COMO AFECTA EL CONVENIO COLECTIVO SUSCRITO EL 30-06-16 EN LIBERBANK
Como sabéis, tras año y medio de negociación, finalmente se
alcanzó acuerdo el 30 de junio en la Mesa de Negociación del “sector de ahorro”
(último día del plazo acordado para el fin de la ultraactividad), hecho que
para CSICA constituye un hecho importante en función de la situación política
que se vive en nuestro país, de la crisis económica que sigue vigente, y del
aún no concluso mapa financiero de España, de lo que la patronal ha pretendido
aprovecharse.
Queremos recordar que en virtud de la propia naturaleza
jurídica de las normas laborales (derecho mínimo indisponible), se deja a
salvo aquellas condiciones más favorables existentes en cada entidad; pero
también recordamos que el ET contempla situaciones de descuelgue sobre
determinadas materias fruto de acuerdos o pactos de empresa, como el alcanzado
el 27-12-13 en Liberbank (2º ERTE) entre la empresa, CCOO, UGT y CSIF. Destacamos
lo siguiente:
1.- INCREMENTO SALARIAL:
SECTOR: De hasta el 4% durante su vigencia
(1% para el 2017 y 1,25% para el 2018 sumado a tablas, más un 0,25% más cada
año si hay beneficios, más otro 0,25% más cada año si el ROE del ejercicio es
igual o superior a 6, más otro 0,25% en el 2017 o 0,5% en el 2018 si el ROE del
ejercicio es igual o superior a 10).
LIBERBANK: Se aplicará lo mismo que en el
sector referido a 2017 y 2018.
2.- PLUS CONVENIO:
SECTOR: Se mantiene el plus convenio, garantizando el cobro de
la parte fija y variable para los años 2017 y 2018 con revalorización y la
parte fija para el 2016.
LIBERBANK: Se suprime el plus convenio durante los años 2014 a
2017, inclusive. A este respecto, CSICA manifiesta que siendo este concepto de
devengo anual y considerando que el ERTE acaba en junio de 2017, entendemos que
hay margen para reclamar a la empresa que abone la mitad de los importes en el
mes de marzo 2017 referido a dicho año (parte fija y variable por el periodo
comprendido entre julio y diciembre).
3.- TRIENIOS:
SECTOR: Evitamos la desaparición de trienios (anhelo supremo de
la patronal), remitiendo su estudio a una Comisión mixta durante 18 meses. En
el caso de no alcanzarse acuerdo, este periodo no computaría para el devengo
del siguiente trienio. Se abonará (nómina de
julio 2016) la parte devengada del trienio en curso, hasta el 30 de
Junio de 2016.
LIBERBANK: Mismo tratamiento.
4.- SISTEMAS DE
PROMOCIÓN:
SECTOR:
Se mantienen los actuales sistemas de promoción profesional y se fija el
salario mínimo sectorial en 15.000€ el primer año y 16.500€ el segundo para la
plantilla actual y futura, evitando la posibilidad actual de contratar por
9.660€. Se crea un nuevo nivel XIV para facilitar la contratación. Compromiso
del 95% de empleo indefinido durante la vigencia del convenio. Habrá
oposiciones por capacitación cada tres años para adquirir los niveles X y VIII.
LIBERBANK: Mismo tratamiento.
5.- HORARIO:
SECTOR: Se mantiene la regularización horaria existente,
adelantando 1 hora la salida en la tarde de los jueves, terminando nuestra
jornada laboral a las 19:00 en lugar de a las 20:00. No obstante, habrá que
estar a la situación existente en cada entidad.
LIBERBANK: Hasta junio de 2017, cada trabajador deberá cumplir el horario
establecido por la empresa en virtud de la reducción de jornada comunicada en
su día. Desde ese momento, volveremos a los horarios existentes anteriormente en
cada uno de los territorios de Liberbank al ser más favorables.
6.- DÍAS DE LIBRE
DISPOSICIÓN:
SECTOR: Se consigue 1 día más de libre disposición para 2016,
2017, Y 2018, (No consolidable) además del que ya disponemos que sí está
plenamente consolidado.
LIBERBANK: Igual.
7.- MOVILIDAD
GEOGRÁFICA:
SECTOR: Hasta los 25 Km no existe movilidad geográfica. Queda
como estaba.
LIBERBANK: En virtud del Acuerdo laboral de 27-12-13 (2º ERE) y hasta el 30-06-17, el límite de la movilidad geográfica
está ampliado hasta 50 km. Más allá de esa distancia, operarán las
compensaciones pactadas en el citado acuerdo.
8.- CLASIFICAM DE
OFICINAS:
SECTOR: Se respeta la clasificación de oficinas regulada en
convenio, pero reduciendo la clasificación anterior de 7 tipos a 4 (A, B, C, y
D), garantizando los derechos en vía de consolidación a la plantilla actual.
Las oficinas A y B) pasan a Nivel A); Las C) y D) pasan a Nivel B); las E) y F) pasan a Nivel C), las
G) pasan a Nivel D). Está regulado en la Disposición Transitoria 4ª.
LIBERBANK: No viene revisando el sistema de clasificación desde
hace años, estando el asunto en vía
judicial y en fase de recurso de casación ante el Supremo.
9.- AYUDAS DE
FORMACIÓN:
SECTOR:
Se mantienen las ayudas de guardería y formación de hijos y se mejora la ayuda
para formación de empleados añadiendo nuevas carreras y masters de postgrados. Importes de las Ayudas durante la vigencia
del Convenio: Guardería: 925€/año;
Ayuda formación hijos de empleados: 510€/año (Régimen General); 3.400€
(discapacitados).
LIBERBANK: En esta materia estamos descolgados del convenio en
virtud del acuerdo laboral del 2º ERE desde 2014 a 2016 inclusive, con estas
excepciones que sí dan derecho:
-Hijos con minusvalía reconocida.
-Empleados que percibieran menos de
30.000€ antes de la aplicación de medidas.
-Familias de más de tres hijos (a
partir del tercer hijo).
CSICA interpreta el Acuerdo del ERTE,
en el sentido de que en 2017 se
volverá a aplicar lo dispuesto en el Convenio, es decir, se volverán a
percibir todas las ayudas por parte de todos siempre que estén acreditadas y
justificadas. No obstante, según el referido Acuerdo, a partir de 2018 y durante los 3 siguientes años, se abonará
una cantidad del doble que corresponda en tales anualidades por las ayudas para:
hijos de empleados, guardería, estudios empleados.
10.- PRÉSTAMOS:
-
Se aumenta la cuantía del préstamos para adquisición o cambio de vivienda
habitual a 200.000€, y se mejora el tipo de interés con mínimos del 0,90% en
2017 y del 0,50% en 2018, aplicándose también para la cartera viva.
-
Se aumenta la cuantía de Préstamos de Atenciones varias a 25.000€, a tipo Euribor
a un año.
LIBERBANK: Esta situación mejora la existente en la antigua Caja
Extremadura, donde se aplicaba las condiciones reguladas en el Convenio (mínimo
1,50%), no obstante, en el resto de territorios se aplicará sus propias
condiciones, si estas resultan más beneficiosas en virtud de pactos anteriores.
11.-CONCILIACIÓN
VIDA FAMILIAR Y LABORAL:
SECTOR: Se introducen mejoras:
-
Reducción de la jornada (1/8 y ½) para cuidado de hijos hasta los 12 años o de
personas con discapacidad.
-
Permiso de hasta 20 horas anuales recuperables para acompañamiento de
familiares en la asistencia médica, tratamientos médicos de radioterapia,
quimioterapia, diálisis o entidad similar y sesiones de rehabilitación.
- Permiso de
hasta 10 días no retribuidos por enfermedad grave de familiares hasta primer
grado, cónyuges, pareja de hecho e hijo/a(s) sin necesidad de haber agotado las
vacaciones para su disfrute.
LIBERBANK: Mismo tratamiento que en el sector.
12.- RECONOCIMIENTO
DE LAS PAREJAS DE HECHO:
SECTOR: Por fin se ha conseguido la equiparación de las parejas
de hecho a la situación de matrimonio en permisos, excedencias y anticipos.
LIBERBANK: Igual tratamiento.
13.- PREVISIÓN
SOCIAL:
SECTOR: Se mantiene la revalorización de los complementos de
pensiones (PRESTACIÓN DEFINIDA), revalorizándose como lo hagan las pensiones de
la seguridad social, con el máximo de la revalorización pactada en el convenio
para el salario base.
LIBERBANK: Como consecuencia del Acuerdo laboral de 27-12-13 (2º
ERTE) están suspendidas las aportaciones a los distintos planes de pensiones
existente en el Grupo Liberbank (APORTACIÓN DEFINIDA), y aunque se pactó que el
banco asumiese las aportaciones suspendidas en un plazo de 7 años, lo cierto es
que están sujetas a que la entidad alcance unos determinados objetivos de
incierto cumplimiento.
CONCLUSIÓN: Lo que el Convenio de Ahorro significa,
fundamentalmente, como bien sabéis, es la tranquilidad de disponer de la
cobertura de un Convenio Colectivo Propio sectorial hasta final de 2018, y todo
ello a pesar de que la mini agrupación conformada por el CIC, donde milita STC,
se haya dedicado a actuar
irresponsablemente y de comparsas a lo
largo de toda la Negociación, con el ánimo de que no hubiese Convenio con los
peligros que ello reportaría para el conjunto de los trabajadores, por lo que las
críticas del CIC sobre la firma del Convenio no merecen mayor comentario…
¡DEBEMOS FELICITARNOS TODOS POR ESTE IMPORTANTE LOGRO!
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