lunes, 14 de marzo de 2016

DESEMPLEO AÑO 2013


EL SEPE COMIENZA A RECLAMAR LAS PRESTACIONES DE DESEMPLEO PERCIBIDAS EN 2013

El SEPE de distintas provincias está remitiendo cartas a los compañeros perceptores de la prestación por desempleo correspondiente al ERE 247/13, reclamando su devolución esgrimiendo como fundamento que fue anulado por la Audiencia Nacional y posteriormente por el Tribunal Supremo.

En la carta, se anuncia que ha iniciado un procedimiento de revisión del acto administrativo de reconocimiento de la prestación, para su devolución, concediendo un plazo de 10 días para formular alegaciones ante la Dirección Provincial de dicho SEPE.

CSICA, ante esta situación sobrevenida, y de cara a que los trabajadores requeridos puedan efectuar alegaciones dentro del plazo conferido, informa lo siguiente:

1.- EL SEPE se precipita con esta reclamación, toda vez que la anulación o no del ERE 247/13 debe resolverlo la Audiencia Nacional en el procedimiento 56/2015 de Ejecución Colectiva de sentencia, fijado para el próximo día 29 de marzo. Sobre el particular, las posturas de las partes son antagónicas, porque hay en juego muchos millones de euros:

a)   Los sindicatos ejecutantes manifestamos que el ERE 247/13 fue anulado en su totalidad, tanto por la Audiencia Nacional como por el Tribunal Supremo.
b)   Liberbank y BCCM manifiestan por el contrario, que tras la anulación del Acuerdo SIMA seguían vigentes las medidas unilaterales. Ambas medidas, en su opinión, están comprendidas dentro del ERE 247/13, por lo que sólo se anuló el acuerdo pero no el ERE.

2.- Hasta que la Audiencia Nacional no resuelva esta discrepancia jurídica, creemos que la reclamación del SEPE debe quedar en suspenso, y así se le debe dar a conocer por los compañeros reclamados, presentando estos las alegaciones dentro del plazo conferido de 10 días para que quede en suspenso.

3.- CSICA dispone, a disposición de sus afiliados, de un modelo de recurso estándar para dirigir al SEPE de cada provincia solicitando la suspensión de actuaciones administrativas entretanto se sustancia la ejecución de la Sentencia en la Audiencia Nacional.

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