martes, 1 de octubre de 2013

NUESTRA OPINIÓN SOBRE VACACIONES




POSICIÓN FINAL DE CSICA SOBRE VACACIONES

Con el fin de aclarar las dudas que se hayan podido generar, tras el comunicado que la empresa publicó en intranet hace días, referido al régimen de las vacaciones en los supuestos de reducción de jornada con acumulación en días completos, suspensiones de contrato, y etc., Csica expone lo siguiente:

1.- Para CSICA, resulta evidente que la decisión de Liberbank anunciada en intranet de establecer un prorrateo para el cálculo de las vacaciones en los supuestos de reducción de jornada con acumulación en días completos, no encuentra apoyo jurídico alguno en el derecho español, comunitario o internacional, ni tampoco en el Convenio Colectivo de Cajas de Ahorros, ni en la doctrina y la jurisprudencia.

2.- Para CSICA, todos los trabajadores de Liberbank que hayan trabajado o estén en expectativa de trabajar todo el año completo en 2013, tienen un derecho inalienable e irrenunciable a disfrutar de 25 días hábiles o más, en función de los pactos existentes en cada entidad. Es decir, quienes tengan reducción de jornada con acumulación en días completos tienen derecho a estos 25 días o más, porque en ningún caso su contrato está suspendido.

3.- Para CSICA, en cambio, si cabe aplicar una minoración de vacaciones de carácter proporcional con respecto a aquellos trabajadores que tuvieron el contrato de trabajo suspendido entre el 15 de junio y el 10 de julio, tiempo trascurrido entre las primeras y las segundas medidas.

4.- Para CSICA, y hasta el 14 de junio, las vacaciones se han de sufragar al 100%;  y en adelante en función de la reducción de jornada, para lo cual es necesario acudir a lo que denominamos “retribución media”.

5.- Para CSICA, las vacaciones en caso alguno se pueden solapar con los días acumulados.

6.- CSICA, va a reclamar ante la Dirección de Recursos Humanos por su ilegal e incorrecto proceder, conminándola a que nos indique en qué fundamentos jurídicos se basa; y en el caso de que éstos no sean suficientes o como es costumbre no se digne a contestar, denunciaremos el asunto ante la Inspección de Trabajo y emprenderemos las acciones jurídicas pertinentes.


Recomendamos a todos aquellos que deseen consultar nuestros fundamentos jurídicos que entren en la siguiente imagen:

1 comentario:

  1. Joder, esto también es interpretable?
    Creo que alguien tiene que hacerse responsable en Liberbank por estas actuaciones, y si no están capacitados que dejen el cargo.

    ResponderEliminar

Gracias por tu comentario, en breve estará visible.