuestro juicio, la entidad suficiente como para que renunciáramos al resto del Acuerdo.
Te ofrecemos AQUÍ el Acuerdo firmado, y nos ponemos a disposición de todos, especialmente de nuestros afiliados, para despejar cualquier duda que su lectura pueda suscitar.
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