CSICA DENUNCIA ANTE LA INSPECCIÓN DE TRABAJO, “LA INCALIFICABLE ”
AUDITORÍA REALIZADA A LIBERBANK POR LA EMPRESA CONTRATADA
CSICA, sindicato mayoritario
de LIBERBANK, presentó ayer sendas denuncias contra la empresa ante la Inspección de Trabajo de
los distintos territorios en que opera el Banco, por lo que nuestros expertos
consideran una actuación claramente infractora de la normativa de prevención de
riesgos laborales.
Estas denuncias, están
fundamentadas en aspectos técnico-jurídicos del sistema preventivo de LIBERBANK
cuya imagen fiel entendemos no ha sido reflejada en el informe del auditor (LABORPREX),
que tiene, según la norma jurídica presunción iuris tantum ante la autoridad
laboral; presunción, que admite prueba en contra y a ello nos hemos dedicado
estos días.
Todos y todas sabemos a estas
alturas, que lo de la prevención de riesgos laborales en LIBERBANK es pura
fantasía, una ficción jurídica basada en toneladas de papel que no sirven para
nada práctico; tan sólo, para defenderse de nuestras
denuncias, torpemente. En nuestro banco, que ya tiene 4 años de vida, no se ha
cumplido la Ley
31/1995 (Ley de Prevención de Riesgos Laborales) ni su desarrollo reglamentario;
no se evalúa el riesgo más prevalente, que es el riesgo psicosocial; ni se ha
integrado la actividad preventiva en la gestión general de la entidad. Estos
incumplimientos, constituyen la clave de
bóveda de la eficacia de cualquier sistema preventivo.
El “bicéfalo” Jefe de
Relaciones Laborales de LIBERBANK (es también el responsable de
Riesgos Laborales, de ahí su bicefalia), de forma no voluntaria sino forzado
por las denuncias de CSICA ante la Inspección , ha accedido finalmente a que esa
ficción, ese “postureo” preventivo, fuera auditado por un auditor externo,
casualmente de Extremadura, LABORPREX, para que le ponga buena nota de
la que poder presumir antes su jefes y ante la autoridad laboral. Como
convertir el agua en vino sólo está al alcance de Jesucristo, la empresa
auditora ha desplegado en su intento una sarta de actuaciones infractoras
destinadas a ocultar lo que debe ser evidente, a exponer en el informe
interesadamente lo que no es cierto, y en general, a maquillar un sistema
preventivo absolutamente ineficaz. Y para ello, no ha dudado en vulnerar lo
dispuesto en sendas normas sustantivas, incurriendo, a juicio de nuestros
expertos, en actuaciones infractoras conforme a la Ley de Infracciones y
sanciones del orden social (LISOS).
En CSICA creemos que la
empresa auditora ha incurrido en infracciones calificadas como muy graves en
su intento, fallido, de que no afloren las carencias de un invento que no se
sostiene ni jurídica ni técnicamente. En nuestro blog publicamos el escrito de
alegaciones en el que hemos fundamentado nuestra denuncia, elaborado mientras
otros publican titulares.
Ni que decir tiene, CSICA
espera que la Inspección
de Trabajo, actúe una vez más y ponga al
descubierto en esta ocasión, las argucias contenidas en el Informe de la
empresa Auditora en beneficio de Liberbank, imponiendo las sanciones a que haya
lugar.
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