martes, 5 de julio de 2016

EL CONVENIO COLECTIVO EN LIBERBANK

COMO AFECTA EL CONVENIO COLECTIVO SUSCRITO EL 30-06-16 EN LIBERBANK


Como sabéis, tras año y medio de negociación, finalmente se alcanzó acuerdo el 30 de junio en la Mesa de Negociación del “sector de ahorro” (último día del plazo acordado para el fin de la ultraactividad), hecho que para CSICA constituye un hecho importante en función de la situación política que se vive en nuestro país, de la crisis económica que sigue vigente, y del aún no concluso mapa financiero de España, de lo que la patronal ha pretendido aprovecharse.

Queremos recordar que en virtud de la propia naturaleza jurídica de las normas laborales (derecho mínimo indisponible), se deja a salvo aquellas condiciones más favorables existentes en cada entidad; pero también recordamos que el ET contempla situaciones de descuelgue sobre determinadas materias fruto de acuerdos o pactos de empresa, como el alcanzado el 27-12-13 en Liberbank (2º ERTE) entre la empresa, CCOO, UGT y CSIF. Destacamos lo siguiente:

1.- INCREMENTO SALARIAL:
SECTOR: De hasta el 4% durante su vigencia (1% para el 2017 y 1,25% para el 2018 sumado a tablas, más un 0,25% más cada año si hay beneficios, más otro 0,25% más cada año si el ROE del ejercicio es igual o superior a 6, más otro 0,25% en el 2017 o 0,5% en el 2018 si el ROE del ejercicio es igual o superior a 10).
LIBERBANK: Se aplicará lo mismo que en el sector referido a 2017 y 2018.

2.- PLUS CONVENIO:
SECTOR: Se mantiene el plus convenio, garantizando el cobro de la parte fija y variable para los años 2017 y 2018 con revalorización y la parte fija para el 2016. 
LIBERBANK: Se suprime el plus convenio durante los años 2014 a 2017, inclusive. A este respecto, CSICA manifiesta que siendo este concepto de devengo anual y considerando que el ERTE acaba en junio de 2017, entendemos que hay margen para reclamar a la empresa que abone la mitad de los importes en el mes de marzo 2017 referido a dicho año (parte fija y variable por el periodo comprendido entre julio y diciembre).

3.- TRIENIOS:
SECTOR: Evitamos la desaparición de trienios (anhelo supremo de la patronal), remitiendo su estudio a una Comisión mixta durante 18 meses. En el caso de no alcanzarse acuerdo, este periodo no computaría para el devengo del siguiente trienio. Se abonará (nómina de  julio 2016) la parte devengada del trienio en curso, hasta el 30 de Junio de 2016.
LIBERBANK: Mismo tratamiento.


4.- SISTEMAS DE PROMOCIÓN:
SECTOR: Se mantienen los actuales sistemas de promoción profesional y se fija el salario mínimo sectorial en 15.000€ el primer año y 16.500€ el segundo para la plantilla actual y futura, evitando la posibilidad actual de contratar por 9.660€. Se crea un nuevo nivel XIV para facilitar la contratación. Compromiso del 95% de empleo indefinido durante la vigencia del convenio. Habrá oposiciones por capacitación cada tres años para adquirir los niveles X y VIII.
LIBERBANK: Mismo tratamiento.

5.- HORARIO:
SECTOR: Se mantiene la regularización horaria existente, adelantando 1 hora la salida en la tarde de los jueves, terminando nuestra jornada laboral a las 19:00 en lugar de a las 20:00. No obstante, habrá que estar a la situación existente en cada entidad.
LIBERBANK: Hasta junio de 2017, cada trabajador deberá cumplir el horario establecido por la empresa en virtud de la reducción de jornada comunicada en su día. Desde ese momento, volveremos a los horarios existentes anteriormente en cada uno de los territorios de Liberbank al ser más favorables.

6.- DÍAS DE LIBRE DISPOSICIÓN:
SECTOR: Se consigue 1 día más de libre disposición para 2016, 2017, Y 2018, (No consolidable) además del que ya disponemos que sí está plenamente consolidado.
LIBERBANK: Igual.  
7.- MOVILIDAD GEOGRÁFICA:
SECTOR: Hasta los 25 Km no existe movilidad geográfica. Queda como estaba.
LIBERBANK: En virtud del Acuerdo laboral de 27-12-13 (2º ERE) y hasta el 30-06-17, el límite de la movilidad geográfica está ampliado hasta 50 km. Más allá de esa distancia, operarán las compensaciones pactadas en el citado acuerdo.

8.- CLASIFICAM DE OFICINAS:
SECTOR: Se respeta la clasificación de oficinas regulada en convenio, pero reduciendo la clasificación anterior de 7 tipos a 4 (A, B, C, y D), garantizando los derechos en vía de consolidación a la plantilla actual. Las oficinas A y B) pasan a Nivel A); Las C) y D) pasan a  Nivel B); las E) y F) pasan a Nivel C), las G) pasan a Nivel D). Está regulado en la Disposición Transitoria 4ª.
LIBERBANK: No viene revisando el sistema de clasificación desde hace años,  estando el asunto en vía judicial y en fase de recurso de casación ante el Supremo.

9.- AYUDAS DE FORMACIÓN:
 SECTOR: Se mantienen las ayudas de guardería y formación de hijos y se mejora la ayuda para formación de empleados añadiendo nuevas carreras y masters de postgrados. Importes de las Ayudas durante la vigencia del Convenio: Guardería: 925€/año;  Ayuda formación hijos de empleados: 510€/año (Régimen General); 3.400€ (discapacitados).
LIBERBANK: En esta materia estamos descolgados del convenio en virtud del acuerdo laboral del 2º ERE desde 2014 a 2016 inclusive, con estas excepciones que sí dan derecho:
-Hijos con minusvalía reconocida.
-Empleados que percibieran menos de 30.000€ antes de la aplicación de medidas.
-Familias de más de tres hijos (a partir del tercer hijo).
CSICA interpreta el Acuerdo del ERTE, en el sentido de que en 2017 se volverá a aplicar lo dispuesto en el Convenio, es decir, se volverán a percibir todas las ayudas por parte de todos siempre que estén acreditadas y justificadas. No obstante, según el referido Acuerdo, a partir de 2018 y durante los 3 siguientes años, se abonará una cantidad del doble que corresponda en tales anualidades por las ayudas para: hijos de empleados, guardería, estudios empleados.

10.- PRÉSTAMOS:
- Se aumenta la cuantía del préstamos para adquisición o cambio de vivienda habitual a 200.000€, y se mejora el tipo de interés con mínimos del 0,90% en 2017 y del 0,50% en 2018, aplicándose también para la cartera viva.
- Se aumenta la cuantía de Préstamos de Atenciones varias a 25.000€, a tipo Euribor a un año.
LIBERBANK: Esta situación mejora la existente en la antigua Caja Extremadura, donde se aplicaba las condiciones reguladas en el Convenio (mínimo 1,50%), no obstante, en el resto de territorios se aplicará sus propias condiciones, si estas resultan más beneficiosas en virtud de pactos anteriores.

11.-CONCILIACIÓN VIDA FAMILIAR Y LABORAL:
SECTOR: Se introducen mejoras:
              - Reducción de la jornada (1/8 y ½) para cuidado de hijos hasta los 12 años  o de  personas  con discapacidad.
              - Permiso de hasta 20 horas anuales recuperables para acompañamiento de familiares en la asistencia médica, tratamientos médicos de radioterapia, quimioterapia, diálisis o entidad similar y sesiones de rehabilitación.
          -  Permiso de hasta 10 días no retribuidos por enfermedad grave de familiares hasta primer grado, cónyuges, pareja de hecho e hijo/a(s) sin necesidad de haber agotado las vacaciones para su disfrute.
LIBERBANK: Mismo tratamiento que en el sector.

12.- RECONOCIMIENTO DE LAS PAREJAS DE HECHO:
SECTOR: Por fin se ha conseguido la equiparación de las parejas de hecho a la situación de matrimonio en permisos, excedencias y anticipos.
LIBERBANK: Igual tratamiento.

13.- PREVISIÓN SOCIAL:
SECTOR: Se mantiene la revalorización de los complementos de pensiones (PRESTACIÓN DEFINIDA), revalorizándose como lo hagan las pensiones de la seguridad social, con el máximo de la revalorización pactada en el convenio para el salario base. 
LIBERBANK: Como consecuencia del Acuerdo laboral de 27-12-13 (2º ERTE) están suspendidas las aportaciones a los distintos planes de pensiones existente en el Grupo Liberbank (APORTACIÓN DEFINIDA), y aunque se pactó que el banco asumiese las aportaciones suspendidas en un plazo de 7 años, lo cierto es que están sujetas a que la entidad alcance unos determinados objetivos de incierto cumplimiento.

CONCLUSIÓN: Lo que el Convenio de Ahorro significa, fundamentalmente, como bien sabéis, es la tranquilidad de disponer de la cobertura de un Convenio Colectivo Propio sectorial hasta final de 2018, y todo ello a pesar de que la mini agrupación conformada por el CIC, donde milita STC, se haya dedicado  a actuar irresponsablemente y de comparsas  a lo largo de toda la Negociación, con el ánimo de que no hubiese Convenio con los peligros que ello reportaría para el conjunto de los trabajadores, por lo que las críticas del CIC sobre la firma del Convenio no merecen mayor comentario…


¡DEBEMOS FELICITARNOS TODOS POR ESTE IMPORTANTE LOGRO!

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