Firmado Acuerdo con LIBERBANK
CSICA firmó ayer en Madrid un Acuerdo con
LIBERBANK mediante el cual el empresario se propone reducir la plantilla en 979
trabajadores. Sacar de la organización a un colectivo tan importante puede
hacerse de muchas maneras y LIBERBANK ya anunció el primer día que habría “medidas
más traumáticas” si no se alcanzaban acuerdos. En CSICA convocamos Asambleas de
trabajadores en Asturias, Cantabria y Extremadura para escucharos y vimos que
la principal preocupación era el fantasma de las medidas traumáticas. La
palabra despido actuaba como espada de Damocles para todos. Y no sólo esto,
sino los traslados que esta empresa maneja como nadie cuando quiere que pidas
la cuenta.
El principal objetivo, pues, era “ensanchar”
la oferta que la empresa había hecho el primer día de desvinculaciones mediante
bajas incentivadas que apenas abarcaba a unos 395 afectados (nacidos en los
años 1959 y 1960). NO obstante CSICA mantuvo —y no hemos renunciado a ello
firmando el Acuerdo—, que el empresario no había acreditado en ningún momento
las causas de este despido masivo (llámese como se quiera al instrumento
utilizado para ello).
Tampoco queríamos que los trabajadores de
LIBERBANK SA se vieran afectados por un Acuerdo que la parte sindical podría
firmar sin tener la representación suficiente en sus Comités de empresa, aunque
sí en el Grupo empresarial conjuntamente considerado. Advertimos que si se
alcanzaba un Acuerdo sin ese respaldo, CSICA impugnaría la constitución de la
Mesa negociadora ya que sosteníamos, y lo seguimos haciendo, que BCCM + LIBERBANK
no es un grupo empresarial a efectos laborales por faltarle algunas condiciones
que la jurisprudencia ha considerado esenciales.
Combatimos también desde el primer día con
sólidos argumentos jurídicos que dejar fuera de este Acuerdo a los 130
trabajadores que habían rehusado adherirse en 2015 al Plan de bajas
incentivadas no era otra cosa que una discriminación por razón de la edad,
vetada legalmente.
Nuestra preocupación estuvo centrada durante
la negociación en conjugar de la mejor manera posible los siguientes aspectos:
¾
la voluntariedad (cualquier cosa que
se acordara debía ser voluntaria, nunca impuesta),
¾
que el grupo inicial de 1959 y 1960 se
ampliara con el objetivo de dejar reducido al máximo el otro grupo al que se
ofertaban desvinculaciones “baratas” con 30 días por año trabajado y tope en 20
meses de salario,
¾
que no se produjera discriminación por
edad a los nacidos en 1956-57-58 que no quisieron o no pudieron adherirse al
Plan de Bajas incentivadas de 2015.
¾
que las decisiones que afectaran a los
trabajadores de cada Banco por separado estuvieran avaladas por mayorías
absolutas en cada uno de estos Bancos por separado.
¾
y también “desbrozar” el camino para
que la redacción de los pactos individuales que la empresa firmará con cada
trabajador no contengan “letra pequeña” generadora de incertidumbres y recelos,
como ya sucedió el año pasado.
CSICA ha firmado este Acuerdo porque hemos
visto plasmadas la mayoría de nuestras expectativas ya que el empresario finalmente
accedió a que puedan marcharse un colectivo potencial de 1.118 personas nacidos
entre los años 1956-1964, siempre de forma voluntaria. Esta oferta garantiza, a
nuestro juicio, que se cubrirá el excedente de 979 trabajadores con cierto
nivel de satisfacción de los afectados (a juzgar por el número que abandonó en
el año 2015 con oferta equivalente).
Y garantiza también una cosa más, y que ha
pesado de forma definitiva para CSICA en la firma del Acuerdo, la tranquilidad
de un colectivo de 3.500 trabajadores que nos quedaremos en el Banco sin estar
pensando cada día si nos van a echar. Con este “adelgazamiento” de plantilla
(que en algún momento nos enteraremos exactamente a qué obedece porque ese
rollo del Plan comercial no nos lo tragamos) suponemos que el Banco, y así se nos ha dicho en la
negociación, queda perfectamente dimensionado a futuro y esto es muy importante
para el mayor colectivo de todos. El que no se marcha.
También deja el Acuerdo, con carácter
residual, abierta la posibilidad de que quienes no tengan la edad prevista
puedan abandonar la entidad de forma voluntaria mediante bajas incentivadas.
Todas estas razones han inclinado la balanza
de CSICA para firmar, a pesar de que en el otro plato de esa balanza existen
algunos contrapesos que ahora no podemos ignorar. Nos referimos a que LIBERBANK
se obliga a pagar al trabajador una renta mensual que cesará cuando éste cumpla
los 63 años. En algunos casos esta edad será suficiente para poder jubilarse
anticipadamente, pero la progresividad en el retraso de la fecha de jubilación
prevista en las leyes afectará también a otro grupo que no podrá hacerlo hasta
los 65 años.
Y esta es, efectivamente, la mayor debilidad
del Acuerdo porque no hemos sido capaces de que el empresario cediera en este
sentido. Debilidad que, sin embargo no tiene, a nuestro juicio, la entidad suficiente
como para que renunciáramos al resto del Acuerdo.
Te ofrecemos AQUÍ el Acuerdo firmado, y nos
ponemos a disposición de todos, especialmente de nuestros afiliados, para
despejar cualquier duda que su lectura pueda suscitar.