EL TRIBUNAL SUPREMO, SE REUNIRÁ EL 15 DE JULIO,
PARA DELIBERAR Y FALLAR SOBRE EL 2º ERTE
EN OPINIÓN DEL FISCAL, LA AUDIENCIA NACIONAL
VIOLÓ NUESTRO DERECHO A LA TUTELA JUDICIAL
Hace
unos días recomendábamos mantener la calma, ante la noticia oficiosa de que el Tribunal Supremo se reuniría el 9 de
julio, para deliberar y fallar los
distintos recursos de casación interpuesto por las partes contra la
sentencia de la Audiencia Nacional
de 14-11-13 (Acuerdo Laboral de 25-06-15, primer
ERTE).
Pues
bien, ayer día 16, recibimos una Prividencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo,
comunicando que la misma se reunirá el
próximo día 15-07-15, para deliberar y fallar los distintos recursos de casación presentados contra
la sentencia de la Audiciencia Nacional
de 26-05-14 (Acuerdo Laboral de 27-12-13, segundo
ERTE).
Al
respecto, CSICA hace las siguientes
valoraciones en especial con relación al Informe emitido por el Ministerio
Fiscal:
1ª .- El Tribunal Supremo (TS) va a
tratar de resolver el enredo laboral de Liberbank en una semana, pues ese es el plazo que
mediará entre el conocimiento de ambos supuestos, entendemos que con el fin de
no incurrir en contradicciones que lien aún más el monumental follón laboral
que existe en nuestro banco.
2º.- Con relación al 2º ERTE, el que
se va a ver por el Supremo el 15 de julio, el Ministerio Fiscal en su Informe, ha
rechazado todos y cada uno de los distintos motivos de casación expuestos por
las partes, sindicatos y empresa, excepto uno interpuesto por CSICA referido al
hecho de que la Audiencia Nacional
no nos admitió como medio de prueba un informe técnico-economico elaborado por
un perito consultor independiente (esgrimiendo que estaba presentado fuera
de plazo), refutando en él todas las causas y motivos económicos esgrimidos por
Liberbank para aplicar las durísimas medidas de ajuste, en función de la positiva
evolución del negocio de Liberbank reflejada en las informaciones emitidas por la Dirección durante 2014, a los distintos
reguladores nacionales e internaciones.
3º.- Para el Ministerio Fiscal, no es
legal la suspensión de las aportaciones a los distintos planes de empleo,
alineandose así con la Audiencia Nacional
que se pronunció en tal sentido en su sentencia de 26-05-14.
4.º.- Si la Sala de lo Social del TS
secundara la opinión del Fiscal sobre la violación del derecho fundamental de
CSICA a la tutela judicial efectiva, los autos volverían a la Audiencia Nacional
para que se valore nuestra prueba inadmitida, lo que podría conllevar a un
fallo incierto para Liberbank, teniendose en cuenta la positiva evolución
economíca de España, de Liberbank, y del resto del sistema financiero español.
Seguiremos
informando…
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