LOS TRABAJADORES Y TRABAJADORAS QUE FORMEN PARTE DE LAS MESAS
ELECTORALES TIENEN DERECHO A DISFRUTAR DE UNA REDUCCIÓN DE JORNADA DE
5 HORAS EL 26 DE MAYO
(Reproducimos correo remitido al Jefe de Relaciones Laborales)
Relacionado
con las elecciones Europeas a celebrar el próximo 25 de Mayo, te recuerdo lo
que a este propósito contempla la normativa en vigor, referido a los permisos
que tienen derecho a disfrutar aquellos trabajadores y trabajadoras que por
imperativo legal deban formar parte de alguna de las Mesas Electorales en todo
el territorio nacional, para que la empresa dé facilidades y lo tenga en
cuenta.
Por
dicho motivo, y como siempre hacemos cada vez que se convoca un proceso
electoral a nivel general, comunitario, o local, nuevamente queremos recordar
los derechos que tienen los trabajadores que desempeñen sus funciones en
algunas de las Mesas Electorales el próximo día 25 de Mayo, que por ser día
festivo, y siguiendo lo dispuesto en el Reglamento Electoral, otorga a sus
componentes el derecho a disfrutar (en el caso de trabajadores y trabajadoras
del Grupo Liberbank), de una reducción de jornada de 5 horas al día siguiente,
es decir, el día 26 e mayo.
El
fundamento jurídico es el siguiente: Régimen Electoral General, Ley Orgánica,
5/1985, de 19 de junio:
Artículo 28: Los
trabajadores por cuenta ajena y los funcionarios nombrados Presidentes o vocales de las Mesas electorales tienen
derecho a un permiso retribuido de jornada completa durante el día de la
votación, si es laboral. En todo caso, tienen derecho a una reducción de su
jornada de trabajo de cinco horas el día inmediatamente posterior.
Artículo 78: Los trabajadores por cuenta ajena y los funcionarios que acrediten su
condición de interventores
tienen derecho durante el día de la votación y el día inmediatamente posterior,
a los permisos que regula el artículo
28 de esta Ley establece para los miembros de
las Mesas electorales.
Para
disfrutar la citada reducción de jornada, vamos a recomendar a todas las
personas del Grupo que intervengan en algunas de las Mesas o en su condición de
interventor, que lo comuniquen a RRHH cuanto antes y, en su caso, acrediten
dicha condición si así se requiere por la empresa.
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