miércoles, 17 de junio de 2015

...Y el 2º ERTE el 15/7

EL TRIBUNAL SUPREMO, SE REUNIRÁ EL 15 DE JULIO, PARA DELIBERAR Y FALLAR SOBRE EL 2º ERTE

EN OPINIÓN DEL FISCAL, LA AUDIENCIA NACIONAL VIOLÓ NUESTRO DERECHO A LA TUTELA JUDICIAL


Hace unos días recomendábamos mantener la calma, ante la noticia oficiosa de que el Tribunal Supremo se reuniría el 9 de julio, para deliberar y fallar los distintos recursos de casación interpuesto por las partes contra la sentencia de la Audiencia Nacional de 14-11-13 (Acuerdo Laboral de 25-06-15, primer ERTE).

Pues bien, ayer día 16, recibimos una Prividencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, comunicando que la misma se reunirá el próximo día 15-07-15, para deliberar y fallar los distintos recursos de casación presentados contra la sentencia de la Audiciencia Nacional de 26-05-14 (Acuerdo Laboral de 27-12-13, segundo ERTE).

Al respecto, CSICA hace las siguientes valoraciones en especial con relación al Informe emitido por el Ministerio Fiscal:

.- El Tribunal Supremo (TS) va a tratar de resolver el enredo laboral de Liberbank en  una semana, pues ese es el plazo que mediará entre el conocimiento de ambos supuestos, entendemos que con el fin de no incurrir en contradicciones que lien aún más el monumental follón laboral que existe en nuestro banco.

.- Con relación al 2º ERTE, el que se va a ver por el Supremo el 15 de julio, el Ministerio Fiscal en su Informe, ha rechazado todos y cada uno de los distintos motivos de casación expuestos por las partes, sindicatos y empresa, excepto uno interpuesto por CSICA referido al hecho de que la Audiencia Nacional no nos admitió como medio de prueba un informe técnico-economico elaborado por un perito consultor independiente (esgrimiendo que estaba presentado fuera de plazo), refutando en él todas las causas y motivos económicos esgrimidos por Liberbank para aplicar las durísimas medidas de ajuste, en función de la positiva evolución del negocio de Liberbank reflejada en las informaciones emitidas por la Dirección durante 2014, a los distintos reguladores nacionales e internaciones.

.- Para el Ministerio Fiscal, no es legal la suspensión de las aportaciones a los distintos planes de empleo, alineandose así con la Audiencia Nacional que se pronunció en tal sentido en su sentencia de 26-05-14.

4.º.- Si la Sala de lo Social del TS secundara la opinión del Fiscal sobre la violación del derecho fundamental de CSICA a la tutela judicial efectiva, los autos volverían a la Audiencia Nacional para que se valore nuestra prueba inadmitida, lo que podría conllevar a un fallo incierto para Liberbank, teniendose en cuenta la positiva evolución economíca de España, de Liberbank, y del resto del sistema financiero español.


Seguiremos informando…

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