jueves, 17 de noviembre de 2016

LIBERBANK PAGARÁ ATRASOS

DE 2015 Y 2016, PERO NO DE 2014


Como consecuencia de la firma del convenio colectivo sectorial el pasado mes de junio, alcanzado entre la patronal de ahorro y los tres sindicatos mayoritarios del sector, entre los que se incluye CSICA, Liberbank procederá a actualizar nuestro salario en la nómina de enero de 2017, en la que percibiremos los atrasos correspondientes desde el 01-01-2015 (2015 y 2016), al ser esta la fecha a la que se retrotraen nuestros derechos en esta materia, según lo pactado sectorialmente.

Sin embargo, y como consecuencia de la firma del nefasto acuerdo laboral alcanzado por Liberbank, CCOO, UGT y CSIF el 27-12-13 (2º ERE), no recibiremos atrasos referido a 2014, como tampoco las ayudas de guardería y de estudio (excepto en tres supuestos), al acordar “los firmantes” el descuelgue en estas materias.

Del mismo modo, cuando el banco comience a aportar las cantidades suspendidas en los planes de pensiones, éstas se incrementarán en función de la revisión y actualización salarial acordada, aspecto que deberán tener en cuenta quienes vayan a salir de la empresa próximamente tras adscribirse al plan de bajas compensadas (con fecha de salida 31-12-16), debiendo dejar constancia expresa en el finiquito de desvinculación que se deja a salvo las cantidades pendientes de reclamación derivadas de los procesos judiciales relativos al ERTE 247/13, del acuerdo alcanzado en el SIMA el 14-11-16, o de los que correspondan a cada uno.

Por otra parte, y como consecuencia de la firma del convenio colectivo sectorial, a partir de enero de 2017 el tipo de interés mínimo de los préstamos de convenio para adquisición o cambio de vivienda habitual, será del 0,9%, y del 0,5% a partir de 2018, lo que supondrá un alivio para nuestra maltrecha economía por obra y gracia de los “firmantes”.


Y referido a las medidas unilaterales declaradas nulas hace unas semanas por la Audiencia Nacional, esperamos que el Tribunal Supremo confirme durante 2017 su sentencia, tras la casación presentada por la empresa, con lo que el ERTE 247/13 sería definitivamente nulo; y con ello, los trabajadores veríamos la restitución de todos los derechos detraídos ilegalmente por la empresa, que esperemos ocurra en dicho año 2017.

miércoles, 9 de noviembre de 2016

El TC INADMITE EL RECURSO DE AMPARO DE CSICA



El 27-12-13 la empresa alcanzó acuerdo con CCOO, UGT y CSIF (2º ERE Nº 532/13), tras la sentencia de la Audiencia Nacional de 24-11-13 que declaró nulo el Acuerdo alcanzado el 25-06-16 en el SIMA por los mismos intervinientes, salvo CSIF (1º ERE Nº 247/13). 

Como quiera que el acuerdo de diciembre era un mero calco del anterior de junio, el resto de sindicatos entre los que estaba CSICA, demandamos colectivamente a la empresa ante la Audiencia Nacional (AN) por entender que no estaba ajustado a derecho.

La Sala de lo Social de la AN meses después nos dio la razón, sólo en lo referente a la suspensión de las aportaciones a los Planes de Pensiones, declarando que en función de la legalidad vigente en materia de planes y fondos de pensiones no se podían suspender las mismas.  

Tras presentarse distintos recursos de casación ante el Tribunal Supremo por las partes, recurriendo contra las cuestiones en las que se nos negó la razón, y pese al apoyo que recibió nuestro recurso por parte del Ministerio Fiscal, el Alto Tribunal dictaminó que todo el acuerdo era plenamente legal (incluida la suspensión de las aportaciones), fallo que vino precedido de polémica: tres deliberaciones, y cambio de ponente. El fallo supuso que el Supremo no admitiese a trámite una prueba esencial presentada por CSICA, variando su asentada doctrina mantenida hasta ese momento.

CSICA, no estando conforme con el fallo del Supremo por entender que se violaba nuestro derecho fundamental a la tutela judicial efectiva, presentamos escrito solicitando nulidad de actuaciones ante la Sala 4ª del  mismo tribunal que fue rechazada, lo que nos impulsó a presentar recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional como última posibilidad legal, el cual ha sido inadmitido a trámite  hace unos días, con lo que desgraciadamente ha concluido el litigio.


CSICA acepta el desenlace, sin compartirlo, pero tenemos la conciencia tranquila porque hemos luchado por los derechos de todos los trabajadores hasta el final. Por el contrario, y con relación al 1º ERTE, de momento, la razón está de nuestra parte, estando a la espera de que el Supremo resuelva la casación presentada por la empresa contra la sentencia de la AN que declaró nulas las medidas unilaterales, lo que tendría el mismo efecto, al menos en 2013 que la pretensión ahora archivada.