miércoles, 26 de enero de 2022

 

 


   26 de Enero de 2022

COMISION DE SEGUIMIENTO DEL ACUERDO

 

Lo sucedido hoy en la Comisión de Seguimiento es LAMENTABLE.

 Infinitas han sido las veces en las que nuestras organizaciones CIC SUMA+T y SIBANK hemos pedido a la empresa desglose de la información por Provincias, Red, SS.CC y tramos de edades y también infinitas las veces en las que la empresa nos lo ha rechazado, concluyendo y amparándose en la confidencialidad de la propia Comisión.

  Situación algo más que INTOLERABLE y que será analizada por nuestro gabinete jurídico.

  TRANSPARENCIA es lo único que pedimos y exigimos a esta comisión y lo único que hemos recibido es Veto y falta de la misma.

 Efectivamente.

Sólo han informado del CRITERIO A UTILIZAR EN LAS PROVINCIAS EN LAS QUE LAS SOLICITUDES DE ADHESION SUPEREN EL NÚMERO DE EXCEDENTES:

 Darán prioridad a los siguientes colectivos:

 1.   Personas, e hijos, con minusvalías superiores o iguales al 33%,

2.    Mismo colectivo con procesos de enfermedad grave en los últimos 5 años,

3.   Víctimas de violencia de género

4.   Trasladados forzosos DE LOS ÚLTIMOS 4 AÑOS.

5.   Orden de prelación por colectivos hasta el corte.

6.   Necesidades Organizativas.

 🔜🔜 Con estas actuaciones no nos dejan hacer un trabajo efectivo y pretenden vaciar de contenido la Comisión de Seguimiento, pero no se lo vamos a permitir

viernes, 14 de enero de 2022

 



14.01.2022

VERGÜENZA Y BOCHORNO:

SE QUEDAN CON TU HUCHA

Hoy hemos asistido a la ignominia más deleznable de los últimos tiempos, al paradigma de la mala fe.

En la reunión celebrada esta mañana de la Comisión de Control del Plan de Pensiones de Caja Extremadura, el Promotor, representado por el Sr.Navarro Mateos, ha votado en bloque contrariamente a que los partícipes que extingan su relación laboral como consecuencia de la aplicación del  ERE de 3 de diciembre de 2021, puedan rescatar su dinero. ¡ALGO INAUDITO!!!!!!!!!

La propuesta única del orden del día era muy concisa y clara:

 

Toma en consideración y acuerdo, si procede, sobre la modificación del Reglamento de funcionamiento interno del Plan de Pensiones de Empleados de Caja de Ahorros de Extremadura para incluir, (en el artículo 24 o en el que proceda), la posibilidad de rescate anticipado en virtud del artículo 8 del Real Decreto Legislativo 1/2002.”

 

El promotor, al más puro estilo Liberbank, ha votado en contra y cercena de este modo, el derecho reconocido legalmente en el art 8.6 del Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones, Real Decreto Legislativo 1/2002 que contempla el RESCATE ANTICIPADO ( pago de la prestación correspondiente a la jubilación) en caso de que el partícipe, cualquiera que sea su edad, extinga su relación laboral y pase a situación legal de desempleo en los casos contemplados en los artículos 49.1.g), 51, 52 y 57.bis del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

 

Hablando en cristiano, los promotores del PP CAEX, antiguos dirigentes de Liberbank, te despiden colectivamente mediante un ERE (artículo 51 del ET), pero se niegan a que te lleves tu dinero del Plan de Pensiones, la hucha que has ido conformado en tu larga vida profesional.

Se niegan a implementar un derecho ya reconocido en el Ordenamiento Jurídico e incluirlo en el Reglamento de funcionamiento interno del Plan de Caja Extremadura. ¡ALGO INAUDITO!!!!!!!!!

 

Conducta contraria a Derecho, pues retienen el dinero de personas que han sido despedidas colectivamente en un plan de pensiones de una empresa a la que ya no pertenecen al haberse extinguido su relación laboral.

Este dinero pertenece al trabajador despedido y a nadie más, quien libremente podrá rescatarlo, moverlo a un plan privado, o en última instancia, darle el destino que estime oportuno.

La posibilidad de rescate anticipado de esos derechos consolidados (la hucha de cada uno) era y es, un factor determinante para acogerse en muchos casos a la extinción indemnizada contemplada en el Acuerdo de 3 de diciembre de 2021.

La disposición anticipada de los derechos consolidados es el complemento con que muchas familias cuentan para iniciar una nueva etapa laboral o para el merecido descanso tras años muy difíciles en la extinta Liberbank.

 

 

 

Por ese motivo, nuestros servicios jurídicos están estudiando las consecuencias legales de esta retención y presunta apropiación de un dinero ajeno.

 

Desde SIBANK CIC queremos informarte que en el caso de que voluntariamente decidas acogerte a las extinciones indemnizadas contempladas en el Acuerdo de 3 de diciembre de 2021 e independientemente de tu edad, tienes derecho al rescate anticipado de tus derechos consolidados como partícipe de los planes o fondos de pensiones de empresa. (Art 8.6 del Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones, Real Decreto Legislativo 1/2002).

En SIBANK CIC creemos en la libertad de elección y en la implementación de un acuerdo equitativo que ofrezca una salida digna a los compañeros que voluntariamente decidan extinguir su relación laboral, así como garantizar el empleo y los derechos irrenunciables de la plantilla que continúe su desempeño profesional en la Entidad.

 


viernes, 7 de enero de 2022

 

07 de enero de 2022

NO A UN ACUERDO DISCRIMINATORIO FRENTE A LA SEXTA OLA DEL COVID OMICRON.

 Desde SIBANK CIC rechazamos frontalmente la manera en la que pretende implementar la dirección de UNICAJA BANCO, el acuerdo suscrito el pasado 24 de diciembre de 2021 con la RLT para salvaguardar la salud de los trabajadores.

Desde la dirección se nos transmite que a partir de la semana que viene, el 50% de las direcciones territoriales, regionales y servicios centrales, desempeñarán sus funciones mediante la modalidad de teletrabajo, siendo relevadas posteriormente por otro turno hasta el 31 de enero, sin perjuicio de prórrogas ulteriores.

¿Por qué se excluye a la mayoría de la plantilla, precisamente la que presta servicio en la red de oficinas?

¿Por qué se excluye a los trabajadores más vulnerables, aquéllos que desempeñan su actividad profesional en inmuebles sin ventilación y con contacto directos con terceras personas, nuestros clientes??

¿Qué tomadura de pelo es ésta?, así NO….

Esta medida no se corresponde con el espíritu ni con la letra del acuerdo suscrito el pasado de 24 de diciembre, con carácter de extraordinaria urgencia.

Hemos tenido que esperar quince días para implementar unas medidas tardías y discriminatorias.

SIBANK CIC está y estará para la defensa de la salud de la plantilla, no para componendas de esta naturaleza.

sibank.sindicato@gmail.com
Tfno. 927 40 03 02 y 682 37 01 56