lunes, 23 de julio de 2018

CIERRES EN MASA


CIERRES EN MASA. TRASLADOS EN MASA. DESPIDOS ENCUBIERTOS EN MASA. ¿CULPABLES?: ¡MENÉNDEZ Y LOS SINDICATOS FIRMANTES DE ERES!

Como LBK nos tiene acostumbrados, el viernes 20, a última hora, nos comunicó una nueva catarata de cierres de oficinas (58 a fecha 07.09.18) radicadas en su mayoría en zona de expansión. Con carácter previo, alguno de los sindicatos manchegos de la cuerda se habían encargado de filtrar la masacre que se avecinaba, lo que demuestra la conexión y el chivateo de éstos con la empresa y viceversa, generando el correspondiente desconcierto.

Esta salvaje reestructuración que viene acometiendo LBK desde su integración en 2011, está sustentada en los acuerdos laborales que constantemente vienen firmando los sindicatos cómplices con la empresa (no los vamos a nombrar por ser conocidos por todos), que dieron lugar al ERE de integración de 2011 (el único firmado por CSICA antes de la reforma laboral de 2012). A este le sucedieron el ERE 247/13 (de junio a diciembre 2013, SIMA incluido), el ERE 532/13 (de enero 2014 a junio 2017) y finalmente al ERE 48/2017 (de julio 2017 a diciembre 2019). Todos enlazados y sin solución de continuidad firmados por los sindicatos cómplices…

Por ello, CSICA denuncia que a una Dirección tan incompetente como la que mal gestiona LBK desde su constitución, no se le pueden firmar acuerdos laborales constantemente para que aplique una salvaje movilidad geográfica año tras año, ERE tras ERE, porque ya sabemos que nuestro CEO tiene un  pésimo y acreditado perfil empresarial con nula empatía hacia los trabajadores y nuestras familias, aplicando mano de hierro en sus políticas ultra liberales sin que le tiemble el pulso, pero a la vez tendiendo la mano a los fondos buitres que se han apoderado de nuestra empresa, a cambio de llenarse las alforjas más pronto que tarde.

La masacre del pasado viernes huele a pelotazo. CSICA no lo sabe con certeza, pero toda la gestión del banco está centrada en jibarizar constantemente la red de oficinas y los SSCC en expansión (la Escandelara, de momento es intocable, ya veremos qué pasa si llega una absorción); y tras ello, los trabajadores afectados han recibido, o recibirán, la comunicación de traslados forzosos rumbo a Asturias, que roza el overbooking en detrimento del resto de territorios de LBK (naturales o artificiales). Sólo hay una excepción que viaja en sentido contrario, los delegados de algunos sindicatos que regresan de Asturias a su casa para extender el sindicalismo amigo del patrón (daremos nombres).

Este modelo de gestión es tan calamitoso que sólo se puede entender en clave de pelotazo. ¡Y el negocio que se vaya al carajo!. ¡El recortazo es el negocio!. ¡Echar gente es el negocio!. ¡Cerrar es el negocio!, por sorprendente que pueda parecer.

En este sentido volvemos a traer a colocación la puesta en circulación por LBK del llamado “plus de productividad”, (LBK ni provisiona, ni paga la condena judicial firme tras el ERE nulo 247/13), a cambio de que quienes se hayan acogido trabajen de sol a sol, declaren que LBK no les debe nada por el ERE nulo, renuncien a la demanda, y estén en plantilla hasta 2026.

Y con los despidos encubiertos que se van a producir con toda seguridad derivados de la movilidad por los nuevos cierres, nos preguntamos: ¿va a pagar LBK el plus de productividad a los trabajadores que tras renunciar a la demanda, soliciten la baja compensada?. Se admiten apuestas…

Por todo ello, CSICA vuelve a clamar: ¡! MENÉNDEZ VETE YA!!


martes, 17 de julio de 2018

APORTACIONES SUSPENDIDAS POR EL ERE 247/13



¿A qué esperan las Comisiones de Control?

El empresario LBK en su ánimo de maquillar ante mercados, clientela e inversores la mala calidad de su gestión, su falta de modelo de gobernanza, ha recurrido en estos años a toda una suerte de técnicas —muchas de las cuales no pasan de meras ocurrencias—, impropias de profesionales del mundo financiero, que tienen un denominador común, aparentar lo que no son.

Se ha creado apariencia de legalidad, en innumerables ocasiones, apariencia de gestión (hasta inventándose curriculum, eso que está tan de moda), y apariencia de resultados con grandes páginas escritas como la doble interpretación contable para mercados (con beneficios) que se convirtieron en pérdidas para despedir trabajadores en el mismo ejercicio.

El mes pasado, y con el fin de que no aparezcan en las cuentas de resultados ni pagos ni provisiones contables, supuestamente decidieron “enmascarar” sus deudas de las sentencias del 2013 mediante contratos individuales  obligando —la inducción al temor es vicio del consentimiento— a los trabajadores a renunciar a lo irrenunciable, disponer de lo indisponible y revocar lo irrevocable.

Pero, a pesar de ello, no existe en el contrato del famoso “plus” ninguna cláusula en la que los firmantes renuncien a las aportaciones que el promotor debe desembolsar en el Fondo de Pensiones. Es verdad que ni siquiera intimidados los trabajadores hubieran podido renunciar a algo que escapa a su control, las cantidades adeudadas al Fondo de Pensiones, cuya exigencia de ingreso opera por el ministerio de la propia ley, sin necesidad alguna de que medie rogación de parte.

Son las Comisiones de Control de los propios Planes de pensiones quienes deben supervisar el cumplimiento de las obligaciones señaladas en sus especificaciones a los promotores y de modo muy especial el ingreso —inmediato dice la norma jurídica— de las cantidades adeudadas tras ser declarada nula por sentencia firme la suspensión pactada con CCOO y UGT allá por el año 2013, así como la contemplada en las medidas unilaterales.

Como miembros de CSICA, aunque a título individual y en nuestra condición de partícipes representados en las distintas Comisiones de Control existentes en LBK,  vamos a recordar próximamente a éstas cual es el régimen jurídico de esas deudas por no desembolso del promotor y también cuáles son las funciones que la ley y la normativa interna reservan a dichas Comisiones en estos supuestos.

Todos sus miembros —también los que representan al promotor, ya que las responsabilidades son ad personam— debieran tener como única preocupación que las normas se cumplan, especialmente aquellas que benefician a los trabajadores, aquí llamados partícipes, partícipes en suspenso y beneficiarios.

Si ello no es así, no tengan ninguna duda de que CSICA actuará de forma contundente con quien no salve debidamente su voto.