REVISIÓN SALARIAL Y MEJORAS DERIVADAS PARA LOS TRABAJADORES DE LIBERBANK EN 2018
Como todos sabéis
CSICA – FINE suscribió el convenio colectivo sectorial en junio de 2016, tras
año y medio de duras negociaciones. Gracias
al Convenio colectivo sectorial, este mismo mes de enero, todos los trabajadores del
sector de ahorro, notaremos
en
la próxima nómina los beneficios de contar con un convenio sectorial propio, y los
trabajadores de Liberbank también, después de los nefastos ERES.
Con
el Convenio, hemos logramos para 2018 un incremento en la próxima nómina de
enero sobre la tabla salarial de 2017, y para todo el ejercicio, de un 1,25%, que
puede incrementarse aún más, dependiendo de los resultados contables de las
entidades.
Pero, no será la única mejora en el sueldo. En el primer semestre de este año 2018 tendremos derecho a recibir los atrasos que nos pudiesen corresponder, en función de los beneficios obtenidos en cada entidad en el pasado ejercicio de 2017.
Referido a LBK, y condicionado a la publicación de los resultados, si tuviera beneficios en 2017 después de impuestos, tenemos derecho a
percibir en el primer semestre del año (en un solo pago) una subida adicional del
0,25€ sobre los conceptos salariales regulados en el art. 40 del convenio; incrementos que pudieran ser mayores aún, en el caso de que el
ROE del banco fuese igual o superior a 6, o igual o superior a 10,
respectivamente.
Además, dentro del primer trimestre de 2018, percibiremos en LBK el plus convenio revalorizado, cuya percepción estuvo suspendida durante los años 2014,2015, 2016 y 2017, tras la firma del nefasto acuerdo laboral de 27.12.13 alcanzado por la empresa, CCOO, UGT, y CSIF (ERE 532/13). Dicho plus, consta de una parte lineal de 309,86€ para los Grupos I y II más una parte variable en función de cada Nivel. Grupo I: I (662,16€); II (557,49€); III (494,77€); IV (467,83€); V (452,98€); VI (438,08€); VII (418,24€); VIII (404,22€), IX (383,07€); X (365,12€); XI (325,61€), XII (278,35€), XIII (228,01€) y XIV (207,29€). Grupo II: I (352,26€); II (333,59€); III (314,73€) IV (275,74€), V (263,93€) y Personal de Limpieza (263,93€).
Estos son algunos de los beneficios del Convenio de Ahorro, que es el marco normativo protector de nuestros derechos laborales, vigente hasta 31.12.18
El Convenio de Ahorro garantiza, pues, la
protección de nuestros derechos, ya que establece pautas y
normas de derecho mínimo necesario que las empresas deben cumplir. En caso de
conflicto, nuestro Convenio
de Ahorro nos defiende y ampara, cuando la
patronal pretende
imponer medidas laborales perjudiciales no contempladas en el acuerdo.
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