EQUIPO DE SUSTITUCIONES
SUPRESIÓN UNILATERAL DE DIETAS POR LIBERBANK
Tras tener conocimiento de la
decisión que ha adoptado la empresa recientemente de no abonar a los integrantes
de los equipos de sustituciones medias
dietas, ponemos en conocimiento de nuestros afiliados y trabajadores en
general lo siguiente:
1.- El Convenio Colectivo Sectorial
es meridiano al respecto, pues dispone en su art. 96 que en las llamadas
“comisiones de servicio”, se devengará media dieta cuando el viaje comprenda o
afecte a una comida principal.
2.- Esta materia goza de vigencia
plena, sin que los firmantes del Acuerdo del ERTE de 27 D se hayan descolgado
expresamente.
3.- Sobre idéntica cuestión, CSICA
obtuvo sentencia favorable tras la reclamación presentada por una afiliada
traslada en comisión de servicio: primero, en el Juzgado de lo Social nº 2 de
Cáceres, y posteriormente reafirmada por el Tribunal Superior de Justicia de
Extremadura (TSJE) tras presentar la empresa recurso de suplicación.
4.- Por todo ello, la empresa carece
de legitimidad para imponer unilateralmente su criterio en esta cuestión, por
cuyo motivo vamos a mantener contacto inmediato con RRHH para que cambie de
criterio; y en el caso de que no obtengamos respuesta favorable, iniciaremos las acciones pertinentes,
poniendo nuestra asesoría jurídica a disposición de quien la necesite desde
este instante.
Seguiremos informando…
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