martes, 12 de diciembre de 2017

CRÓNICA JUDICIAL DESDE EL TREN



Juicio largo en la Audiencia Nacional para examinar las demandas de CSICA, CSI y APECASYC en torno al desarrollo y acuerdo del último ERE firmado el 21/6 por los Sindicatos que hoy se sentaban en el banquillo de los demandados junto al abogado de la empresa al que se remitían en todo momento, en una comunión digna de ver.


El abogado de CSICA fundamentó la demanda en los motivos siguientes: 


La mesa de negociación se constituyó indebidamente con la representación sindical del Grupo LBK (algo que beneficia a los sindicatos de CCM y por extensión al empresario, por que son los que firman) cuando debió hacerse empresa por empresa siguiendo la doctrina de la propia Sala.


No se respetaron los plazos que prevé el Convenio de 15 días previo a la negociación y tampoco el de 30 días previsto en el Estatuto para negociar. Todo quedó reducido a los días 19 y 20 que sirvieron para escenificar lo ya pactado y para que algunos se subieran al carro de las prejubilaciones, fueran cual fueran las razones.

 

En la mesa se sentó a negociar, entre otras su propia salida, un elegido en los servicios centrales de Oviedo que por no haberlo sido con un sindicato no debía estar en esa mesa. Allí estuvo por qué le venía bien a alguien. Hoy estaba citado en la AN pero no acudió.


Pero lo sustancial de la demanda de CSICA y que ha ocupado buena parte de la mañana ha sido lo que nuestro abogado ha calificado como de presentación fraudulenta de unas cuentas con 63 millones de pérdidas frente a los 151 millones de beneficios de otras, las oficiales, que se aprobaron y se depositaron  por el Consejo de Administración. Sorprendentemente ambas cuentas, con pérdidas y beneficios para el mismo ejercicio de 2016, se entregaron en la mesa de negociación, pero, claro, sólo una de ellas puede presentar la imagen fiel a la que se refiere la ley. 


CSICA presentó además la prueba pericial en la Sala que rebatió sin dificultad la contabilidad "creativa" del empresario  basada fundamentalmente en eliminar de la cuenta de resultados las comisiones y los beneficios de la cartera de negociación de deuda, que como sabéis es casi de lo único que vivimos todas las entidades financieras.


Poco ha importado que para ello hayan debido ignorar las normas Internacionales de Contabilidad de aplicación en España y la propia normativa del Banco de España.

El abogado de la empresa, que debe ser un follover de este blog por lo que ha dicho en el juicio, ha debido entender que eso de las cuentas  del mismo periodo, con beneficios para enseñar y con pérdidas para despedir trabajadores no iba a colar en el Tribunal y recurre a aspectos formales y sobre todo a un victimismo casi lloriqueante, recordando a la Sala que de prosperar esta demanda ello podría tener consecuencias fatales para el Banco.


Y como no tenia nada mejor a mano presenta como prueba recortes de prensa en los que se habla de lo mal que va el Banco con las caídas de cotización en Bolsa. 


Ya se sabe, quien no tiene más.....


Entendemos que CSICA ha cumplido de sobra con las dos premisas para ganar un pleito. Tener razón y saber exponerla. Ahora solo falta que nos la den a toda la plantilla.


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