14.01.2022
VERGÜENZA Y BOCHORNO:
SE QUEDAN CON TU HUCHA
Hoy hemos asistido a la ignominia más
deleznable de los últimos tiempos, al paradigma de la mala fe.
En la reunión celebrada esta mañana de la
Comisión de Control del Plan de Pensiones de Caja Extremadura, el Promotor,
representado por el Sr.Navarro Mateos, ha votado en bloque contrariamente a que
los partícipes que extingan su relación laboral como consecuencia de la
aplicación del ERE de 3 de diciembre de
2021, puedan rescatar su dinero. ¡ALGO
INAUDITO!!!!!!!!!
La propuesta única del orden del día era
muy concisa y clara:
“Toma en consideración y acuerdo, si procede,
sobre la modificación del Reglamento de funcionamiento interno del Plan de
Pensiones de Empleados de Caja de Ahorros de Extremadura para incluir, (en el
artículo 24 o en el que proceda), la posibilidad de rescate anticipado en
virtud del artículo 8 del Real Decreto Legislativo 1/2002.”
El promotor, al más puro estilo
Liberbank, ha votado en contra y cercena de este modo, el derecho reconocido
legalmente en el art 8.6 del Reglamento de Planes
y Fondos de Pensiones, Real Decreto Legislativo 1/2002 que contempla el RESCATE ANTICIPADO ( pago de la prestación
correspondiente a la jubilación) en caso de que el partícipe, cualquiera que
sea su edad, extinga su relación laboral y pase a situación legal de desempleo
en los casos contemplados en los artículos 49.1.g), 51, 52 y 57.bis del Texto Refundido de la
Ley del Estatuto de los Trabajadores.
Hablando en cristiano,
los promotores del PP CAEX, antiguos dirigentes de Liberbank, te despiden
colectivamente mediante un ERE (artículo 51 del ET), pero se niegan a que te
lleves tu dinero del Plan de Pensiones, la hucha que has ido conformado en tu
larga vida profesional.
Se niegan a implementar
un derecho ya reconocido en el Ordenamiento Jurídico e incluirlo en el
Reglamento de funcionamiento interno del Plan de Caja Extremadura. ¡ALGO INAUDITO!!!!!!!!!
Conducta contraria a
Derecho, pues retienen el dinero de personas que han sido despedidas
colectivamente en un plan de pensiones de una empresa a la que ya no pertenecen
al haberse extinguido su relación laboral.
Este dinero pertenece
al trabajador despedido y a nadie más, quien libremente podrá rescatarlo,
moverlo a un plan privado, o en última instancia, darle el destino que estime
oportuno.
La posibilidad de
rescate anticipado de esos derechos consolidados (la hucha de cada uno) era y es,
un factor determinante para acogerse en muchos casos a la extinción indemnizada
contemplada en el Acuerdo de 3 de diciembre de 2021.
La disposición
anticipada de los derechos consolidados es el complemento con que muchas
familias cuentan para iniciar una nueva etapa laboral o para el merecido
descanso tras años muy difíciles en la extinta Liberbank.
Por ese motivo,
nuestros servicios jurídicos están estudiando las consecuencias legales de esta
retención y presunta apropiación de un dinero ajeno.
Desde SIBANK CIC queremos informarte que en el caso
de que voluntariamente decidas acogerte a las extinciones indemnizadas
contempladas en el Acuerdo de 3 de diciembre de 2021 e independientemente de tu
edad, tienes derecho al rescate anticipado de tus derechos consolidados como
partícipe de los planes o fondos de pensiones de empresa. (Art 8.6 del
Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones, Real Decreto Legislativo 1/2002).
En SIBANK CIC creemos en
la libertad de elección y en la implementación de un acuerdo equitativo que
ofrezca una salida digna a los compañeros que voluntariamente decidan extinguir
su relación laboral, así como garantizar el empleo y los derechos
irrenunciables de la plantilla que continúe su desempeño profesional en la
Entidad.
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