lunes, 3 de abril de 2017

SUSTITUTOS DE PROSEGUR

LOS TRABAJADORES ESTÁN HARTOS, ATEMORIZADOS  E INDIGNADOS POR TRANSPORTAR EFECTIVO A DIARIO.

Hace unos años, CSICA consiguió que el Tribunal Supremo (TS) en su sentencia de 25-06-2008 considerase que los trabajadores de ahorro estamos afectados por el riesgo de atraco, tras presentar demanda de conflicto colectivo contra el extinto Servicio de Prevención Mancomunado de Cajas de Ahorro.

Para el TS, los atracos constituyen un riesgo laboral de los empleados de banca ya que supone la posibilidad de que un trabajador sufra un determinado daño derivado de su trabajo, que puede producirse tanto en los lugares de trabajo como fuera de ellos.

Desde entonces CSICA, en el seno de los distintos Comités de Salud Laboral existentes en la entidad, ha requerido reiteradamente a la empresa para que aplique los efectos de la referida sentencia sobre atracos, en cuya virtud, al estar afectados buena parte de la plantilla a este riesgo, los debe evaluar en origen, circunstancia que la empresa no cumple porque sigue ordenando a la chita callando a muchos trabajadores que transporten dinero a diario, sobre todo los que atienden corresponsalías en jornada de mañana o de tarde, pese a hallarnos inmersos en un ERE basado en reducciones de jornada.

En su día, presentamos denuncia ante la Inspección de Trabajo, requiriendo seguidamente este organismo a la empresa que evaluase el riesgo de atraco junto a otros, como la carga mental y los específicos de determinados trabajadores especialmente sensibles, etc.; pero el tiempo pasa y todo sigue igual, y no por culpa de CSICA y otros sindicatos, porque estamos hartos de denunciar incumplimientos...

Mientras tanto, hasta la fecha, todo sigue igual, como nos han informado muchos compañeros afectados, que están atemorizados por transportar dinero a diario, sin que este cometido se contemple ni en los contratos de trabajo, ni en nuestro convenio colectivo, ni en norma alguna, y sin que dicho riesgo se haya contemplado en el plan de prevención de la entidad, tras la sentencia del TS como hemos apuntado.

CSICA espera y desea, obviamente, que no acontezca ninguna desgracia al respecto, pero recuerda a la empresa y a quien la ley encomienda el deber de gestionarlo, que el incumpliendo de las normas de seguridad privada y en materia de seguridad y salud pueden llevar aparejadas responsabilidades penales a sus mentores, en cuyo caso, nos veríamos en la obligación de exigirlas con máximo rigor, después de la santa paciencia que estamos demostrando a este respecto junto a los trabajadores afectados, desde hace mucho tiempo.



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