martes, 9 de enero de 2018

Sentencia ERE Audiencia Nacional


Obras son amores y no buenas razones

A juzgar por las notas de prensa —aún no disponemos de la sentencia— parece que la Audiencia Nacional ha decidido no juzgar el fondo de nuestra demanda del último ERE, y para ello ha acogido una impugnación del abogado de la empresa de excepción de caducidad del plazo de presentación de la demanda.

En CSICA estamos disgustados porque cuando acudimos a los Tribunales buscando justicia nunca pensamos que aspectos formales puedan tumbar nuestras pretensiones. No dejamos de ser respetuosos por ello, pero tampoco renunciamos al derecho constitucional a la libertad de expresión, libertad que no tiene por qué estar vinculada a juicios de valor aunque sí extenderse al relato de los hechos y al texto de la ley.

¿Cómo tuvo lugar la cronología de los hechos?

21/6: Firma definitiva del Acuerdo del ERE.
29/6: Notificación del acuerdo a Delegados de CSICA.
27/7: CSICA presenta la demanda (exactamente el día 20 desde la notificación).

¿Qué dice la ley?

El art. 124.6 de la Ley 36/2011, reguladora de la jurisdicción social dice lo siguiente:

Artículo 124. Despidos colectivos por causas económicas, organizativas, técnicas o de producción o derivadas de fuerza mayor.
6. La demanda deberá presentarse en el plazo de caducidad de veinte días desde la fecha del acuerdo alcanzado en el período de consultas o de la notificación a los representantes de los trabajadores de la decisión empresarial de despido colectivo.

¿Qué dijo el abogado de LIBERBANK en el juicio?

No voy a extenderme mucho y voy a ser cuidadoso en la contestación….Es un pleito en el que esta parte tiene que manifestar su susto. No hemos tenido suerte con los pleitos de LBK…en esta Sala, seguramente por errores de la empresa o de los abogados que defendemos a la empresa, pero seguramente la situación del Banco no permitiría un nuevo revés en una situación económica que es dramática…”

Todas vosotras/os sois mayores e inteligentes, así que podéis sacar vuestras propias conclusiones. No hace falta ser letrados para eso.

PD. En CSICA no somos menesterosos, pero seguiremos pidiendo justicia en el Tribunal Supremo para una plantilla que cayó en las manos equivocadas.

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