Responsabilidad
sindical
Es que no
descansan. Aunque no es la primera vez, han vuelto a infringir los Acuerdos que
firman. En el Acuerdo de Excedencias pactadas figura un procedimiento para que
los excedentes vuelvan a la empresa, tanto a petición de ésta como de ellos mismos.
Todos los que estábamos en la mesa de negociación, y de modo muy especial quienes
firmamos el Acuerdo, sabíamos, porque la representación del empresario así lo dijo,
que si no se le daba esa redacción el asunto no iba a colar desde el punto de
vista legal ni tampoco de los auditores, que obligarían a provisionar el total
como si de una prejubilación al uso se tratara.
Esta posición
empresarial ha sido reiterada hace muy pocos días ante un Juzgado de Oviedo que
estaba resolviendo una reclamación electoral del propio LBK, que no estaba
conforme con lo acordado por la mesa electoral de admitir a los excedentes como
electores o elegibles.
El argumento
empresarial fue que realmente eran prejubilados, algo que alcanzó la convicción
del propio Juez que terminó admitiendo que realmente estábamos ante unos
trabajadores que habían extinguido su relación laboral.
Esta posición
judicial perseguida por el empresario tenía un objetivo. Si los excedentes no
podían ser electores, algunos sindicatos no podían presentar candidaturas. Es
decir, no era otra cosa que una manipulación electoral con tintes de fraude de
ley con mentira en sede judicial incluida. Así son estos que se hacen llamar
dirigentes.
Pero el
objetivo de verdad era que hubiera lista electoral única, como en Cuba o en
Corea del Norte. Y lo consiguieron.
A estas alturas
procesales ya se sabe que STC fue el sindicato “amigo” beneficiado desde
arriba, y que no fue uno de los sindicatos firmantes del Acuerdo de excedencias.
Prefieren firmar reducciones de sueldo forzoso que desvinculaciones
voluntarias. La explicación “técnica” de su Secretaria General fue que ella “no
firmaba porque no la beneficiaba”. Contrario
sensu, el ERE lo firmó porque la benefició.
Su sindicato,
agradecido en nombre de la “añada del 59”, oficia ahora como si de un negociado
más del Banco se tratara. En su último comunicado, lejos de criticar al
empresario, da completas instrucciones a los excedentes sobre los trámites que
tienen que hacer para regresar al trabajo mientras ella se marcha a su casita
con la pasta debajo del brazo. Así, así escriben sus páginas de gloria sindical
estos que se hacen llamar sindicalistas.
Da igual la
imagen que tengan. Ya se encarga el empresario de que ganen. Aunque sea
mintiendo en los tribunales.
En CSICA,
y en nuestra condición de firmantes del Acuerdo de Excedencias hemos convocado
la mesa de seguimiento de este Acuerdo para que el empresario explique —si
puede—, todas estas maquinaciones. Esa
es nuestra responsabilidad
sindical y que nadie dude que la vamos a ejercitar con rigor.
El texto de la
carta que hemos remitido a los firmantes del Acuerdo es éste:
Muy
señores nuestros:
CSICA, firmante del Acuerdo de Excedencias Pactadas
Compensadas suscrito en Liberbank, el 01.06.1016, por medio de este correo y
siguiendo lo dispuesto en el Capítulo VI “Comisión de Seguimiento”, convoca a
todas las partes firmantes del citado Acuerdo, con el fin de conocer las
razones por las que el Departamento de Administración y Gestión de RRHH de
Liberbank ha remitido un correo estandarizado hace unos días, suscrito por la
señora María Cruz León, a un número indeterminado de trabajadores acogidos al
citado Acuerdo, comunicando que por “razones de servicio”, la empresa les
anuncia expresamente, (y con más de 2 meses de antelación,) su intención de no
atender la próxima prorroga a efectuar en los primeros días de enero de 2019, y
en consecuencia, solicitando su reincorporación a sus anteriores puestos
de trabajo. Si bien esta contingencia está prevista en el Capítulo 5º del
Acuerdo, se hace preciso que se justifique por la empresa a los firmantes del
Pacto y al colectivo de trabajadores afectados.
Como deben comprender, la remisión de estos correos,
ha provocado el consiguiente revuelo y malestar, no sólo entre los
destinatarios de los mismos, sino en el conjunto del colectivo que se acogió a
las excedencias (sobre 1.200 empleados), al que debemos tranquilizar con el fin
de normalizar su estatus actual y no generar más caos del que ya existe
en la entidad, como consecuencia de una reestructuración interminable que
parece no tener fin, desde la creación de Liberbank en 2011.
Por otra parte, resulta paradójico y paradigmático
que la empresa a través de Relaciones laborales en el proceso arbitral y
judicial seguido en Asturias hace unas semanas, como consecuencia de la
impugnación de varios Sindicatos, (entre ellos CSICA), del censo electoral
de los Servicios Centrales de Oviedo, al no contemplarse por la empresa
al personal en situación de excedencia, haya manifestado en dichos
procedimientos que la situación de los excedentes es idéntica a cualquiera de
las distintas figuras de prejubilación existentes en España, lo que ha
supuesto, tras la firmeza de la decisión judicial correspondiente, que hayan
sido finalmente excluidos de dicho censo, y en consecuencia, se les ha privado
del derecho de sufragio activo y pasivo, resultando que ahora y sólo unos días
después del acto de la votación, la empresa les comunica que deben
reincorporarse por razones del servicio, sin acreditar ni justificar nada, lo
que en nuestra opinión puede haber lesionado los derechos de sufragio de éstos
trabajadores y de los Sindicatos.
De ello se desprende, la existencia de supuestos
visos de nulidad electoral cometido, no sólo contra el colectivo de
trabajadores en situación de excedencia pactada compensada al impedírseles sus
derechos electorales en los SSCC de la Escandalera, sino también se ha podido
cometer un atentado contra el derecho de los Sindicatos concurrentes al proceso
(entre los que está CSICA), al no poder contar con los votos de los excedentes
ni poder incorporarlos a las distintas candidaturas. Como bien saben, ello ha
supuesto que sólo un Sindicato (STC) haya presentado candidatura y en
consecuencia haya obtenido los 13 delegados a elegir en el comité de servicios
centrales de Oviedo, en detrimento del derecho del resto de Sindicatos, lo que
en opinión de CSICA reviste suma gravedad que es preciso reparar, como hemos
manifestado.
Dicho lo anterior, y como quiera que esta decisión
de la empresa debe justificarse y acreditarse suficientemente, con el fin de
que no se produzca discriminación e indefensión a quienes han recibido los
correos, CSICA convoca a todos los firmantes del Acuerdo de cara a conocer los
siguientes puntos:
1.- ¿Qué necesidades de servicio tiene la empresa en
estos momentos para justificar y acreditar las razones de los correos remitidos
para reincorporar a los trabajadores afectados?
2.- ¿Qué grado de afectación tiene la medida
adoptada, a cuantos trabajadores afecta, y durante cuánto tiempo estarán
trabajando de nuevo en la entidad?
3.- ¿Por qué razones, la empresa, conociendo las
necesidades de personal, no ha tenido en cuenta en el censo electoral
correspondiente al proceso electoral celebrado en los SSCC de Oviedo a los
trabajadores en situación de excedencia pactada compensada pertenecientes a
dicho colegio electoral?
4.- ¿Tiene intención la empresa de seguir
incorporando a más trabajadores en situación de excedencia pactada para que
trabajen en otros territorios del banco?
5.- ¿Se va a encargar la empresa de realizar todos
los trámites derivados de la reincorporación, de cara a las variaciones en las
cotizaciones de los seguros sociales, aportaciones al plan de pensiones, etc.?
6.- En el caso de que los centros de origen de los
trabajadores llamados al servicio se hayan cerrado, ¿dónde prestarán sus
cometidos?
7.- ¿Se van a ver afectados por el ERE 48/2017
vigente desde el 01.07.18, habida cuenta que en el momento de la firma estaban
acogidos al acuerdo de excedencia?
8.- ¿Cuáles serán sus condiciones laborales?
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