miércoles, 16 de enero de 2019

CSICA-SIBANK GANA DE NUEVO EN LOS TRIBUNALES




En los últimos días se han publicado dos nuevas sentencias, como casi siempre contrarias a los intereses de Liberbank y favorables a los de los trabajadores.

Esta vez van relacionadas con la penúltima idea de esta imaginativa dirección, “llamo de otra manera la función que realiza un trabajador, le dejo en el mismo puesto con las mismas tareas y responsabilidades, y de paso le recorto o hago desaparecer el complemento de nivel no consolidable (CNNC).”

Pues que sepan los que mandan, que a pesar de sus caros abogados y de traer dos altos directivos para testificar a su favor, no han conseguido convencer a los jueces que la razón estaba de su parte ni que dicho complemento creado a raíz del acuerdo interno de Cajastur en 1999 no se puede suprimir por el simple antojo de la dirección.

Fue absolutamente increíble escuchar a la Directora de Gestión de Personas, enumerar las funciones del Gestor Operativo Comercial, refrendado este testimonio por el Director de Planificación y Transformación (devolución de recibos, atención y cuadre de caja, altas de banca a distancia, venta de tarjetas de débito, confección de certificados y otras labores poco especializadas), dejando para los gestores comerciales, especialistas y responsables de oficinas, los temas que generan más valor añadido para el banco y por ende más puntos de productividad comercial.

Solo le faltó explicar cómo con esas tareas de escaso valor se puede alcanzar el objetivo de PPCs, en muchos casos superiores a 20.000 puntos, quizás no tenga respuesta creíble, o sencillamente no quiera reconocer que el cambio de GC a GOC no persigue un cambio real de funciones, solo una excusa para un recorte en el sueldo.

En la sentencia se afirma que no se cumplió con la formalidad de comunicar al trabajador, a sus representantes legales y a los Comités de Empresa la modificación sustancial de las condiciones de trabajo, ya que esta dirección que sufrimos desde hace años tuvo la genial idea de comunicar por escrito al trabajador su nuevo puesto funcional, para posteriormente, en nuevo correo, indicarle cual iba a ser su nuevo salario a partir de ese momento, por supuesto inferior al que venía percibiendo. Todo un ejemplo de ingeniería por parte de Recursos Humanos, hoy te comunico tu nuevo puesto y unos meses después, excusándome en esa comunicación te recorto el sueldo, aunque hagas las mismas funciones.”

El fallo es claro y transparente

“Estimando la demanda interpuesta por D. XXXXXXX, frente a la entidad LIBERBANK SA, se declara injustificada la modificación de las condiciones de trabajo impuesta al actor, reconociendo el derecho del mismo a ser repuesto en sus anteriores condiciones de trabajo, condenando a la empresa a estar y pasar por dicha declaración.

Notifíquese a las partes la presente sentencia, advirtiendo que contra la misma no cabe interponer recurso de suplicación




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