miércoles, 30 de marzo de 2016

EJECUCIÓN ERTE 2013

LA VISTA SOBRE EJECUCIÓN (PRIMER ERE) CELEBRADA AYER ANTE LA AUDIENCIA NACIONAL, RESULTÓ PATÉTICA

Lejos de aclararse el panorama con relación a la anulación del primer ERE de Liberbank (247/13), la situación sigue complicándose en la fase de ejecución, porque la Audiencia Nacional (AN), tras declarar en 2013 nulo el Acuerdo alcanzado en el SIMA, no aclaró ni en la sentencia condenatoria ni en el posterior auto de aclaración a qué momento se deberían retrotraer los efectos económicos de la anulación del ERE. Tampoco lo hizo el Tribunal Supremo, y de aquellos polvos, vienen estos lodos. Y no queremos ser mal pensados pero con tantas puertas abiertas, al final se escapa el gato…

Resultó increíble y patético comprobar como el presidente del tribunal presionó de lo lindo a los sindicatos ejecutantes para que alcanzásemos un acuerdo con la empresa de cara a evitar las incertidumbres de la ejecución así como las dilaciones que en su opinión las habrá, atreviéndose incluso a prejuzgar que la resolución de la ejecución se demoraría entre año y medio y dos años, llegando incluso a comentar que el asunto se eternizaría al modo de “ad calendas grecas” (dicho literal).

Y no menos patético resultó el ofrecimiento que hizo el Tribunal de suspender el juicio mientras las partes negociásemos el hipotético acuerdo sobre los términos de la ejecución: ! increíble pero cierto !

Los sindicatos ejecutantes, por una cuestión de cortesía con la Sala, solicitamos un receso para dilucidar el órdago que el tribunal nos acababa de lanzar, lo que nos llevó a discutir con nuestros letrados en los pasillos si debíamos entrar a negociar o no con la empresa una cuestión de esta naturaleza (convertir un título ejecutivo en un acuerdo negocial), lo que descaradamente supondría una dejación de funciones de la Sala en beneficio de la empresa.

Reanudado el juicio tras el receso (fue muy breve), todos los Sindicatos ejecutantes a una decidimos que no nos fiamos en modo alguno de la empresa en función de sus actuaciones previas, exponiendo que Liberbank es rácano en sus ofertas, corriéndose el peligro de que el hipotético acuerdo que se alcanzase en la ejecución terminase incumplido de nuevo por la empresa, lo que daría lugar a un bucle interminable con nuevas demandas y recursos, lo que  eternizaría sine die el asunto, hecho que sería aún peor y más lento. 
  
Seguidamente, solicitamos que se entrase en el fondo del asunto. El presidente de la Sala, viendo chafada su “oferta” y visiblemente contrariado, expuso que la Ejecución constaba de dos partes claramente diferenciadas:

Fase 1.- Lo primero, es determinar el momento al que hay que retrotraer los efectos de su sentencia: ni en la misma, ni el auto de aclaración que dictó posteriormente, ni en la sentencia del Tribunal Supremo (TS) que la confirmó, se aclaró este extremo. Recordamos que en dichas resoluciones se decía escuetamente que tras la anulación del acuerdo laboral del Sima se condenaba a Liberbank para que repusiese a los trabajadores en las condiciones laborales anteriores.

Fase 2.- Aclarado el momento de retroactividad de los efectos, habría que determinar las cantidades económicas.

Como consecuencia de lo anterior, el Tribunal constató ayer de modo reiterado que no cabía hablar en modo alguno ni entrar a valorar las cuantificaciones económicas, correspondiendo en todo caso efectuar los primeros cálculos a la empresa siguiendo lo dispuesto en la ley en su condición de ejecutada, cuando toque.

En este sentido, informamos que CSICA ha tenido razón una vez más como en su día informamos, pues tan sólo nos hemos limitado a presentar las autorizaciones de nuestros afiliados sin más, dado que al no haberse determinado aún la fecha de retroacción de los efectos no caben cálculos: ¡Tiempo habrá para hacerlos!.

Por ello, valoramos negativamente que dos de los sindicatos ejecutantes (STC y CSIF), hayan presentado los cálculos de sus afiliados, hecho criticado de modo firme por el Tribunal. Apuntamos igualmente que esta información es muy peligrosa por haber dado pistas y ventajas a la empresa a sabiendas de que cualquier dato que se le otorgue será utilizado en beneficio propio, hecho que quedó patente al presentar como documental un conjunto de hojas de cálculo que, sin dudas, tratarán de confundir a la Sala.

Entrando en el turno de exposiciones, los sindicatos ejecutantes nos ratificamos en el contenido de nuestras demandas. Por parte de CSICA (el resto también lo hizo) hicimos una exposición cronológica detallada de las fechas en que estuvieron vigentes las medidas unilaterales, y posteriormente las del Acuerdo Sima anulado. Recordamos que el ERE 247/13 estuvo vigente hasta el 31-12-13.

Nuestra pretensión (también la del resto de sindicatos ejecutantes) no es otra que la empresa nos coloque en las condiciones laborales que teníamos los trabajadores en mayo de 2013, argumentando que anuladas las medidas del
acuerdo Sima, ya no estaban vigentes las medidas unilaterales, como así consta en el Fundamento de Derecho 3º de la sentencia de la AN.

Como prueba documental que refuerza nuestro argumento, CSICA presentó comunicación del SEPE dirigido a un afiliado reclamando la devolución de la prestación de desempleo con efectos de 16 de junio de 2013, lo que implica que el organismo público está interpretando que el ERE en su conjunto quedó totalmente anulado.

La empresa, esgrimió lo contrario y a lo Groucho Marx expuso que sólo se anularon las medidas del Acuerdo Sima, no así las unilaterales, por lo que nos colocaría en dicha situación. Esgrimió además como prueba a su favor, que CSICA y STC hemos reactivado nuestras demandas de conflicto colectivo contra las  medidas unilaterales, habiéndose fijado juicio el 01-06-16, hecho que demuestra, en su opinión y dentro de los actos propios, que estamos admitiendo que las medidas unilaterales no fueron anuladas.

En el turno de réplica, CSICA expuso que la reactivación de nuestra demanda contra  las medidas unilaterales tiene carácter cautelar y está en función de lo que decida la Sala en relación con la ejecución. Otro de los ejecutantes expuso que el hecho de que Liberbank negociase un nuevo ERE a finales de 2013, prueba de forma clara que la empresa era consciente de que el primer ERE quedó anulado en su totalidad, lo que encaja igualmente dentro del principio de actos propios.

Informamos de que el número total de trabajadores que han autorizado la ejecución es de 1802, referidos a Liberbank y BCCM. Estos trabajadores ya tienen salvaguardados sus derechos con independencia del tiempo que se tarde en resolverse la ejecución colectiva. El resto de trabajadores, pueden aún instar la ejecución individual hasta el 22-07-16. A partir de ese momento se producirá la caducidad de la acción, al haber transcurrido un año desde la sentencia del Supremo que confirmó la de la AN.

Para finalizar, informamos que resultó patético ver como CCOO y UGT que actuaron como co-ejecutados junto a la empresa, tras ser condenados en la sentencia de la AN y el TS, solicitaron que “se cumpliera con la sentencia en sus propios términos”; y más patético aún resultó comprobar cómo la empresa momentos después, utilizó y aportó como prueba documental a su favor 3 circulares que CCOO publicó días después de conocerse la referida sentencia, en las que daba igual interpretación que la propia empresa justificando por otra parte, su incalificable papel en el acuerdo alcanzado.

Seguiremos informando… 

  

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