martes, 17 de octubre de 2017

SENTENCIA AUDIENCIA NACIONAL CONTRA SINDICATO STC

STC DEMANDÓ A LA COMISIÓN DE CONTROL DEL PLAN DE PENSIONES CAJA EXTREMADURA Y A TODOS LOS COMISIONADOS, INCLUIDOS LOS DE LA PARTE SOCIAL, SOLICITANDO 12,000 € POR “DAÑOS MORALES”

¡El gozo en un pozo para STC! Tras el juicio celebrado en la Audiencia Nacional (AN) el pasado 4 de octubre, la sala de lo Social ha dictado con fecha 09.10.17 una demoledora sentencia contra STC, sindicato éste que esgrimiendo una supuesta vulneración a su derecho de libertad sindical, solicitaba una indemnización solidaria de 12.000 € a todos los que formamos parte de la Comisión de Control del PP Caja Extremadura (comisión de control, empresa, sindicatos y comisionados), saliéndole el tiro por la culata, en esta 1ª instancia.

En realidad, la pretensión insolidaria de STC, bien podemos resumirla en sacarnos la pasta a todos quienes estamos dedicando nuestros conocimientos, tiempo y esfuerzos en la Comisión de Control de cara a la gestión y el control de los activos del Plan, que como estáis comprobando en los certificados trimestrales que manda la gestora, suma una rentabilidad en 2016 del 3,54% que dados los tiempos que corren no está nada mal.

En esencia, STC lo que pretendía, además del maldito parné, era que se tuviesen en cuenta todos los votos que han obtenido en las pasadas elecciones en Liberbank, para así, según las cuentas del gran capitán que se han echado, ostentar 2 representantes en la Comisión de Control, pero sin que su mismo razonamiento se aplicase al resto de los otros sindicatos con presencia en el banco. CSICA se opuso con argumentos jurídicos, al no haberse producido la unificación aún de los distintos planes de empleo, y en efecto, ahora la AN nos ha dado la razón.

 La AN considera que la decisión de la Comisión de Control de prorrogar el mandato de los comisionados tras las elecciones sindicales de 2010,no vulnera en absoluto el derecho de igualdad de STC, puesto que se trata de una solución provisional, causada por la peculiar situación existente, debida precisamente al artificioso mantenimiento de cuatro planes de pensiones en LIBERBANK, que no tiene una solución clara en derecho  no siendo irrazonable, como señala el informe de NOVASTER de 25- 09-2017, que se buscara una solución provisional, puesto que dicha solución constituye una justificación objetiva y razonable, suficientemente probada, de las medidas adoptadas y de su proporcionalidad, colmando las exigencias probatorias, previstas en el art. 181.2 LRJS.

Conviene apuntar que antes de celebrarse el juicio, la empresa ofreció a STC, en fase de conciliación, ampliar la Comisión de Control para concederles 2 comisionados, a lo que este sindicato se negó arguyendo que se le habían producido daños morales que era preciso reparar….con 12.000€, hecho que demuestra a las claras que lo perseguido era fundamentalmente la pasta, a costa de los sindicatos y de los trabajadores que estamos trabajando por los derechos de todos.

En CSICA nos congratulamos por ello, pero no tenemos más remedio que afear la conducta anti sindical e insolidaria de STC, al ponerse de manifiesto la mala fe y los peores instintos de este sindicato que ha pretendido sacarnos la pasta de modo individual a compañeros que defendemos los mismos derechos que ellos y con los que compartimos tareas en los comités de empresa.

La sentencia no es firme, pero STC lo va a tener muy crudo si decide recurrir ante el Tribunal Supremo, en función de las pruebas practicadas y los demoledores fundamentos jurídicos que contiene la sentencia.

Y como moraleja bien podemos decir aquello de que más vale pájaro en mano que ciento volando, porque en STC, henchido de ansias y soberbia, pudiendo obtener dos representantes en la Comisión de Control en fase de conciliación y jugándoselo todo a una carta (el juicio), se ha quedado al final como el gallo de Morón, sin plumas y cacareando (sin comisionados y sin pasta), porque al final del juicio hasta el Ministerio Fiscal en sus conclusiones provisionales, dándose cuenta de la pretensión dineraria y del enjuague de STC, primero rechazó  la existencia de vulneración de derechos, y después, vino a solicitar en todo caso a la Sala, que si ésta le diese la razón, se le indemnizase con 1 €, con lo que queda todo dicho. ¿A que suena a cachondeíto del fino? 




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